Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2004 (06/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, miercoles 6 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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Aprueban Circular para la aplicacion de derechos antidumping provisionales a mercancias a las que se refiere la Res. Nº 053-2004/CDS-INDECOPI
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA CIRCULAR Nº 011-2004/SUNAT/A 30 de setiembre de 2004 1. MATERIA 2. OBJETIVO 3. BASE LEGAL :Aplicacion de Tributos, Derechos Antidumping y Compensatorios :Derechos Antidumping Provisionales :Resolucion Nº 053-2004/CDSINDECOPI

Para las declaraciones asignadas a MORDAZA naranja y MORDAZA, el especialista en aduana revisara el calculo de la liquidacion de cobranza; y las asignadas a MORDAZA MORDAZA se sujetan a la fiscalizacion posterior a cargo de la IFGRA. 4.2. DETERMINACION DE LA BASE IMPONIBLE Para la aplicacion de los derechos antidumping provisionales se aplicara el monto fijo establecido en el numeral 4.1.1 por la cantidad de Kilogramos netos (US$/ Kg). 4.3 LIQUIDACION Y PAGO Los derechos antidumping provisionales se liquidaran en dolares americanos y seran cancelados conjuntamente con los derechos de aduana y demas tributos de importacion, en moneda nacional utilizando el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago de la deuda aduanera. 5. VIGENCIA Los derechos antidumping provisionales se aplicaran a las Declaraciones numeradas a partir del 23 de agosto del 2004, que corresponde al dia siguiente de la publicacion de la Resolucion Nº 053-2004/CDS-INDECOPI. Atentamente, MORDAZA MORDAZA BEJAR MORDAZA Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas (e) 17951

4. INSTRUCCIONES : Habiendo expedido la Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios del INDECOPI la Resolucion Nº 053-2004/CDS-INDECOPI publicada en el Diario Oficial El Peruano el 22 de agosto de 2004, sobre la aplicacion de derechos antidumping provisionales a determinadas mercancias; estando a la facultad conferida en la Resolucion de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT y a lo dispuesto en el inciso g) del articulo 23º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; sirvase tener presente lo siguiente: 4.1 MORDAZA DE APLICACION 4.1.1 Las importaciones de los siguientes articulos que tienen como componente principal el MORDAZA inoxidable: ollas, teteras, sartenes y cacerolas, originarias de la Republica Popular China (CN); ollas, sartenes y cacerolas originarias de la Republica de MORDAZA (IN) y sartenes originarias de Taiwan (TW), estan afectas al pago de derechos antidumping provisionales de acuerdo al monto especifico (US$/kg) que a continuacion se detallan: Subpartida nacional: 7323.93.00.10
MORDAZA Descripcion CPROD US$/kg

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Emiten pronunciamiento para que se deje sin efecto la R.D. Nº 361-2004MEM/AAM
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 0028-2004-GR.CAJ-CR MORDAZA, 13 de setiembre de 2004 El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en su Sesion Ordinaria Descentralizada, realizada el dia de hoy 13 de setiembre del presente ano, en la provincia de Jaen; VISTA y debatida la Mocion de Orden del Dia, presentada por el Vicepresidente Regional, Dr. MORDAZA MORDAZA Martell y siete Consejeros Regionales, referente a exigir al Ministerio de Energia y Minas, deje sin efecto la Resolucion Directoral Nº 3612004-MEM/AAM, asi como convocar a un Paro Regional, para el 15 de setiembre del ano en curso; con aprobacion unanime del Pleno; con dispensa del Dictamen correspondiente; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de MORDAZA, emitio la Ordenanza Municipal Nº 012-2001, disponiendo la Intangibilidad del CERRO QUILISH; Que, el Gobierno Regional de MORDAZA, en el mes de marzo del ano 2003, emitio la Ordenanza Regional Nº 0072003, declarando al Cerro Quilish como MORDAZA reservada contra la exploracion minera; Que, por acuerdos sucesivos, el Consejo Regional se ha pronunciado a favor de la defensa de la Intangibilidad del Cerro Quilish, mediante la convocatoria a una moviliza-

China (CN)

Solo: Olla
Solo: Sarten Solo: Cacerola Solo: Tetera

1
2 3 4

6.86
6.01 7.17 7.60

MORDAZA (IN)

Solo: Olla
Solo: Sarten Solo: Cacerola

1
2 3 1

7.94
7.41 6.94 8.29

Taiwan (TW)

Solo: Sarten

4.1.2 En la transmision electronica de la Declaracion Unica de Aduanas o Simplificada de Importacion, el despachador de aduana debera indicar en cada serie sujeta a la aplicacion de derechos antidumping provisionales en el MORDAZA CPROD del archivo DUA-ADUADET1.TXT o DSI-IMPDET01.TXT el codigo senalado en el numeral 4.1.1. 4.1.3 En la Declaracion Unica de Aduanas o Simplificada de Importacion, el despachador de aduana debera consignar en cada serie sujeta a derecho antidumping provisional en la MORDAZA 7.37 o 6.2 extremo inferior respectivamente, el codigo segun corresponda. 4.1.4 En el caso que la MORDAZA de los productos sea en juegos o bateria de cocina, el despachador de aduana debera individualizar el peso de cada articulo sujeto a derecho antidumping y multiplicara por el total de los juegos; una vez determinado el monto total de derecho antidumping provisional, emitira la liquidacion de cobranza via autoliquidacion.

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