Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2004 (16/10/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 16 de octubre de 2004

dos "golondrinos" en el distrito de Heroes Albarracin; y el Oficio Nº 380-2004-J/ONPE de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; CONSIDERANDO: Que el MORDAZA Electoral Especial de Tacna dispuso excluir del padron del distrito de Heroes MORDAZA a 30 electores de la mesa de sufragio Nº 201746, y a su vez 30 electores de la mesa de sufragio Nº 225580, quienes no podrian votar en el MORDAZA de consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales, convocada para el 17 de octubre de 2004; Que el MORDAZA Nacional de Elecciones por Resolucion Nº 142-2004-JNE publicada el 24 de MORDAZA de 2004, aprobo el uso del padron electoral para la referida consulta popular, determinando asi el numero de electores habiles a quienes corresponde votar en cada distrito electoral; Que en el expediente de exclusion de electores, la resolucion emitida por el MORDAZA Electoral Especial se sustenta en la relacion de ciudadanos con la simple anotacion de "no reside" que por si sola no constituye documentacion probatoria suficiente para modificar el padron electoral aprobado; Que corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de la realizacion de los procesos electorales y de las consultas populares, asi como tambien la elaboracion del padron electoral, conforme lo dispone el articulo 178º inciso 1) de la Constitucion Politica del Peru, por lo que resulta necesario emitir pronunciamiento; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar nula la Resolucion Nº 014-2004-JEET del 7 de octubre del 2004, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Tacna; en consecuencia, disponer que los electores excluidos en dicha resolucion continuan formando parte del padron electoral del distrito de Heroes MORDAZA, y MORDAZA su derecho al voto. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento del MORDAZA Electoral Especial de Tacna, y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el contenido de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese.

de la mesa de sufragio Nº 208093, y 30 electores de la mesa de sufragio Nº 227581, quienes no podrian votar en el MORDAZA de consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales, convocada para el 17 de octubre de 2004; Que el MORDAZA Nacional de Elecciones por Resolucion Nº 142-2004-JNE publicada el 24 de MORDAZA de 2004, aprobo el uso del padron electoral para la referida consulta popular, determinando asi el numero de electores habiles a quienes corresponde votar en cada distrito electoral; Que en el expediente de exclusion de electores, la resolucion emitida por el MORDAZA Electoral Especial se sustenta en la relacion de ciudadanos con la simple anotacion de "no reside" que por si sola no constituye documentacion probatoria suficiente para modificar el padron electoral aprobado; Que corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de la realizacion de los procesos electorales y de las consultas populares, asi como tambien la elaboracion del padron electoral, conforme lo dispone el articulo 178º inciso 1) de la Constitucion Politica del Peru, El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar nula la Resolucion Nº 015-2004-JEET del 7 de octubre del 2004, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Tacna; en consecuencia, disponer que los electores excluidos en dicha resolucion continuan formando parte del padron electoral del distrito de Tarucachi, y MORDAZA su derecho al voto. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento del MORDAZA Electoral Especial de Tacna, y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el contenido de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 18560

SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 18559 MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCION Nº 222-2004-JNE MORDAZA, 14 de octubre de 2004 VISTOS el Oficio Nº 056-2004-JEE-Tacna del MORDAZA Electoral Especial de Tacna, por el que remite la Resolucion Nº 015-2004-JEET del 7 de octubre de 2004, sobre la verificacion de domicilio de electores denominados "golondrinos" en el distrito de Tarucachi; y, el Oficio Nº 380-2004-J/ONPE de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; CONSIDERANDO: Que el MORDAZA Electoral Especial de Tacna dispuso excluir del padron del distrito de Tarucachi a 68 electores

Disponen que total de electores de diversas mesas de sufragio del distrito de Machupicchu, provincia de Urubamba, no se contabilizara en resultados para consulta popular de revocatoria
MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCION Nº 223-2004-JNE Expediente Nº 765-2004 MORDAZA, 14 de octubre de 2004 VISTO: El Oficio Nº 068-2004-JEE-CUSCO remitido por el MORDAZA Electoral Especial del MORDAZA, elevando en consulta la Resolucion Nº 002-2004-JEE-CUSCO de fecha 24 de setiembre del 2004, que declara nulas las mesas de sufragio numeros 223600, 225703, 226038, 226736, y 227430 del distrito de Machupicchu, provincia de Urubamba, para el MORDAZA electoral de consulta popular de revocatoria 2004, a llevarse a cabo el proximo MORDAZA 17 de octubre;

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