NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (01/09/2004)
CANTIDAD DE PAGINAS: 28
TEXTO PAGINA: 17
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G35/G36/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 1 de setiembre de 2004 REPRESENTANTES DE LOS INSTITUTOS SUPERIO- RES TECNOLÓGICOS Y PEDAGÓGICOS PÚBLICOSY PRIVADOS 44. Ynes Lelisbet Chavez Mestanza, de Amazonas. 45. Francisco Tarrillo Barboza, de Amazonas. 46. Moisés Santa Cruz Quispe, de Cusco. 47. Marco Antonio Neciosup Rivas, de Lambayeque.48. Antonio Saul Huaman Casas, de Junín. 49. Angel Mamani Quispe, de Puno. REPRESENTANTES DE LOS CENTROS EDUCATI- VOS SECUNDARIOS 50. Karlo Eduardo Saldarriaga Flores, del Callao. 51. Jimy Roosbelt Gonzales Ticona, de Huánuco. 52. Martin Bakuants Sanchez, de San Martín.53. Elar Adan Alván Perez, de Ucayali. 54. Mauricio Augusto Ricardo Cuadra Moreno, de La Libertad. 55. Walter Jose Guerrero Fernandez, de Tumbes. 56. Victoria del Pilar Castillo Torres, de Tacna. 57. Brenda Gabriela Sanga Coarite, de Tacna. REPRESENTANTES DE LA COMUNIDADES CAMPE- SINAS 58. Norby Luis Tunga Burgos, de Lambayeque. 59. Wilmer Rojas Carhuamaca, de Junín.60. Rosario Vigilio Guillen, de Huánuco. 61. Washington Julio Cjatata Chuctaya, de Cusco. 62. Julio Wilfredo Dueñas Ccallo, de Apurímac.63. Reynaldo Huaman Arando, de Apurímac. REPRESENTANTES DE LA COMUNIDADES NATIVAS64. Heriberto Arimuya Yahuarcani, de Loreto. 65. Jhangner Tsungky Lirio Jintash, de Amazonas.66. Jeiser Suarez Maynas, de Ucayali. 67. James Valerio Pishagua Lazaro, de Huánuco. REPRESENTANTES DE LA POBLACIÓN CON DIS- CAPACIDAD 68. Edith Jovana Apolinario Vega, de Ancash. 69. Edgar Espinoza Cardenas, de Apurímac. 70. Angel Augusto Cabrera Sánchez, de Loreto.71. Julio Cesar Miranda Damas, de Junín. REPRESENTANTES DE ORGANIZACIONES DEPOR- TIVAS 72. José Carlos Iraha Mendoza, de Moquegua. 73. Segundo Angel Gordillo Llanos, de Amazonas. 74. Nicolás Antonio Zevallos Trigoso, de Lima. 75. Marco Antonio Portilla Ushiñahua, de Lambayeque. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución al Con- sejo de Participación de la Juventud - CPJ y a los interesa-dos. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARMEN VEGAS GUERRERO Presidenta 15769 /G52/G65/G63/G6F/G6E/G6F/G63/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F /G64/G65/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4A/G75/G76/G65/G6E/G74/G75/G64/G20/G2D/G20/G43/G50/G4A/G2C /G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G70/G65/G72/GED/G6F/G64/G6F/G20/G61/G67/G6F/G73/G74/G6F/G20/G32/G30/G30/G34/G20/G2D/G20/G6A/G75/G6C/G69/G6F /G32/G30/G30/G36/G2C/G20/G61/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G2D/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G4A/G75/G76/G65/G6E/G69/G6C/G65/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G64/G65/G20/G54/G61/G63/G6E/G61 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 052-P/CNJ-CONAJU-2004 Lima, 13 de agosto del 2004VISTO: El Oficio Nº 129-2004-CE/CPJ, de fecha trece de agos- to del año 2004, cursado por el señor Rafael Johan Mi-chael Robles Moras, Presidente del Comité Electoral del Consejo de Participación de la Juventud - CPJ, mediante el cual pone en conocimiento de la Comisión Nacional dela Juventud, la elección del representante por el estamento Organizaciones Juveniles del Departamento de Tacna; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 6º de la Ley Nº 27802, el Con- sejo Nacional de la Juventud - CONAJU es un ente sistémico que se rige por los principios de identidad, transparencia, par- ticipación, concertación, coordinación, representación e ins-titucionalidad democrática y descentralizada, integrado por el Consejo de Participación de la Juventud - CPJ; Que, de acuerdo con los artículos 17º y 18º de la Ley Nº 27802, así como el artículo 33º del Reglamento de la Ley Nº 27802, aprobado por Decreto Supremo Nº 106-2002- PCM, el Consejo de Participación de la Juventud - CPJ,organismo de representación, concertación y participación de la juventud, encargado de recepcionar, evaluar, formu- lar y proponer políticas e iniciativas orientadas a la promo-ción y desarrollo integral de la juventud, es el organismo en el cual están representados los jóvenes desde los quin- ce (15) hasta los veintinueve (29) años de edad; Que, de conformidad con lo estipulado por el artículo 36º del Reglamento de la Ley Nº 27802, cada representante ante el Consejo de Participación de la Juventud - CPJ, es elegidopor un período de dos años y deberán ser acreditados ante el Presidente de la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ, quien a su vez expide el reconocimiento correspondiente; Que, al amparo de la normatividad señalada en los pá- rrafos anteriores, así como en cumplimiento de lo dispues- to por la Segunda Disposición Transitoria del Decreto Su-premo Nº 106-2002-PCM, modificada por el Decreto Su- premo Nº 005-2004-PCM, el proceso de elección de los representantes del Segundo Consejo de Participación dela Juventud, es de responsabilidad de los representantes del Primer Consejo de Participación de la Juventud, reco- nocidos por Resolución Presidencial Nº 014-P-CNJ-CONA-JU/2004, y se desarrolla durante el año fiscal 2004, de- biendo finalizar el 31 de julio de este año; Que, mediante el Oficio Nº 129-2004-CE/CPJ, el Comi- té Electoral del Consejo de Participación de la Juventud, comunica que se ha llevado a cabo el proceso de elección del estamento de Organizaciones Juveniles del Departa-mento de Tacna, en el cual ha salido elegido el señor Ro- bert Perca Chahua, por lo cual se ha de proceder confor- me a lo reglamentado; Que para efectos de lo previsto en el artículo 36º del Reglamento de la Ley Nº 27802 y a efectos de contribuir al logro de los objetivos del Consejo de Participación de laJuventud, es menester adoptar las acciones administrativas correspondientes; Con las visaciones de la Gerencia de Promoción, Or- ganización y Gestión y la Oficina de Asesoría Jurídica, en las materias de sus respectivas competencias; De conformidad con lo previsto por la Ley Nº 27802 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 106- 2002-PCM, y sus modificaciones correspondientes, así como por la Resolución Suprema Nº 072-2003-PCM y enuso de sus atribuciones: SE RESUELVE: Artículo 1º.- Reconocer como miembro del Consejo de Participación de la Juventud - CPJ, del período corres-pondiente a agosto de 2004 - julio de 2006, al señor Robert Perca Chahua por el estamento Organizaciones Juveniles por el Departamento de Tacna. Artículo 2º.- Poner la presente Resolución en conoci- miento de los integrantes del Consejo de Participación de la Juventud - CPJ, así como a los interesados, para lo cual seles transcribirá y alcanzará copia de la presente Resolución. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución al Conse- jo de Participación de la Juventud - CPJ y a los interesados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN VEGAS GUERRERO Presidenta 15770