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PÆg. 277609 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de octubre de 2004 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de inspectores de la Dirección General de AeronÆutica Civila Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 728-2004-MTC/02 Lima, 28 de septiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aproba- das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, estableceque para el caso de los servidores y funcionarios públi-cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autori-zación de viaje se otorgará por Resolución Ministerialdel respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irro-guen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis-cal 2004, dispone restringir al mínimo indispensable los viajes al exterior del país en comisión de servicios, es- tableciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstosserán aprobados por resolución suprema refrendada porel Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro delsector correspondiente, con excepción de los sectoresde Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, así como de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyocaso se aprobarán por resolución del Titular del Pliegocorrespondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticosinternacionales establecidos en el Convenio de Chica- go sobre Aviación Civil y poder mantener la califica- ción de Categoría - I otorgada al Perú por la Organiza-ción de Aviación Civil Internacional, debe mantener unprograma anual de vigilancia sobre la seguridad opera-cional a través de la ejecución de inspecciones técni-cas a los explotadores aéreos en el país, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estándares de la Organización de Aviación CivilInternacional; Que, la empresa Aero Turismo y Publicidad S.A.C., con Carta ATGO-005-09-04, del 6 de setiembre de 2004,en el marco de los Procedimientos Nºs. 11 (Inspección Técnica a Aeronaves), 13 (Inspección Técnica a Bases y Estaciones de Aeronavegabilidad para Establecimien-to o Actualización de Especificaciones de Operación) y18 (Inspección Técnica a Talleres de Mantenimiento Ae-ronáutico para Establecimiento o Actualización de Habi-litaciones) de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministeriode Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decre-to Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la DirecciónGeneral de Aeronáutica Civil, efectuar la inspección téc-nica de la aeronave Boeing 737-200 de matrícula HR- ATM, del Taller de Mantenimiento Aeronáutico y de la Estación de la empresa Aero Turismo y Publicidad S.A.C.,en la ciudad de Barranquilla, República de Colombia,durante los días 4 al 9 de octubre de 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 20709, 20711, 20712, 20713 y 20714, la solicitante ha cumplido con los pagos de los derechos de tramitación correspondientes a los Procedimientos aque se refiere el considerando anterior, ante la Direc-ción de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empre-sa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viá-ticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Direc- ción General de Aeronáutica Civil, ha emitido las Órde-nes de Inspección Nºs. 1447-2004-MTC/12.04-SDA y1448-2004-MTC/12.04-SDA designando a los Inspecto-res Miguel Encarnación Gonzáles Saldarriaga y AgustínJosé García Franco, respectivamente, para realizar la inspección técnica de la aeronave Boeing 737-200 de matrícula HR-ATM, del Taller de Mantenimiento Aeronáu-tico y de la Estación de la empresa Aero Turismo y Pu-blicidad S.A.C., en la ciudad de Barranquilla, Repúblicade Colombia, durante los días 4 al 9 de octubre de 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los referidos Inspectores de la Dirección Gene- ral de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento delas funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y suReglamento, puedan realizar las inspecciones técnicasa que se contraen las Órdenes de Inspección Nºs. 1447-2004-MTC/12.04-SDA y 1448-2004-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Miguel Encarnación Gonzáles Saldarriaga y Agustín José Gar- cía Franco, Inspectores de la Dirección General de Ae-ronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comuni-caciones, a la ciudad de Barranquilla, República de Co-lombia, durante los días 4 al 9 de octubre de 2004, paralos fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, ha sido íntegramente cubierto porla empresa Aero Turismo y Publicidad S.A.C. a través delos Recibos de Acotación Nºs. 20709, 20711, 20712,20713 y 20714, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, inclu- yendo las asignaciones por concepto de viáticos y tarifapor uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (por dos Inspectores) US$ 2,400.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 56.48 (por dos Inspectores) Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, losInspectores mencionados en el artículo 1º de la presen-te Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán pre- sentar un informe al Despacho Ministerial, con copia ala Oficina General de Administración del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, describiendo las accio-nes realizadas y los resultados obtenidos durante el via-je autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi-nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 17723 Modifican el Manual de Dispositivos de Control de TrÆnsito Automotor paraCalles y Carreteras RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 733-2004-MTC/02 Lima, 29 de septiembre de 2004