Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2004 (28/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, MORDAZA 28 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES

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que el cargo actual (de S/. 0.217 por minuto) por acceso a los telefonos publicos esta vigente desde el 11 de MORDAZA de 2001 (desde hace mas de tres anos), OSIPTEL tiene la potestad de iniciar el procedimiento de revision del cargo por acceso a los telefonos publicos operados por Telefonica del Peru S.A.A. establecido en la Resolucion de Consejo Directivo Nº 018-2001-CD/OSIPTEL. 2.2 Pertinencia de revisar el cargo de acceso a los telefonos publicos de acuerdo al contexto actual En este punto es necesario analizar como han evolucionado distintas variables que podrian determinar la pertinencia de revisar el cargo establecido por acceso a los telefonos publicos operados por Telefonica del Peru S.A.A.. En esa linea, cabe senalar algunas ideas al respecto: 2.2.1 Comunicaciones afectas al cargo de acceso a los telefonos publicos operados por Telefonica del Peru S.A.A. De todo el universo de posibles comunicaciones, solo un grupo de estas tiene que tener en cuenta, en sus procesos de conciliacion y liquidacion, el cargo de acceso a los telefonos publicos operados por Telefonica del Peru S.A.A.. En ese sentido, de todos los tipos de llamadas, las que involucran el pago de un cargo de acceso a los telefonos publicos operados por Telefonica del Peru S.A.A., son: - comunicaciones de larga distancia nacional originadas en la red del servicio de telefonia fija, en la modalidad de telefonos publicos, de Telefonica del Peru S.A.A., mediante tarjetas de pago de portadores distintos de Telefonica del Peru S.A.A. - comunicaciones de larga distancia internacional originadas en la red del servicio de telefonia fija, en la modalidad de telefonos publicos, de Telefonica del Peru S.A.A., mediante tarjetas de pago de portadores distintos de Telefonica del Peru S.A.A. - comunicaciones locales y de larga distancia nacional originadas en la red del servicio de telefonia fija, en la modalidad de telefonos publicos, de Telefonica del Peru S.A.A., y terminadas en la red de un operador rural - comunicaciones locales y de larga distancia nacional originadas en la red del servicio de telefonia fija, en la modalidad de telefonos publicos, de Telefonica del Peru S.A.A., y terminadas en un suscriptor de la serie 0-800 Cabe mencionar, que los servicios especiales con interoperabilidad, cuyos esquemas de liquidacion han sido expuestos en la Resolucion de Consejo Directivo Nº 025-2004-CD/OSIPTEL, permitiran realizar llamadas desde telefonos publicos. En ese sentido, la empresa concesionaria que opere con el servicio especial de interoperabilidad debera retribuir, de corresponder, a Telefonica del Peru S.A.A. por ese concepto. De esta forma, de todas las comunicaciones expuestas, las llamadas de larga distancia originadas en la red del servicio de telefonia fija, en la modalidad de telefonos publicos, de Telefonica del Peru S.A.A., mediante tarjetas de pago de portadores distintos de dicha empresa, serian las mas relevantes debido al ingreso en el MORDAZA de nuevos portadores de larga distancia. 2.2.2 Acuerdos entre Telefonica del Peru S.A.A. y operadores de larga distancia sobre comunicaciones originadas en telefonos publicos Debido al ingreso al MORDAZA de nuevos portadores de larga distancia, estas empresas, con la finalidad de poder tener presencia en el MORDAZA, han comenzado a brindar sus servicios utilizando diferentes medios de acceso. En esa linea, los operadores de larga distancia suscribieron acuerdos de interconexion con Telefonica del Peru S.A.A. mediante los cuales se establecieron los terminos operativos, legales y economicos para el transporte de llamadas originadas en la red del servicio de telefonia fija de Telefonica del Peru S.A.A., en la modalidad de abonados, mediante el mecanismo de presuscripcion y llamada por llamada. Asimismo, los operadores tambien han establecido acuerdos relacionados con el uso de tarjetas de pago desde telefonos de abonado y desde telefonos publicos operados por Telefonica del Peru S.A.A.. Sobre este punto, cabe senalar que los acuerdos suscritos entre los operadores de larga distancia y Telefonica del Peru S.A.A.

no solo establecen la posibilidad de realizar llamadas de larga distancia originadas en telefonos de abonado y telefonos publicos de esta MORDAZA empresa en lugares donde el portador de larga distancia tiene presencia, sino que, adicionalmente, este MORDAZA de llamadas se pueden originar en lugares en donde el portador no tiene presencia. Este MORDAZA de acuerdos abre la posibilidad de que los portadores de larga distancia puedan brindar sus servicios en cualquier area local, independientemente de contar o no con presencia fisica en la misma, a traves de telefonos de abonado y de telefonos publicos. En este ultimo caso, el cargo de acceso a los telefonos publicos es una variable a tener en cuenta. 2.2.3 Evolucion de las comunicaciones desde telefonos publicos Sobre el particular, hay que observar la evolucion del trafico, principalmente de los portadores de larga distancia. Respecto del trafico anual de las llamadas de larga distancia nacional originadas en telefonos publicos de Telefonica del Peru S.A.A. y transportadas por portadores distintos de dicha empresa, este tuvo un nivel de 8'570,012 minutos por el ano terminado en diciembre de 2002 y un nivel de 6'026,640 minutos por el ano terminado en junio de 2004. Sobre esa base, dichas empresas tuvieron que pagar, sin considerar impuestos, a Telefonica del Peru S.A.A. un total de S/. 2'131,208 Nuevos Soles en el ano 2002 y tendrian que pagar un total de S/. 1'565,267 Nuevos Soles por el ano 2004 (estimado), por concepto de cargo de acceso a sus telefonos publicos. En el caso de las llamadas de larga distancia internacional, el crecimiento del trafico ha sido de un nivel de 1'696,060 minutos por el ano terminado en diciembre de 2002 a 3'117,483 minutos por el ano terminado en junio de 2004. Por dicho motivo, las empresas de larga distancia internacional tuvieron que pagar a Telefonica del Peru S.A.A., sin considerar impuestos, un total de S/. 421,780 Nuevos Soles durante el 2002, y tendrian que pagar un total de S/. 887,354 Nuevos Soles por el ano 2004 (estimado). En ese sentido, las empresas de larga distancia facturaran (por el trafico de larga distancia nacional e internacional) a Telefonica del Peru S.A.A. cerca de S/. 2'452,621 Nuevos Soles por concepto de acceso a sus telefonos publicos durante el 2004 (estimado). 2.2.4 Limitaciones en la reduccion de tarifas En toda comunicacion entre redes de diversas empresas, los cargos de interconexion se constituyen en costos basicos que deben ser compensados a partir de las tarifas cobradas a los usuarios de dichas comunicaciones. En ese sentido, el cargo de acceso a los telefonos publicos de Telefonica del Peru S.A.A. al ser un costo que debe ser recuperado por las empresas cuyas comunicaciones lo incluyen, puede convertirse en una limitante a la reduccion de las tarifas de estas llamadas. 2.2.5 Estimacion del cargo vigente El cargo vigente de S/. 0.217 Nuevos Soles ha sido estimado, en el ano 2001, sobre la base de un analisis del flujo de MORDAZA de la inversion realizada y de los costos atribuibles al servicio de telefonos publicos en un periodo de 5 anos. De esta manera, el valor del cargo de acceso permite que se alcance una tasa interna de retorno similar al costo de capital. La estimacion referida se realizo sobre la base de informacion correspondiente a 1999 y 2000, y a partir de un modelo de flujo de MORDAZA y no de un modelo de costos incrementales. 2.2.6 Percepcion de las empresas Sobre el particular, hay que destacar que varias empresas (operadores rurales, de larga distancia y empresas que brindarian servicios especiales con interoperabilidad) han manifestado su preocupacion sobre el nivel del cargo de acceso a los telefonos publicos operados por Telefonica del Peru S.A.A., indicando que el mismo tiene efecto sobre la tarifa a cobrarse al usuario y sobre la rentabilidad que obtendrian dichas empresas. III. CONCLUSION Considerando lo manifestado anteriormente se considera conveniente iniciar el procedimiento de revision

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