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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (16/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 28

PÆg. 278430 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de octubre de 2004 Vistos; los memorando Nº 964-2004-DP/OAF y su anexo el Informe Técnico Nº 073-2004-DP/OAF-L y elInforme Legal Nº 004-2004-DP/OAJ; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con los artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Estado se dio la Ley Nº 26520,Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y mediante la Resolución Defensorial Nº 012-2001/DP, su vigente Re- glamento de Organización y Funciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado y con Decreto Su-premo Nº 013-2001-PCM, su Reglamento; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 023- 2004/DP-OAF de fecha 11 de octubre del 2004, se mo-dificó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Defensoría del Pueblo para el ejercicio 2004, inclu- yéndose el proceso de selección para la “Contrataciónde equipos y accesorios para repotenciación del ascen- sor del edificio de la Defensoría del Pueblo”, con un valor estimado de US$11,424.00, con cargo a la Fuente deFinanciamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante el Informe Técnico Nº 073-2004-DP/ OAF-L, el Jefe del Área de Logística de la Oficina deAdministración y Finanzas, estando al pedido de la Jefa- tura de la Oficina de Administración y Finanzas, sustenta las razones de orden técnico-económico que justificanhacer uso de la exoneración dispuesta en el artículo 19º inciso f) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por DecretoSupremo Nº 012-2001-PCM. Según el referido informe técnico, el ascensor ubicado en la Sede Central de la entidad ha devenido con el transcurrir del tiempo en obso-leto y su mantenimiento y reparación es cada vez más frecuente, por lo que resultan muy onerosos. De igual importancia son las razones de brindar seguridad al per-sonal de la entidad y a la ciudadanía. Asimismo, se señala en el precitado informe que el referido ascensor, de mar- ca Otis, con una capacidad de seis pasajeros (420 Kg.),fue instalado en el año 1931 y, que la empresa Ascenso- res S.A. tiene la exclusividad en la venta, instalación, ser- vicio y mantenimiento de los elevadores y escaleras me-cánicas en el Perú de la empresa Otis Elevator Company, propietaria de la marca Otis; Que, según lo previsto por el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la adquisición de bienes que no admiten sustitutos se encuentra exonerada del pro-ceso de Adjudicación Directa, permitiendo que se efec- túen mediante el proceso de selección de Adjudicación de Menor Cuantía, conforme al artículo 20º de la citadaley y en concordancia con los artículos 14º, inciso 4), literal b), 105º y 116º de su Reglamento; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica ha cumplido con emitir el Informe Legal respectivo, señalando la adecua- ción del Informe Técnico al marco normativo vigente; Que, lo expresado en los Informes emitidos por las jefatu- ras del Área de Logística de la Oficina de Administración y Finanzas y de la Oficina de Asesoría Jurídica, sustentan téc- nica y legalmente la adquisición de los equipos y accesoriospara repotenciación del ascensor del edificio de la sede central de la Defensoría del Pueblo, lo que previamente ha sido inclui- do en la programación del Plan Anual de Adquisiciones y Con-trataciones de la Defensoría del Pueblo para el presente año; Que, la Defensoría del Pueblo cuenta con la disponi- bilidad presupuestaria necesaria en la Fuente de Finan-ciamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institu- cional 2004, requerida para los fines expuestos; Que, por consiguiente, ante la propuesta de requerir los referidos equipos y accesorios que califican como bienes que no admiten sustitutos en los términos del artículo 19º, inciso f) del Texto Único Ordenado de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, es pro- cedente autorizar en vía de excepción, la adquisición de equipos y accesorios para la potenciación del ascensordel edificio de la Defensoría del Pueblo, comercializados por la empresa Ascensores S.A., bajo la modalidad deAdjudicación de Menor Cuantía; Con el visto bueno del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica y del Jefe de la Oficina de Administración y Finanzas; En uso de las facultades conferidas por el último pá- rrafo del artículo 2º; por el artículo 9º, inciso 7) de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y por la Resolu- ción Defensorial Nº 66-2000/DP, y de conformidad con laLey de Gestión Presupuestaria del Estado, Ley Nº27209; la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, Ley Nº28128; los artículos 19º, inciso f) y20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y los artículos 14º, inciso 4), literal b), 105º y 116º de su Reglamento; así como los artículos 6º y 7ºdel Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Resolución Defensorial Nº 12-2001/DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, la exoneración del pro- ceso de selección Adjudicación Directa Selectiva, para la adquisición de los equipos y accesorios para la potencia- ción del ascensor del edificio de la Defensoría del Pueblo,por no admitir sustitutos, de conformidad con lo señalado en el inciso f), del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la adquisición de los bienes referidos en el artículo precedente, mediante el proceso de selección de Adjudicación de Menor Cuan-tía, por un valor referencial ascendente a la suma total de US$ 11,424.00 (ONCE MIL CUATROCIENTOS VEIN- TICUATRO Y 00/100 DOLARES AMERICANOS).Artículo Tercero.- DESIGNAR, al Comité Especial en- cargado de conducir el precitado proceso de selección, el que estará integrado por las siguientes personas: MIEMBROS TITULARES MIEMBROS SUPLENTES 1.- Pablo NÚÑEZ ALMONACID. Lino Andrés PACO NAVENTA Jefe del Área de Logística, Área de Logística como Presidente. 2.- Mercedes Janeth MONGE Mario Alexander ATARAMA SORIANO CORDERO Primera Adjuntía, como Primera Adjuntía . Secretario. 3- Juan Miguel ZEGARRA Mariano Cornelio MEDRANO COELLO. CARRILLO. Jefe de la Oficina de Oficina de Asesoría Jurídica Asesoría Jurídica. Artículo Tercero.- El egreso que demande la preci- tada contratación, será con cargo a la Fuente de Finan- ciamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institu- cional para el presente ejercicio fiscal. Artículo Cuarto.- DISPONER, que la Jefatura de la Oficina de Administración y Finanzas remita copia de la presente resolución y de los informes que sustentanesta exoneración, a la Contraloría General de la Repú- blica, en un plazo no mayor de diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación, conforme a ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ALBÁN PERALTA Defensor del Pueblo en Funciones 18689 Autorizan la supervisión de la consulta popular de revocatoria de autoridades a nivel nacional y las elecciones comple- mentarias en la provincia del Collao,departamento de Puno RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 024-2004/DP Lima, 15 de octubre del 2004