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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (08/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 23

PÆg. 277945 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de octubre de 2004 gar Dante SAAVEDRA ZAPATA, en el cargo público de con- fianza de Prefecto en el departamento de Lambayeque; Que, es necesario dar por concluida la referida desig- nación, por lo que debe emitirse el acto administrativo co- rrespondiente; De conformidad con el artículo 1º, inciso 11), de la Ley Nº 27594, de fecha 13 de diciembre del 2001 y lo dispues- to en el artículo 24º del Texto Único Ordenado del DecretoLegislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DAR POR CONCLUIDA la designación del señor Edgar Dante SAAVEDRA ZAPATA, en el cargo público de confianza de Prefecto en el departamento deLambayeque, dándosele las gracias por los servicios pres- tados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior 18196 Designan Prefecto del departamento de Lambayeque RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 0463-2004-IN-1501 Lima, 5 de octubre del 2004 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza de Prefecto del de- partamento de Lambayeque, cargo considerado de con- fianza; De conformidad con el artículo 1º, inciso 11), de la Ley Nº 27594, de fecha 13 de diciembre del 2001 y lo dispues- to en el artículo 24º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR, a partir de la fecha, a don Juan Fernando CARBONEL ROMERO, en el cargo públi- co de confianza de Prefecto del departamento de Lamba- yeque. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior 18197 Declaran en situación de urgencia la contratación de suministro de cartu- chos de tinta para la expedición de pa- saportes y carnØs de extranjería RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2155-2004-IN/0501 Lima, 6 de octubre del 2004VISTO: El Informe Técnico Nº 013-2004-IN-1601 de fecha 3 de setiembre del 2004, del Jefe de la Unidad Administrativa de la DIGEMIN y el Informe Legal Nº 546-2004-IN-0509 defecha 9 de setiembre del 2004 de la Oficina Legal de Asun- tos Administrativos de la Oficina General de Administra- ción; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Vice Ministerial Nº008-IN/ 0103 de fecha 16 de agosto del 2004, se designó al Comité Especial que tendría a su cargo la organización y ejecu-ción de la Licitación Pública para la "Adquisición de Insu- mos para la Expedición de Pasaportes y Carnés de Ex- tranjería"; Que, mientras dure la ejecución del proceso de selec- ción correspondiente, el Ministerio del Interior no puede interrumpir la atención de la expedición de pasaportes ycarnés de extranjería por la falta del suministro de insumos que se requieren para la expedición de dichos documen- tos; Que, el Informe Técnico Nº 013-2004-IN-1601, estable- ce que la adquisición de insumos que se solicita está refe- rida únicamente al ítem correspondiente a cartuchos detinta diletta de color negro y a color, insumos que son indis- pensables mientras se realiza la Licitación Pública antes referida, por cuanto que la ausencia de estos podría com-prometer la continuidad de los servicios que brinda la Di- rección de Pasaportes de la DIGEMIN, como son la expe- dición de pasaportes y carnés de extranjería; Que, el Informe Legal Nº 546-2004-IN-0509 establece que se requiere realizar la contratación solicitada pero como un suministro de insumos, a fin de paliar la urgencia y nodejar desabastecida a la Dirección de Pasaportes de la DIGEMIN de las tintas diletta necesarias para la expedi- ción de pasaportes y carnés de extranjería, exonerándosedel proceso de selección correspondiente, mientras se rea- lice el proceso de selección antes mencionado, por el pla- zo de noventa (90) días o hasta que quede consentido elotorgamiento de la buena pro de la Licitación Pública co- rrespondiente; Que, las circunstancias descritas conllevan la necesi- dad de solicitar al Titular del Pliego la aprobación de una exoneración, para contratar mediante proceso de menor cuantía y por un tiempo determinado sólo el Suministro deCartuchos de Tinta Diletta de Color Negro y a Color, mien- tras se convoca y se realiza el proceso de selección co- rrespondiente; Que, el inciso c) del Artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, señala que: "Están exoneradas de los procesos deLicitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Direc- ta, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen:...c) En situación de emergencia o de ur-gencia declaradas de conformidad con la presente Ley"; Que, a su vez el Artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,establece que:"...Se considera situación de urgencia cuan- do la ausencia extraordinaria e imprevisible de determina- do bien o servicio compromete en forma directa e inminen-te la continuidad de los servicios esenciales o de las ope- raciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Di- cha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contra-tación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para llevar a cabo el Proceso de Selección que corresponda"; Que, conforme lo establece el numeral 2) del Artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado, la presente situación de urgencia esuna medida temporal, ante el hecho excepcional de no po- der contar con el servicio esencial, hecho objetivo que de- termina una acción rápida, que se perfecciona con la de-claración formal de la situación de urgencia, la exonera- ción del caso y la fijación de un plazo suficiente para con- cluir con el proceso de selección correspondiente, sin per-judicar la continuidad de los servicios ni las operaciones productivas del sector; Que, la omisión oportuna del proceso de selección co- rrespondiente que obliga a la presente declaración de ur- gencia, determina a la Entidad a establecer las responsa- bilidades y sanciones, establecidas en los artículos 24º y