Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2004 (02/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, sabado 2 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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(S/.195.000.00) que al T/C de S/. 4.18 da un monto de 46,650.72 EUROS o US$ 55,714.28 al T/C. de S/. 3.50 CIF-CALLAO, con cargo al presupuesto R.O. del SELEC AF-2004, en la cadena de gasto 5.3.11.39; Que, el citado servicio se encuentra comprendido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Fuerza Aerea del Peru, item 35; Que, conforme al Certificado de fecha 23 de MORDAZA del 2004 de la empresa Dassault Aviation, esta certifica que es la fabricante y unico reparador y calibrador de las maletas Comando de Vuelo MEM003-21, MEM002-33, MEM00431 y MEM005-31; Que, del lnforme Legal Nº 001-2004 del 27 de MORDAZA del 2004 efectuado por la Asesora Legal del Servicio de Electronica de la Fuerza Aerea del Peru, que forma parte de la presente Resolucion, entre otros aspectos se comprueba que la solicitud de exoneracion del MORDAZA de seleccion de "Concurso Publico" por la causal de "Servicios que no Admiten Sustitutos", se encuentra enmarcada dentro de los alcances del inciso f) Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con el Decreto Supremo Nº 012-2001PCM; Que, el inciso f) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, dispone que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las contrataciones que se realicen por "Servicios que no admiten sustitutos"; Que, el Articulo 20º del dispositivo legal MORDAZA mencionado establece que las contrataciones a que se refiere el Articulo 19º, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia", salvo las previstas en el literal b) del mencionado articulo y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad. Las Resoluciones o acuerdos senalados en los incisos precedentes requieren obligatoriamente de un informe Tecnico-Legal, los cuales seran publicados en el Diario Oficial El Peruano y puestos en conocimiento de la Contraloria General de la Republica;

Que, los Articulos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establecen que de producirse los supuestos senalados en el Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las contrataciones y adquisiciones se efectuan mediante el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia, para tal efecto la Entidad competente para aprobar la exoneracion designara a la dependencia u organo encargado de llevar a cabo el mencionado MORDAZA, de acuerdo al monto involucrado, su complejidad, envergadura o sofisticacion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar a la Fuerza Aerea del Peru del MORDAZA de seleccion de "Concurso Publico" por la causal de "Servicios que no Admiten Sustitutos" para la contratacion de los servicios de calibracion y certificacion de los equipos portatiles de prueba del Sistema de Controles de Vuelo Electronicos del avion M-2000. Articulo 2º.- Aprobar la contratacion de la Compania DASSAULT AVIATION, para que realice el servicio de calibracion y certificacion de los equipos portatiles de prueba del Sistema de Comandos de Vuelo Electronicos del avion M-2000, disponiendose que la misma se efectue mediante el MORDAZA de seleccion de "Adjudicacion de Menor Cuantia" por un valor referencial de hasta ciento noventa y cinco mil nuevos soles (S/.195.000.00) que al T/C de S/. 4.18 da un monto de 46,650.72 EUROS o US$ 55,714.28 al T/C. de S/. 3.50 CIF-CALLAO, con cargo al presupuesto R.O. del SELEC AF-2004, en la cadena de gasto 5.3.11.39. Articulo 3º.- Autorizar al Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru a nombrar al Comite Especial que llevara a cabo el respectivo MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia y al Comandante de Material a aprobar las Bases y al Comandante del SELEC a suscribir el contrato respectivo de conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento.

PROYECTO DE "REGLAMENTO ESPECIFICO DE SEMILLA DE ALGODON"
MORDAZA, octubre del 2004
De conformidad con la Primera Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº 27262 - Ley General de Semillas, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria del Ministerio de Agricultura somete a consulta publica el Proyecto de Reglamento Especifico de Semilla de Algodon, con la finalidad de recoger observaciones y sugerencias de los agricultores, obtentores, productores, comerciantes de semillas, instituciones publicas y privadas y publico en general, sobre el referido Proyecto. Las sugerencias se recibiran hasta el 31 de octubre del 2004. Los interesados deberan remitir sus observaciones y sugerencias con la debida sustentacion tecnica y legal, a la Direccion General de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, sito en Pasaje MORDAZA de Zela s/n, Edif. Min. Agricultura, piso 10, MORDAZA 11, MORDAZA MORDAZA - Telefax 01-4338048, 3329852 o al correo electronico: gtejada@senasa.gob.pe 17786

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