NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (03/09/2004)
CANTIDAD DE PAGINAS: 128
Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 120
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G37/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 3 de setiembre de 2004 VISTO: En Sesión Ordinaria del 20 de agosto de 2004, los Informes Nºs. 0168-04-SGOPICUT-GDU-MDEA, 277- 04-A-SGOPICUT-GDU-MDEA e Informe Nº 201-A-2004- GAF-MDEA referente al beneficio de ejecutar obras porconvenio con el Ejército Peruano, “Pavimentación de las calles Las Alamedas y Los Castaños del Asentamiento Humano María Herrera de Acosta”; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo solicitado por los representantes del Asentamiento Humano “María Herrera de Acosta” se ha elaborado el proyecto de “Pavimentación de Calles delAsentamiento Humano María Herrera de Acosta” confor- me a la Ley Nº 27293 del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, de los informes se colige la conveniencia de con- tratar con otra entidad del Estado, en este caso con el Minis- terio de Defensa - Ejército del Perú en razón de que existensuficientes ventajas técnicas y económicas, pues no se con- sidera utilidad e IGV, con el mismo presupuesto se ejecuta mayores metrados de obra, satisfaciendo las necesidadesde mayor cantidad de población y mayor optimización de los recursos del Estado; Que, el Art. 105º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. Nº 013-2001-PCM, dispone que la contratación debe rea- lizarse mediante acciones inmediatas, cumpliendo con losrequisitos a que se contrae el Título III del mismo regla- mento; Que, es conocido, que dentro de la Campaña de Ac- ción Cívica del Ejército ejecuta obras de las caracterís- ticas como se debe de realizar, por lo que es factible que se realice por una Brigada de Fuerzas Especialesdel Ejército: la obra “Pavimentación de las calles Las Ala- medas y Los Castaños del Asentamiento Humano María Herrera de Acosta” con una propuesta ascendente a lasuma de S/. 107,498.03 nuevos soles, la misma que en aplicación de los artículos 19º y 20º del Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado deberá exonerarse del proceso de selección co- rrespondiente; Que, las disposiciones legales que sustentan la pre- sente ordenanza están plasmadas en la Constitución Po- lítica del Perú, Ley Nº 27860, Ley del Ministerio de De- fensa, D.S. Nº 004-DE/SG, D. LEG. Nº 437 - Ley Orgáni-ca del Ejercito, Dec. Leg. Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Pre- supuestaria del Estado, Res. Contraloría Nº 072-98-CG,Ley Nº 28128 - Ley del Presupuesto para el Sector Pú- blico 2004, Ley Nº 26922 - Ley Marco de Descentraliza- ción, Decreto Ley Nº 19338, Ley del Sistema de Defen-sa Civil, D.S. Nº 005-88-SGMD, Ley Nº 27867, Ley Or- gánica del Gobierno Regional y Ley Orgánica de Muni- cipalidades Nº 27972; Que, conforme lo dispuesto por el Art. 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - D.S. Nº 012-2001-PCM, corresponde al Concejo Municipal apro-bar la Exoneración del proceso de selección correspon- diente; Por tanto, estando a lo expuesto, en uso de las faculta- des que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por voto unánime y con dispensa de lectura y apro- bación de acta, el Concejo Municipal; ACUERDA: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de selección de con- formidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado - D.S. Nº 012-2001- PCM y su Reglamento Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado - D.S. Nº 013-2001-PCM, la ejecuciónde la Obra “Pavimentación de calles del Asentamiento Hu- mano María Herrera de Acosta” hasta por la suma de S/. 107.498.03 para que lo realice el Ministerio de Defensa porintermedio de la Campaña de Acción Cívica del Ejército Peruano. Artículo 2º.- Autorizar al señor Alcalde la suscripción del “Convenio de Cooperación Interinstitucional” correspon- diente, para la ejecución de la obra acorde a la normativi- dad vigente. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia Municipal dispon- ga las acciones que el caso amerite para el cumplimiento y a Secretaría General la publicación del presente Acuerdoen el Diario Oficial El Peruano, así como poner en conoci-Artículo 7º.- Infracciones y SancionesEl incumplimiento de lo dispuesto en la presente Orde- nanza constituye infracción sancionable Artículo 8º.- Disposición Derogatoria Deróguense todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza DISPOSICIÓN TRANSITORIA La administración propondrá a efectos de ser incluidas en el Régimen de Aplicación de Multas, las infracciones sancionables, a fin de que se pueda expedir la Ordenanzacorrespondiente para su inclusión en el Cuadro de Infrac- ciones. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.En Lima a los veintiséis días del mes de agosto de dos mil cuatro. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima ANEXO I Recorrido de la Ruta Troncal del COSAC 1 NOMBRE TIPO DE TRAMO VÍA TÚPAC AMARU ARTERIAL AV. NARANJAL (ÓVALO) - AV. CAQUETÁ CAQUETÁ ARTERIAL AV. TÚPAC AMARU - VÍA DE EVITAMIENTO (INTERCAMBIO VIAL) EMANCIPACIÓN COLECTORA AV. ALFONSO UGARTE - JR. DE LA UNIÓN CUZCO COLECTORA JR. DE LA UNIÓN - AV. LAMPA LAMPA COLECTORA JR. CUZCO - PASEO DE LA REPÚBLICA ALFONSO UGARTE EXPRESA VÍA DE EVITAMIENTO (INTERCAMBIO VIAL) - AV. ESPAÑA ESPAÑA COLECTORA AV. ALFONSO UGARTE - PASEO DE LA REPÚBLICA PASEO DE LA EXPRESA AV. ROOSEVELT - REPÚBLICA AV. REPÚBLICA DE PANAMÁ REPÚBLICA DE PANAMÁ ARTERIAL AV. PASEO DE LA REPÚBLICA - ÓVALO BALTA FRANCISCO BOLOGNESI ARTERIAL ÓVALO BALTA - AV. ESCUELA MILITAR ESCUELA MILITAR ARTERIAL AV. BOLOGNESI - ANT. TRAZO PASEO DE LA REPÚBLICA ANTIGUO TRAZO PASEO ARTERIAL AV. ESCUELA MILITAR - LAS GAVIOTAS DE LA REPÚBLICA LAS GAVIOTAS ARTERIAL ANT. PASEO DE LA REPÚBLICA - LOS CÓNDORES (GUARDIA CIVIL) HUAYLAS ARTERIAL LOS CÓNDORES (GUARDIA CIVIL) - ALAMEDA HORIZONTES 15902 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G76/G69/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G63/G61/G6C/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G6F/G73/G20/G61/G73/G65/G6E/G74/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G68/G75/G6D/G61/G6E/G6F/G73/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ACUERDO DE CONCEJO Nº 048-2004-SEGE-06-MDEA El Agustino, 20 de agosto de 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL AGUSTINO