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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (28/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 29

PÆg. 281247 NORMAS LEGALES Lima, domingo 28 de noviembre de 2004 está sujeta a la restricción del Factor de Control, el cual se calcula en función del Factor de Productividad y delÍndice de Precios al Consumidor. En este contexto, lapresente Resolución, se ciñe a lo establecido en los Contratos de Concesión para la aplicación de la Fór- mula de Tarifas Tope. En lo que se refiere a las etapas de presentación de la solicitud de ajuste trimestral de tarifas y su evalua-ción correspondiente, los Contratos de Concesión es-tablecen que dicha solicitud debe ser presentada por la empresa concesionaria a OSIPTEL cuando menos con veintidós (22) días hábiles de antelación a la fecha efec-tiva prevista para el ajuste de tarifas. En dicha solicitud,TELEFÓNICA debe proponer las nuevas tarifas queregirán desde la fecha efectiva prevista para el ajuste,especificando su propuesta para cada elemento tarifa- rio dentro de cada canasta de servicios. Corresponde a OSIPTEL examinar y verificar la solicitud e informa-ción sustentatoria con el propósito de comprobar quelas tarifas propuestas sean acordes con las Fórmulasde Tarifas Tope aplicables. De acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento Ge- neral de Tarifas, corresponde a la empresa concesio- naria publicar el detalle de las tarifas que se establecenpara cada uno de los servicios sujetos a la Fórmula deTarifas Tope, conforme a las tarifas propuestas conte-nidas en la respectiva solicitud de ajuste trimestral. Eneste sentido, una vez que OSIPTEL aprueba el ajuste de tarifas, se envía al Diario Oficial El Peruano el texto de la Resolución Tarifaria para su publicación, la cualestablece las tarifas tope promedio ponderadas paracada una de las canastas de servicios mencionadas;en tanto que la empresa concesionaria debe publicar eldetalle de las tarifas para conocimiento de los usuarios, en por lo menos un diario de amplia circulación nacio- nal, antes de su entrada en vigencia. Estimación del Factor de ControlLa estimación de los factores de control correspon- dientes al trimestre septiembre-noviembre de 2004 se realizó de acuerdo con lo previsto en los contratos deconcesión: nF= Factor de control para el trimestre “n”. 211 −−+= nn nIPCIPC*)X(F IPC= Índice de Precios al Consumidor de Lima Me- tropolitana a inicio del trimestre “n-1” y “n-2” que publica mensualmente el Instituto Nacio- nal de Estadística e Informática (INEI). X= Factor de Productividad Trimestral. Según la fórmula anterior, la estimación del factor de control para las Canastas C y D, correspondiente al trimestre diciembre 2004- febrero 2005 se muestra en el cuadro siguiente: Cuadro Nº 1 Factor de Control del trimestre diciembre 2004- febrero 2005 - Canastas C y D Concepto Mes Valor Factor X Trimestral -0.02619 IPC n-1 agosto 107.39 IPC n-2 junio 107.17 Factor de Control del Trimestre 0.9758 El valor del Factor de Control de 0.9758, indica que la variación nominal promedio de las tarifas propuestaspor TELEFÓNICA para las canastas de servicios C y D debe ser de al menos –2.42%. En tal sentido, se ha verificado que la solicitud presentada por la empresaconcesionaria cumple con dicha restricción para cadauna de las canastas de servicios: C (instalación) y D(renta mensual y llamadas locales). Asimismo, la estimación del factor de control para la Canasta E correspondiente al trimestre diciembre 2004- febrero 2005 se muestra en el cuadro siguiente:Cuadro Nº 2 Factor de Control del trimestre diciembre 2004 - febrero 2005 - Canasta E Concepto Mes Valor Factor X Trimestral -0.02010 IPC n-1 agosto 107.39 IPC n-2 junio 107.17 Factor de Control del Trimestre 0.9819 El valor del Factor de Control de 0.9819, indica que la variación nominal promedio de las tarifas propuestaspor TELEFÓNICA para la canasta de servicios E debeser de al menos –1.81%. En tal sentido, se ha verificado que la solicitud presentada por la empresa concesiona- ria cumple con dicha restricción para cada la canasta E(llamadas de larga distancia nacional e internacional). Determinación de las reducciones promedio pon- deradas de las tarifas tope por canastas La solicitud de ajuste de tarifas presentada por TELE- FÓNICA, contiene un conjunto de tarifas propuestas paralos servicios comprendidos en cada una de las tres canas-tas de servicios, las cuales se reducen según la fórmuladel contrato para el ratio tope establecido en cada canasta. El detalle de las reducciones promedio ponderadas para cada canasta de servicios, se precisa en el si-guiente cuadro: Cuadro Nº 3 Reducciones promedio ponderadas de tarifas tope por Canastas de Servicios Canasta Ratio aplicado Reducción C 0.9758 -2.42% D 0.9758 -2.42% E 0.9758 -2.11% 21580 Disponen iniciar procedimiento de ofi- cio para la revisión del cargo de inter-conexión tope para el acceso a los te-lØfonos pœblicos operados por Telefó- nica del Perœ S.A.A. ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 089-2004-CD/OSIPTEL Lima, 25 de noviembre de 2004 EXPEDIENTE : Nº 00002-2004-CD-GPR/IX MATERIA : Revisión del Cargo de Interco- nexión Tope para el acceso a losteléfonos públicos operados por Telefónica del Perú S.A.A. VISTO: El Informe Nº 069-GPR/2004 de la Gerencia de Políti- cas Regulatorias y Planeamiento Estratégico (en adelan- te “INFORME”), presentado por la Gerencia General, res-pecto a la pertinencia de la revisión del cargo de interco-nexión tope promedio ponderado por el acceso a los telé-fonos públicos operados por Telefónica del Perú S.A.A.; CONSIDERANDO: Que en el Texto Único Ordenado de las Normas de Interconexión, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 043-2003-CD/OSIPTEL, publicada en el Dia-rio Oficial El Peruano el 07 de junio de 2003, y sus modifica-torias, se definen los conceptos básicos de interconexión,y se establecen las normas técnicas, económicas y lega-