Norma Legal Oficial del día 01 de septiembre del año 2004 (01/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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DECRETA:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 1 de setiembre de 2004

estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Reino de Espana sobre el Reconocimiento Reciproco y el Canje de Licencias de Conducir Nacionales", adoptado mediante Intercambio de Notas, Nota Nº 5-13-M/223, de la Embajada del Peru en el Reino de Espana, de fecha 22 de diciembre de 2003, y Nota Verbal 141/15.1 del Ministerio de Asuntos Exteriores del Reino de Espana, de fecha 22 de diciembre de 2003. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treintiun dias del mes de agosto del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 15820

Articulo 1º.- Crease la Orden "Al Merito del Servicio Diplomatico del Peru MORDAZA MORDAZA Paz Soldan", como MORDAZA distintivo institucional que otorga el Ministerio de Relaciones Exteriores, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Decreto. Articulo 2º.- La Orden "Al Merito del Servicio Diplomatico del Peru MORDAZA MORDAZA Paz Soldan" sera otorgada a los funcionarios diplomaticos y a los ciudadanos nacionales para reconocer la destacada y valiosa labor que realizan en beneficio del Servicio Diplomatico de la Republica y del Ministerio de Relaciones Exteriores, asi como a quienes hayan efectuado aportes significativos al desarrollo de la politica exterior del Peru. Articulo 3º.- La Orden "Al Merito del Servicio Diplomatico del Peru MORDAZA MORDAZA Paz Soldan" tendra los siguientes grados: Gran Cruz; Gran Oficial; Comendador; Oficial; y, Caballero. Articulo 4º.- El Ministro de Relaciones Exteriores sera el Gran Maestre de la Orden "Al Merito del Servicio Diplomatico del Peru MORDAZA MORDAZA Paz Soldan". Articulo 5º.- Establezcase el Consejo de la Orden que estara conformado por el Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, quien la presidira y desempenara la funcion de Canciller de la misma, por el Director Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado que ejercera la funcion de Secretario y por cuatro Embajadores en situacion de actividad o retiro con un minimo de 10 anos en la categoria. Articulo 6º.- Encarguese a la Comision Ad hoc, nombrada mediante R.M. Nº 0512/RE, la elaboracion del Reglamento que norme el otorgamiento de la Orden "Al Merito del Servicio Diplomatico del Peru MORDAZA MORDAZA Paz Soldan", en un plazo no mayor de 15 dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la publicacion del presente Decreto Supremo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treintiun dias del mes de agosto del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 15819

Ratifican el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Federativa de Brasil sobre facilidades para el ingreso y MORDAZA de sus nacionales en sus territorios"
DECRETO SUPREMO Nº 052-2004-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Federativa de Brasil sobre facilidades para el ingreso y MORDAZA de sus nacionales en sus territorios", suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, el 10 de febrero de 2004; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 57º, 118º, inciso 11, de la Constitucion Politica del Peru, y el articulo 2º de la Ley Nº 26647; DECRETA:

Ratifican el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Reino de Espana sobre el Reconocimiento Reciproco y el Canje de Licencias de Conducir Nacionales"
DECRETO SUPREMO Nº 051-2004-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Intercambio de Notas, Nota Nº 5-13-M/ 223, de la Embajada del Peru en el Reino de Espana, de fecha 22 de diciembre de 2003, y Nota Verbal 141/15.1 del Ministerio de Asuntos Exteriores del Reino de Espana, de fecha 22 de diciembre de 2003, se adopto el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Reino de Espana sobre Reconocimiento Reciproco y el Canje de Licencias de Conducir Nacionales"; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 57º y 118º inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru, y el articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a

Articulo 1º.- Ratificase el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Federativa de Brasil sobre facilidades para el ingreso y MORDAZA de sus nacionales en sus territorios", suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, el 10 de febrero de 2004. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treintiun dias del mes de agosto del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 15822

Autorizan al Ministerio de la Produccion efectuar el pago de cuota a OLDEPESCA correspondiente al ano 2004
RESOLUCION SUPREMA Nº 239-2004-RE MORDAZA, 27 de agosto de 2004

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