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PÆg. 281263 NORMAS LEGALES Lima, domingo 28 de noviembre de 2004 ORDENANZA DISPONEN REALIZACIÓN DEL III MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2004 DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR Artículo Primero.- AUTORIZAR la celebración del “III MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2004”, el mismo quese realizará el día 19 de diciembre del 2004, a las 12.00horas, en el auditorio del Colegio ROSENTHAL DE LA PUENTE ubicado en Jr. Grau Nº 525, Magdalena del Mar. Artículo Segundo.- ESTABLECER que los contra- yentes que se presenten al III Matrimonio Civil Comuni-tario abonen como pago por Apertura de ExpedienteMatrimonial el monto de S/. 20.00 (Veinte y 00/100 Nue-vos Soles) y por examen pre-nupcial S/. 25.00 (Veinti- cinco y 00/100 Nuevos Soles) por pareja. Artículo Tercero.- Los contrayentes, que participen en el matrimonio civil deberán presentar los siguientesdocumentos: - Partida de Nacimiento certificada (de ambos) - Copia autenticada por el Fedatario de la Municipali- dad, del documento nacional de identidad (DNI) vigentecon la constancia del último sufragio, o en su caso delCIP, Pasaporte o Carné de Extranjería, debiendo mos-trar los originales - Una fotografía tamaño carné o pasaporte de cada uno. - Certificado Médico Prenupcial extendido por la Mu- nicipalidad. - Certificado Domiciliario y/o Declaración Jurada de residir en el distrito, adjuntando copia de recibos de agua,teléfono, luz o arbitrios. - Dos testigos mayores de edad que conozcan a los contrayentes como mínimo tres (3) años, los cualesdeberán portar sus documentos de identidad original,adjuntando copias autenticadas por el Fedatario de laMunicipalidad. Los viudos, divorciados, menores de edad, militares y extranjeros que deseen participar de este III MATRIMO-NIO CIVIL COMUNITARIO 2004, deberán cumplir conpresentar la documentación adicional, según sea el caso. El plazo límite para presentar el expediente matri- monial será hasta el 10 de diciembre del 2004. Artículo Cuarto.- DISPENSAR a los contrayentes participantes en el presente Matrimonio Civil Comunita-rio de la publicación de sus Edictos Matrimoniales, sinperjuicio que la Municipalidad proceda a efectuar la difu-sión y publicación que corresponda. Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal a los Departamentos de Registros Civiles y de Imagen Institucional de estaMunicipalidad, quienes deberán realizar las accionesnecesarias para cumplir con los fines encargados. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 21583 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Reglamentan la instalación de cober- tores para edificaciones en construc-ción o en estado de abandono ubica-das en el distrito ORDENANZA Nº 094-MSI EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía po- lítica, económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia, con funciones normativas, conforme lo es- tablece el artículo 194º de la Constitución Política delPerú, modificado por la Ley de Reforma ConstitucionalNº 27680 y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece en su artículo 79º numerales 3, 3.6,3.6.3 que es función exclusiva de las municipalidadesdistritales normar, regular y otorgar autorizaciones, de- rechos y licencias, y realizar la fiscalización de la cons- trucción, remodelación o demolición de inmuebles, y de-claratorias de fábricas; Que, el artículo 90º de la Ley Orgánica de Municipa- lidades, Ley Nº 27972, establece que la construcción,reconstrucción, ampliación, modificación o reforma de cualquier inmueble, se sujeta al cumplimiento de los re- quisitos que establezcan la Ley, el Reglamento Nacionalde Construcciones y la ordenanzas o reglamentos so-bre seguridad de Defensa Civil, y otros organismos quecorrespondan, para garantizar, la salubridad y estéticade la edificación; asimismo deben tenerse en cuenta los estudios de impacto ambiental; Que, el Título Segundo, artículo 94º, del Reglamento de la Ley de Regularización de Edificaciones, del Proce-dimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimende Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y Pro-piedad Común, aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2000-MTC establece que las municipalidades ejercerán la función de control urbano de conformidad con su re-glamentación específica; Que, corresponde a la Gerencia de Desarrollo Urba- no, a través de su Subgerencia de Catastro Integral yControl Urbano, el permanente control de actividades urbanas mediante la implementación periódica de cam- pañas para fiscalizar el cumplimiento de las normas re-lativas a construcción, funcionamiento comercial y anun-cios, de conformidad con lo establecido en el Reglamen-to de Organización y Funciones de la Municipalidad deSan Isidro, aprobado por la Ordenanza Nº 049-MSI; Que, la ejecución de los trabajos de construcción de edificaciones nuevas generan un alto impacto en el am-biente urbano, tanto físico como visual, en ese sentidocorresponde a las municipalidades establecer disposi-ciones con el objeto de minimizar las molestias, riesgosy daños que se pudiesen ocasionar, salvaguardando, a su vez, el ornato del distrito; Que, los cobertores para edificaciones se constitu- yen en elementos de seguridad necesarios para la pro-tección del trabajador de construcción civil y para evitarcaídas de fragmentos, materiales, herramientas u otrosobjetos que pudieran ocasionar daños a terceros. Adi- cionalmente, con un tratamiento urbanístico minimizan el impacto visual generado por las edificaciones en pro-ceso de construcción y logran una armonía con el entor-no; Que, estando a lo expuesto y en uso de las faculta- des conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley Orgá- nica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Muni- cipal por unanimidad y con dispensa del trámite de acta,ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA INSTALACIÓN DE COBERTORES PARA LAS EDIFICACIONES EN CONSTRUCCIÓN O EN ESTADO DE ABANDONO EN EL DISTRITO DE SAN ISIDRO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- OBJETO.- La presente Ordenanza define las condiciones para la utilización de coberto-res para las obras de edificación con altura igual o mayor a seis pisos y las que se encuentren en estado de abandono con altura igual o mayor a dos pisos, conel objeto de aminorar las molestias, riesgos y dañosque se pudieran ocasionar como parte del procesoconstructivo. Regula los aspectos administrativos y técnicos para la instalación de los cobertores para edificios en cons- trucción, obras inconclusas o en estado de abandonorealizadas en el distrito de San Isidro. Artículo 2º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.- Las dis- posiciones de la presente Ordenanza serán de apli-