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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (28/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 33

PÆg. 281251 NORMAS LEGALES Lima, domingo 28 de noviembre de 2004 tos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades oactividades supervisadas o de sus usuarios. 4. El Artículo 1º del Reglamento de la Ley Marco de los Organismos Reguladores, aprobado por D.S. Nº 032 - 2001 - PCM, establece que es función exclusiva delConsejo Directivo ejercer la función normativa general yreguladora de OSITRAN. 5. El artículo 3º del Reglamento General de OSITRAN (RGO), aprobado mediante D.S. Nº 010 - 2001 - PCM, establece que en el ejercicio de sus funciones, la actua- ción de OSITRAN deberá orientarse a garantizar al usua- rio el libre acceso a la prestación de los servicios, y a lainfraestructura, siempre que se cumplan los requisitoslegales y contractuales correspondientes. 6. El Artículo 24º del mencionado Reglamento Gene- ral de OSITRAN establece que en ejercicio de su fun- ción normativa , OSITRAN puede dictar normas relacio- nadas con el acceso a la utilización de la Infraestructura . 7. El Numeral 21.2 de la Ley Nº 27943 - Ley del Sis- tema Portuario Nacional (LSPN), establece que en ma-teria de infraestructura portuaria de uso público, OSI- TRAN conserva sus funciones normativas propias . 8. El Artículo 101º del Reglamento de la LSPN, modifica- do por D.S. Nº 013-2004-MTC, que establece que en loscasos que un usuario intermedio requiera utilizar infraes-tructura o instalaciones portuarias de uso público, para po-der prestar sus servicios en el mercado, el Administrador Portuario (Entidad Prestadoras bajo la competencia de OSI- TRAN), deberá seguir el procedimiento establecido en elReglamento Marco de Acceso a la Infraestructura de UsoPúblico, correspondiéndole a OSITRAN garantizar el ejerci-cio de tal derecho a los usuarios intermedios de conformidadcon lo establecido en el numeral 21.2 de la LSPN. 9. El Reglamento Marco de Acceso a la Infraestructura de Transporte de Uso Público (REMA) aprobado por OSI-TRAN mediante Resolución Nº 014 -2003-CD/OSITRAN. 10. El REMA establece en su artículo 11º que OSI- TRAN está facultado a ordenar el otorgamiento del dere-cho de Acceso o sustituir la voluntad de las partes en caso de falta de un acuerdo entre ellas. 11. El Artículo 43º del REMA establece que OSITRAN podrá emitir Mandatos de Acceso, determinando a falta deacuerdo, el contenido íntegro o parcial de un Contrato deAcceso. II. LOS ANTECEDENTES: 1. Con el fin de iniciar las negociaciones que permitan acordar las condiciones para suscribir el respectivoContrato de Acceso correspondiente a la prestación delservicio de remolcaje por parte del Usuario Intermedio TAYLOR en los Terminales Portuarios (TP) del Callao y Paita, la Empresa Nacional de Puertos S.A. (ENAPU) loconvocó a una reunión a través del Oficio Nº 051-2004ENAPU/GC del 04 de mayo del presente. 2. Según consta en el Acta de la Reunión realizada el 10 de mayo, el Usuario Intermedio y ENAPU no llegaron a un acuerdo con respecto al pago (cargo de acceso) que ENAPU propuso, con el fin de otorgarles el accesonecesario para que brinden el servicio de remolcaje. 3. A través del Oficio Nº 275-04-GG-OSITRAN del 27 de mayo del presente, se le notifica a ENAPU que medianteResolución de Consejo Directivo Nº 020-2004-CD-OSI- TRAN, se aprobó el Reglamento de Acceso de ENAPU, el cual contiene en su Capítulo II la definición, requisitos ycaracterísticas operativas necesarias para obtener el ac-ceso correspondiente a la prestación del referido servicio. 4. Posteriormente, se recibe la solicitud del Usuario Intermedio para que OSITRAN emita el Mandato de Ac- ceso correspondiente, que le permita regularizar la pres- tación de sus servicios de remolcaje. Dicha solicitud fuerecibida el 28 de junio de 2004. 5. Conforme a lo establecido en el artículo 98º del Reglamento Marco de Acceso a la Infraestructura deTransporte de Uso Público (REMA), mediante Oficio Nº 490-04-GS-OSITRAN del 01 de julio de 2004 se solicitó a ENAPU que remita una copia de todas las comunica-ciones cursadas con el Usuario Intermedio, referidas alproceso de regularización antes mencionado. 6. El 09 de julio de 2004, ENAPU atiende el requeri- miento de información a través del Oficio Nº 542-2004- ENAPU S.A./GG, el cual adjunta copias de la carta de convocatoria a la reunión de inicio de negociaciones, elActa de Reunión, la carta notarial por medio de la cual seda por concluido el período de negociaciones, y el Pro-yecto de Contrato de Acceso al Servicio de Remolcaje en los Terminales Portuarios de ENAPU. 7. El 12 de agosto del presente se emite el Informe Nº 254-04-GS-C2-OSITRAN, que contiene los Términos Pro- puestos para la Emisión del Mandato de Acceso solicitado por el Usuario Intermedio, el cual recoge las recomenda-ciones contenidas en el Informe Nº 048-04-GRE-OSITRANcon respecto al cargo de acceso correspondiente. 8. A través del Oficio Circular Nº 623-04-GS-C2-OSI- TRAN y del Oficio Nº 625-04-GS-C2-OSITRAN, ambos del 12 de agosto de 2004, se remite al Usuario Intermedio y a ENAPU, respectivamente, y los Términos Propuestos parala Emisión del Mandato de Acceso, indicándoles que conta-ban con un plazo de diez (10) días hábiles para presentarsus comentarios u observaciones al proyecto remitido. 9. El 26 de agosto de 2004 se recibe el Oficio Nº 665- 2004 ENAPU S.A./GG, a través del cual la Entidad Presta- dora remite sus comentarios al Proyecto de Mandato men-cionado. 10. Mediante comunicación s/n recibida el 01 de se- tiembre de 2004, el Usuario Intermedio solicita una amplia-ción de treinta (30) días hábiles para la remisión de sus comentarios u observaciones al Proyecto antes remitido. 11. El Consejo Directivo de OSITRAN, mediante Acuer- do Nº 531-149-04-CD-OSITRAN adoptado en Sesión Nº149-2004 del 07 de setiembre de 2004, acordó de maneraexcepcional otorgar un plazo adicional de treinta (30) díaspara presentar comentarios al Proyecto de Mandato de Acceso por Servicio de Remolcaje. 12. A través del Oficio Circular Nº 034-04-GG-OSITRAN del 13 de setiembre de 2004, el Usuario Intermedio y ENAPUson notificados de la ampliación de plazo otorgada. 13. El 11 de octubre del presente, se recibe la comuni- cación mediante la cual el Usuario Intermedio alcanza sus comentarios al Proyecto de Mandato antes remitido. 14. Las observaciones alcanzadas por ENAPU al Pro- yecto de Mandato remitido, se refieren a la determinacióndel cargo de acceso sobre la cual manifiestan lo siguiente: - Se ha tomado una data operativa contable prome- dio de 1999 a 2003, y no como han ido evolucionando los costos. - Actualmente, la tarifa por acceso al servicio de re- molcaje no cubre los costos correspondientes, por loque la vigencia del cargo de acceso debiera ser desde laexpedición del mandato de acceso, y no desde la entra- da en vigencia de los nuevos niveles tarifarios aproba- dos por la Resolución Nº 031-2004-CD-OSITRAN - En los costos se debe incluir los recursos interme- dios de administración, tráfico y seguridad. - El período de vigencia del contrato de acceso debe ser de tres (03) años y no de cinco (05) años. - El cargo de acceso debe aplicarse a las operacio- nes de abarloamiento. - El cargo de acceso debe fijarse en dos niveles, para naves de hasta 6,500 Unidades de Arqueo Bruto ypara naves mayores a 6,500 Unidades de Arqueo Bruto. - Los cargos de acceso deben considerar los costos incurridos para obtener la Certificación del Código PBIP, así como de su mantenimiento. - Los cargos de acceso propuestos son los siguien- tes: En US$ (excl. IGV) Puerto Naves Hasta 6500 UAB + de 6500 UAB Callao 40 125 Paita 27 84 15. Por su parte, los principales comentarios del Usua- rio Intermedio son los siguientes: - El servicio de remolcaje debe excluirse del REMA debido a que este servicio no conlleva la utilización de Infraestructura de Uso Público. - Con respecto al cargo de acceso se menciona lo siguiente: - No debe existir debido a que significaría una duplici- dad de cobro u otras distorsiones. - Se cuestiona la utilización de las facilidades esencia- les, y atribución de costos al servicio de remolcaje, inten-tado justificar la existencia de un cargo de acceso atribu-yéndole costos de facilidades esenciales que no estánhechas ni diseñadas para el servicio en cuestión, sino