Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2004 (16/09/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 16 de setiembre de 2004

- Decreto Supremo Nº 003-2004-ED, Dispone el analisis de cargas docentes para determinar plazas excedentes que sirvan para atender demandas educativas. - Resolucion Ministerial Nº 0043-2004-ED, Autorizan a Direcciones Regionales de Educacion y Unidades de Gestion Educativa Local efectuar acciones de racionalizacion de plazas vacantes de personal de Instituciones Educativas Publicas. V.- DISPOSICIONES GENERALES. 5.1 La presente Directiva, establece las normas tecnicas y operativas para el MORDAZA de racionalizacion del gasto en plazas de personal docente y administrativo en Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica a ejecutarse en las Direcciones Regionales de Educacion y Unidades Gestion Educativa Local, a nivel nacional. 5.2 El MORDAZA de racionalizacion, que tiene el caracter de obligatorio, permite determinar la excedencia y/o deficit de plazas, por reduccion de la carga docente o por incremento de la demanda educativa respectivamente, lo que conlleva a la necesidad de equilibrar la oferta y demanda educativa. 5.3 El MORDAZA de racionalizacion, estara bajo la coordinacion, monitoreo y supervision del Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto del Ministerio de Educacion, creado con R. M. Nº 026-2004-ED, encargado del cumplimiento del MORDAZA de racionalizacion al que se refieren la R.M. Nº 0043-2004-ED y la Decima Primera Disposicion Final de la Ley Nº 28254, para cuyo efecto se conformaran equipos de supervision y monitoreo. 5.4 La ejecucion del MORDAZA de racionalizacion es de responsabilidad de las Comisiones Tecnicas de Racionalizacion del Gasto que se conformaran en las Direcciones Regionales de Educacion y/o Unidades de Gestion Educativa Local con categoria de Unidades Ejecutoras, por ser estos, organos intermedios que administran el presupuesto y los instrumentos de gestion del sistema educativo. La declaracion de excedencia del personal docente y administrativo en las Instituciones Educativas Publicas se determinaran cuando existan bajas metas de atencion y con criterio de flexibilidad en funcion de la realidad socio economica, geografica, demografica y de infraestructura. 5.5 La Comision Tecnica de Racionalizacion del Gasto de las Unidades Ejecutoras, estara conformada de la siguiente manera: - Jefe de la Unidad Ejecutora - Presidente. - Especialista en Racionalizacion - Secretario Tecnico. - Jefe del Area de Gestion Institucional o Asesoramiento Tecnico. - Jefe del Area de Gestion Pedagogica. - Especialista en Finanzas. - Especialista en Personal. - Especialista en Planificacion. - Dos representantes de la organizacion sindical magisterial del gremio legalmente reconocido. - Dos representantes de la organizacion sindical de trabajadores administrativos del gremio legalmente reconocido. Ademas la Comision Tecnica de Racionalizacion del Gasto podra contar con el apoyo de: - Especialistas del Ministerio de Educacion. - Especialistas de las UGEL´s. 5.6 En cada Institucion Educativa se conformara, una Comision de Racionalizacion para determinar las excedencias o el deficit educativo; debera estar integrada por: - Director de la Institucion Educativa. - Subdirector de nivel y/o modalidad donde se produce la excedencia o deficit educativo. - Dos docentes del nivel y/o modalidad donde se produce la excedencia o deficit educativo, democraticamente elegido. - Un trabajador administrativo democraticamente elegido. 5.7 Concluido el trabajo de la Comision de Racionalizacion de las Instituciones Educativas Publicas, se publicara los resultados dando un plazo de 72 horas para que el servidor presente reclamos si hubiera lugar, debidamente sustentado, el que debera ser absuelto en el termino de 48 horas. 5.8 Despues de absueltos los reclamos presentados, la Comision de Racionalizacion de la Institucion Educativa

elevara el informe sustentado a la Comision Tecnica de Racionalizacion del Gasto de la Unidad Ejecutora. 5.9 Son funciones de la Comision Tecnica de Racionalizacion del Gasto de la Unidad Ejecutora: a) Planificar, dirigir, ejecutar, controlar y evaluar el MORDAZA de racionalizacion de plazas del personal docente y administrativo en las Instituciones Educativas Publicas de su jurisdiccion, de acuerdo a las disposiciones de la presente Directiva y las normas emitidas por el Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto del Ministerio de Educacion. b) Difundir los alcances de la presente Directiva en las Instituciones Educativas Publicas de su jurisdiccion. c) Determinar los MORDAZA de excedencias y necesidades de las Instituciones Educativas Publicas. d) Reubicar las plazas vacantes excedentes a las Instituciones Educativas que tengan deficit. e) Informar mensualmente al Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto del Ministerio de Educacion, el avance y resultados del MORDAZA de racionalizacion, resumido en el Cuadro Nº 01. 5.10 La Comision Tecnica de Racionalizacion del Gasto para determinar excedencias y/o deficits de plazas docentes y administrativas llevara acabo los siguientes pasos: a) Verificar la demanda educativa y metas de atencion de las Instituciones Educativas Publicas, por los especialistas en planificacion, estadistica, finanzas y gestion pedagogica; indicando el numero de alumnos y secciones aprobadas. Para tal efecto debera utilizarse los anexos correspondientes para cada nivel (Anexos 1,3 y 5) b) Determinar las metas de atencion y las metas de ocupacion real de acuerdo a los criterios establecidos en el numeral 6.5 de la presente Directiva, estableciendo la excedencia y/o deficit de plazas. (Anexos 2, 4 y 6) c) Determinadas las plazas excedentes y el deficit de las Instituciones Educativas Publicas, los Directores remitiran mediante oficio el cuadro de evaluacion del personal docente y/o administrativo a ser declarado excedente, detallando nombres, apellidos, codigo de plaza, cargo, nivel, especialidad, jornada laboral y el cuadro de necesidades por niveles y especialidades. Dicha relacion debera remitirse bajo responsabilidad, en un plazo no mayor de 72 horas de culminado el Proceso. d) La Comision de Racionalizacion remitira el cuadro de personal docente y no docente excedente y/o cuadro de necesidades por Institucion Educativa Publica a La Comision de Reasignaciones respectiva. 5.11 Recibida la lista de personal excedente y el cuadro de necesidades por Instituciones Educativas, la Comision de Reasignaciones de personal docente procedera de la siguiente manera: a) Establecera el cronograma y el cuadro de prelaciones, por niveles, especialidades y modalidades (con titulo pedagogico y sin titulo pedagogico), en base al tiempo de servicios oficiales en la docencia (ano, meses y dias). En caso de igualdad en el tiempo de servicios oficiales (hasta los dias) se tendra en cuenta la permanencia en el ultimo centro de origen, de persistir la igualdad, se tendra en cuenta la antiguedad del titulo pedagogico. b) De acuerdo al orden de prelacion que le corresponda, el servidor elegira en el Acto Publico convocado, una plaza vacante presupuestada organica o del cuadro de necesidades por deficit de la Institucion Educativa de destino. Al servidor que no se presente al acto publico se le asignara una plaza de oficio. Culminado el citado MORDAZA queda entendido que las plazas objeto de reasignaciones deberan figurar en el respectivo PAP. c) La Comision de Reasignacion Docente debera informar a la Comision Tecnica de Racionalizacion del Gasto de la Unidad Ejecutora dentro de las 48 horas de concluido el acto publico, la relacion de personal reasignado por racionalizacion, indicando el lugar de origen y destino. ( Anexos 7 y 8) d) Realizada la reasignacion por racionalizacion, la plaza que ocupaba el docente MORDAZA de la reasignacion quedara automaticamente vacante, por lo que la Comision Tecnica de Racionalizacion debera proceder a reubicarla o declararla excedente. e) Para el caso del personal administrativo, la reasignacion y/o reubicacion de personal la realizara la Comision de Racionalizacion, coordinando con la Comision de Rea-

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