Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2004 (06/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 6 de octubre de 2004

La directiva establece en su articulo 5.1 la forma de acreditar el pago de los impuestos²; y en el articulo 5.2 la utilizacion de la declaracion jurada emitida por el contribuyente, en la que se senale que el o los documentos presentados para acreditar el pago del impuesto corresponden al predio o vehiculo automotor objeto de la transferencia, cuando se presente alguno de los supuestos siguientes: a) Falta de datos en el comprobante respectivo que permitan identificar al bien. b) Discrepancias no sustanciales entre la informacion de la partida respecto a los datos en el comprobante. c) Cuando de la revision de la partida y de sus antecedentes registrales no pueda concluirse que el comprobante del recibo de pago, la MORDAZA o reporte informatico de no adeudo corresponde al bien objeto de transferencia. 9. En el presente caso, se trata de una transferencia ocurrida segun minuta el 31.03.2004. En consecuencia, debe acreditarse, respecto al impuesto predial, el pago de todo el ejercicio fiscal correspondiente a la fecha de la minuta, es decir del ano 2004, mediante cualquiera de las formas senaladas en el Art. 5.1 de la Directiva Nº 011-2003, siendo que no se ha adjuntado documento alguno que acredite tal pago. En tal sentido corresponde confirmar el MORDAZA extremo de la observacion. 10. Respecto al primer extremo de la observacion, se ha presentado a esta instancia el certificado de numeracion Nº 000315-2004 expedido por la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA en el que se indica que el lote 6 de la Mz. D de la Urbanizacion Las MORDAZA de Monterrico tiene como numeracion 214 del MORDAZA Las Poncianas, quedando acreditada la identidad entre el inmueble materia de la rogatoria y el inmueble inscrito en la partida Nº 49054407, por lo que corresponde dejar sin efecto dicho extremo de la observacion. Estando a lo acordado por unanimidad; VII. RESOLUCION CONFIRMAR el MORDAZA extremo de la observacion formulada por la Registradora Publica del Registro de Predios, al titulo referido en el encabezamiento, y DEJAR SIN EFECTO el primer extremo de la observacion, por los fundamentos expuestos en el analisis de la presente resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MARIELLA MORDAZA MORDAZA Presidenta de la MORDAZA Sala del Tribunal Registral MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal del Tribunal Registral MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal del Tribunal Registral

c) MORDAZA del comprobante de pago autenticada por un fedatario de cualquier Organo Desconcentrado de la SUNARP; d) La insercion del comprobante de pago en la escritura publica; e) MORDAZA o reporte informatico de no adeudo expedida por la Municipalidad correspondiente. En el caso del Impuesto Predial, la MORDAZA o reporte informatico, se entendera referida a todos los predios del contribuyente ubicados en la circunscripcion territorial de la respectiva Municipalidad, salvo indicacion expresa en contrario en dichos documentos. No se requiere que en la MORDAZA o reporte se indique la ubicacion de dichos predios.

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SUNAT
Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de MORDAZA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA INTENDENCIA ADUANA MORDAZA RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 154 154/2004-000191 3 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Intendencia Nº 154/2001000045 del 19 de marzo del 2001, se designo a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnico II, Nivel N-12, el cargo de Auxiliar Coactivo de la Intendencia de la Aduana de Arequipa; Que, de acuerdo a lo establecido por el numeral 1, rubro VI Normas Generales, del Procedimiento IFGRA-PG.07 Reglamento de Cobranzas Coactivas, aprobado mediante Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 000758-99, el Ejecutor Coactivo es designado mediante Resolucion de Superintendencia de Aduanas, y actuara mediante Auxiliares Coactivos, quienes seran designados con Resolucion de Intendencia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 061-2002-PCM, se dispuso la fusion de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria con la Superintendencia Nacional de Aduanas; Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, viene cumpliendo las funciones de Auxiliar Coactivo, establecidos en el articulo 114º del Decreto Supremo Nº 135-99EF que aprueba el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, modificado por el Decreto Legislativo Nº 953, en merito a lo dispuesto en la Resolucion de Intendencia Nº 154/ 2001-000045 del 19 de marzo del 2001, que sin embargo, por convenir al servicio resulta necesario dejar sin efecto la designacion de Auxiliar Coactivo del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a partir del 20 de agosto de 2004; En uso de las facultades conferidas por el numeral 1, acapite VI, del Procedimiento IFGRA-PG.07 Reglamento de Cobranza Coactiva, el T.U.O. del Codigo Tributario Decreto Supremo Nº 135-99-EF modificado por el Decreto Legislativo Nº 953, el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM y Resolucion de Superintendencia Nº 190-2002/SUNAT que dispone Medidas de Organizacion de la SUNAT; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar en via de Regularizacion a partir del 1 de enero del 2003 hasta el 31 de agosto de 2004, en la funcion de Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de MORDAZA, al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ramirez. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO a partir de 31 de agosto de 2004, la designacion en la funcion de Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de MORDAZA al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ramirez. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente 17905

²

Directiva Nº 011-2003-SUNARP-SN.5.1 Forma de acreditar el pago de los impuestos: Para los efectos de la calificacion registral, el pago de los Impuestos Predial de Alcabala y al Patrimonio Automotriz, a que se refiere el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 776, se acreditara con cualesquiera de los siguientes documentos: a) Original del comprobante de pago correspondiente; b) MORDAZA legalizada notarialmente del comprobante de pago respectivo;

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