NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (01/09/2004)
CANTIDAD DE PAGINAS: 28
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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G35/G37/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 1 de setiembre de 2004 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G34/G35/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G52/G45/G47/G49/GD3/G4E /G43/G41/G4C/G4C/G41/G4F/G2F/G50/G52/G2C/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G63/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G70/G61/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G6F/G63/G65/G6E/G74/G65/G73 /G79/G20/G64/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G67/G69/GF3/G6E/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 263-2004-REGIÓN CALLAO/PR Callao, 31 de agosto de 2004VISTO: El INFORME Nº 090-2004-REGIÓN CALLAO/GAJ-EAP del 23 de agosto de 2004 de la Gerencia de Asesoría Jurí- dica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 045- 2004-REGIÓN CALLAO/ PR, de fecha 5 de febrero de 2004, fue exonerado del proceso de Concurso Público la contra-tación de los servicios de “Capacitación de Docentes y Directores de la Región Callao”; proceso programado en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del 2004 conun Valor Referencial de S/. 1 179 930,00 (Un Millón Ciento Setenta y Nueve Mil Novecientos Treinta con 00/100 Nue- vos Soles), conforme se señaló en el primer considerandode la citada resolución; Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presu- puesto y Acondicionamiento Territorial, con MEMO-RÁNDUM Nº 098-2004-REGIÓN CALLAO/GRPPAT, señala que la cobertura presupuestal solicitada fue atendida con INFORME Nº 62-2004-REGIÓN CALLAO/GRPPAT-OTP,para la referida contratación, recursos que afectarán la fuen- te de financiamiento de Participación en Renta de Aduana; Que, mediante Oficio Nº 286-2004-CG/CA la Gerencia de Contrataciones y Adquisiciones de la Contraloría General de la República, observó que “... el documento resolutivo del ente regional, no señala el valor referencial y la fuente de financia-miento a afectar (...); que se subsane esta omisión en un pla- zo de cinco (5) días útiles de recibido el presente y así se facilite la continuación de la evaluación correspondiente”; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, en su informe de visto señala, que al formular la referida resolución omi- tió, involuntariamente, señalar la fuente de financiamientoa utilizarse para dicha contratación, haciéndose necesario subsanarlo en concordancia a lo establecido en el Nume- ral 6.5 de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE,consignando que la contratación de los servicios será fi- nanciada con recursos de la fuente de financiamiento Par- ticipación en Renta de Aduanas, adoptándose la forma ymodalidad de comunicación o publicación que correspon- de al acto original; así mismo, con relación al extremo del valor referencial, no obstante fue señalado en el primer con-siderando de la resolución observada y mas no en la parte resolutiva de dicho instrumento, también, debe consignar- se en forma detallada en la parte resolutiva de la resolu-ción observada; Que, en virtud de las atribuciones conferidas por los Artículos 20º, 21º inciso “v” y 41º de la Ley Nº 27867 “LeyOrgánica de Gobiernos Regionales”, el numeral “4” del Ar- tículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao, aprobado por OrdenanzaRegional Nº 002-2004-REGIÓN CALLAO/CR, modificado con Ordenanza Regional Nº 004-2004-REGIÓN CALLAO/ CR, con la conformidad de la Gerencia General Regional yla visación de la Gerencia de Asesoría Jurídica, la Geren- cia Regional de Desarrollo Social y la Gerencia de Adminis- tración del Gobierno Regional del Callao; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el Artículo Primero de la Resolución Nº 045-2004-REGIÓN CALLAO/PR publicadael 17 de febrero de 2004, el mismo que quedará redactado como sigue: “Artículo Primero.- Exonérese de la realización del pro- ceso de Concurso Público la contratación de los servicios de “Capacitación de Docentes y Directores de la Región Callao”, con Valor Referencial ascendente a S/. 1 179 930,00(Un Millón Ciento Setenta y Nueve Mil Novecientos Treinta con 00/100 Nuevos Soles). Esta contratación se encuen- tra financiada con los recursos provenientes de la fuentede financiamiento de Participación en Renta de Aduanas”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROGELIO CANCHES GUZMÁN Presidente 15802 GOBIERNO REGIONAL DE LORETO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G6C/G61/G73 /G5A/G6F/G6E/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G62/G65/G63/G65/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G51/G75/G65/G62/G72/G61/G64/G61/G73/G20/G79/G2F/G6F /G52/GED/G6F/G73 ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2004-CR/GRL Iquitos, 16 de marzo del 2004EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO POR CUANTO: El Consejo Regional de la Región Loreto, en Sesión Extraordinaria de Consejo de fecha 16 de marzo del 2004, aprobó por Unanimidad la siguiente Ordenanza; Artículo Primero.- Encárguese a la Gerencia Regio- nal de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente el estudio de ecosistemas de las nacientes del río Mazán, para la identificación de las variables que inciden en el man-tenimiento de la Cuenca, así como las relaciones y corre- laciones que la configuran, hasta la elaboración de los tér- minos de referencia específicos para el Plan General deManejo de las Unidades de Aprovechamiento Forestal, las que serán sometidas al Consejo Regional de l Gobierno Regional de Loreto para su aprobación. Las Unidades deAprovechamiento Forestal sometidas a estudio, son las si- guientes: 1146, 1151, 1155, 1156, 1157, 1158, 1159, 1165, 1166, 1171, 1175, 1181, 1182, 1183, 1185, 1186, 1187,1188, 1193, 1195, 1196, 1198, 1199, 1200, del Mapa de Unidades de Aprovechamiento Forestal de los Bosques de Producción Permanente de Loreto, según D.S. Nº 037-2003-AG. Artículo Segundo.- Autorícese a la Presidencia a efec- tuar la transferencia presupuestaria, buscar y concertar laejecución y financiamiento necesarios, conformando alian- zas estratégicas con instituciones universitarias y de in- vestigación regionales, nacionales e internacionales. Artículo Tercero.- Prohíbase la extracción maderera, con la correspondiente suspensión de la obligación de pago del derecho de aprovechamiento de las unidades someti-das a estudio, mientras el Consejo Regional de Loreto no apruebe los términos de referencia específicos a que se refiere el artículo primero. Artículo Cuarto.- Las infracciones a la prohibición es- tipulada en esta Ordenanza, así como los fondos que por estos hechos se recaudan estarán sometidos a las condi-ciones legales para extracción de madera antes de la apro- bación de los Planes Operativos Anuales de Manejo Fo- restal, con la tipificación de infracciones y penalidades ad-ministrativas que al efecto se establecerán. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza se incorpo- ra de pleno derecho, por el sólo mérito de su publicación, ala normativa de Concesiones Forestales con fines made- rables de Loreto. En igual forma y, en su oportunidad, se incorporarán los términos de referencia específicos a losplanes de manejo de las Unidades de Aprovechamiento