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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (01/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G35/G35/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 1 de setiembre de 2004 (iv) Promover la cooperación y colaboración de la so- ciedad civil en el logro de los objetivos de la Comisión. (v) Solicitar información a instituciones públicas, orga- nizaciones privadas, expertos y especialistas en materiasrelacionadas con el sistema de justicia. (vi) Realizar actividades de debate y difusión a nivel nacional vinculadas con su objeto. (vii) Informar periódicamente a la ciudadanía y a los organismos gubernamentales los avances y dificultades del proceso en la implementación del Plan Nacional de Refor-ma Integral de la Administración de Justicia. (viii) Preparar iniciativas legislativas para ser presenta- das ante el Ministerio de Justicia para su consideración. (ix) Las demás necesarias para el cumplimiento de sus funciones. Artículo 4º.- Conformación La Comisión creada por el presente Decreto Supremo, estará integrada por: - El Ministro de Justicia o su representante, quien la presidirá. - El Director General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas. - El Secretario de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros. - Seis juristas designados por el Ministro de Justicia. La Comisión podrá solicitar al Congreso de la Repúbli- ca, Tribunal Constitucional, Consejo Nacional de la Magis- tratura, Poder Judicial, Ministerio Público, Academia Na-cional de la Magistratura, Defensoría del Pueblo y a otros organismos públicos o privados vinculados con el sistema de justicia, la designación de personas que se incorporena fin de coadyuvar al cumplimiento del objeto del presente Decreto Supremo. Artículo 5º.- Plazo La Comisión tiene el plazo de ciento ochenta (180) días calendario contados desde su instalación, para concluir conla labor encomendada en el artículo 2º del presente Decre- to Supremo. Artículo 6º.- Secretaría Técnica La Comisión contará con una Secretaría Técnica, cuyo titular será designado por el Ministerio de Justicia.La Secretaría Técnica estará adscrita al Ministerio de Justicia. Artículo 7º.- Reglamento Interno La Comisión aprobará su reglamento interno en un pla- zo no mayor de quince (15) días calendario contados apartir de su instalación. Artículo 8º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Justi- cia y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintiún días del mes de agosto del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 15813 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G64/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G2D /G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G49/G49/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G56/G69/G63/G65/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G61/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 411-2004-JUS Lima, 31 de agosto de 2004CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 120-2004-JUS, de fecha 18 de marzo de 2004, se designó a la señoritaCynthia Janet Argumedo Hernández, en el cargo de Direc- tor de Sistema Administrativo II, Nivel F-3 del Despacho Viceministerial del Ministerio de Justicia; Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo por lo que debe emitirse la Resolución correspon- diente; Que, asimismo, es necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo público de confianza; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25993 y el artículo 7º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por la señorita CYNTHIA JANET ARGUMEDO HERNÁNDEZ, al cargo de Directora de Sistema Administra- tivo II, Nivel F-3, del Despacho Viceministerial del Ministe-rio de Justicia, dándosele las gracias por los servicios pres- tados. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, a la señora MARIA ELENA RODRIGUEZ DUEÑAS, en el cargo de Directora de Sistema Administrativo II, Nivel F-3, del Des- pacho Viceministerial del Ministerio de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia 15789 RELACIONES EXTERIORES /G43/G72/G65/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G20/G22/G41/G6C/G20/G4D/GE9/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F /G44/G69/G70/G6C/G6F/G6D/GE1/G74/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G4A/G6F/G73/GE9/G20/G47/G72/G65/G67/G6F/G72/G69/G6F/G20/G50/G61/G7A /G53/G6F/G6C/G64/GE1/G6E/G22 DECRETO SUPREMO Nº 050-2004-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que es deber del Ministerio de Relaciones Exterio- res expresar en forma objetiva el reconocimiento a las trayectorias profesionales de los funcionarios diplomáti-cos de la República que se hagan acreedores al mismo y a los ciudadanos nacionales que hayan realizado ac- tos de especial relevancia y significación para el desa-rrollo institucional del Servicio Diplomático de la Repú- blica y del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, así como a quienes hayan efectuado aportes sobresa-lientes a la política exterior del Perú; Que este reconocimiento debe reflejar los valores democráticos, históricos e institucionales propuestospara su sustento y expresarlo públicamente, por lo que es deseo del Ministerio de Relaciones Exteriores crear una Orden para premiar a los funcionarios diplomáti-cos y a los ciudadanos nacionales de conformidad con lo que se establezca en el Reglamento correspondien- te; Que dicha Orden se debe denominar "Al Mérito del Servicio Diplomático del Perú José Gregorio Paz Sol- dán", como un justo homenaje a la memoria de quieninstituyó el Servicio Diplomático de la República; Que es necesario establecer los grados de la mencionada Orden, de acuerdo a los niveles de distin-ción según la valoración, méritos, alcances e importan- cia de la labor desplegada en beneficio del Servicio Di- plomático de la República y del Ministerio de Relacio-nes Exteriores, así como en el desarrollo de la política exterior del Perú; De conformidad con el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, modificado por la Ley Nº 27779; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;