NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (19/09/2004)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 60
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G36/G37/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 19 de setiembre de 2004 Artículo 3º.- Misión y Representación.- La Procura- duría Pública Municipal de San Juan de Lurigancho es elórgano del Gobierno Local encargado de la defensa judi-cial, de sus derechos e intereses. Está a cargo del Procu- rador Público Municipal. El Procurador tiene plena representación de la Munici- palidad en juicio y ejercita su defensa en los procesos yprocedimientos en los que actúe como demandante, de-mandado, denunciante o parte civil. Artículo 4º.- Responsabilidades.- El Procurador Pú- blico de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, los abogados que le presten apoyo profesional y los abogadosen los que haya delegado representación son responsa-bles solidarios, administrativa, civil y penalmente confor-me a ley y según corresponda, por los perjuicios causadosal Estado en el ejercicio de sus funciones. Existe responsabilidad por infracción a los deberes y prohibiciones establecidas por Ley cuando se abuse de lasfacultades que la Ley señala, por notoria conducta irregu-lar, vicios y costumbres que menoscaban el decoro y res-petabilidad del cargo. Capítulo II Del Procurador Público Municipal Artículo 5º.- Del Procurador Público Municipal.- El Procurador Público Municipal de San Juan de Lurigancho asume la representación del Estado a nivel local y ejercela defensa judicial de los derechos e intereses del gobier-no Local, el territorio, la población y la organización. El Procurador Público de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho tiene la misma jerarquía y prerrogativas que los Procuradores Públicos de los Poderes del Estado, Or- ganismos Constitucionales Autónomos y Ministerios. De conformidad a lo normado en el articulo 37º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Procu-rador Público de la Municipalidad de San Juan de Lurigan-cho se sujeta al régimen laboral general aplicable a la ad- ministración pública, conforme a Ley. Artículo 6º.- Requisitos para la Designación.- El Pro- curador Público de la Municipalidad de San Juan de Luri-gancho es designado por el Alcalde y depende administra-tivamente de la Municipalidad y funcional y normativamen-te del Consejo de Defensa Judicial del Estado. Son requisitos para ser designado Procurador Público de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho: a) Ser peruano de nacimiento b) Ser ciudadano en ejercicio y estar en pleno goce de sus derechos civiles. c) Ser abogado, debiendo contar con un ejercicio profe- sional no menor de 15 años debidamente acreditado. d) Estar colegiado y cumplir con las obligaciones que le permitan el ejercicio de la profesión, lo cual se acreditarácon la información que proporcione el respectivo colegiode abogados sobre su condición de miembro hábil. e) No encontrarse en estado de quiebra culposa o frau- dulenta. f) No haber sido destituido de la Administración Pública o de empresas estatales por medida disciplinaria ni de laactividad privada por causa o falta grave. g) Tener solvencia moral e idoneidad profesional. Artículo 7º.- Funciones, Obligaciones, Atribuciones y Competencias : 1. Programar, organizar, dirigir y controlar las activida- des relacionadas con la defensa de los intereses y dere-chos de la Municipalidad en sede administrativa y/o judi-cial, asumiendo su plena representación. 2. Solicitar a las Gerencias, Jefaturas y Áreas, los in- formes pertinentes que permitan sustentar los recursos que se presenten en la defensa de los intereses del Estado. 3. Ejecutar el Presupuesto Municipal Participativo co- rrespondiente a la Procuraduría Pública Municipal, dispo-niendo eficiente y eficazmente de los recursos presupues-tales, económicos, financieros, materiales y equipos asig- nados. 4. Coordinar con las áreas competentes y personal de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el planeamiento de losmecanismos necesarios que conlleven a la disminución delos procesos judiciales. 5. Coordinar con los diferentes poderes públicos, orga- nismos constitucionales autónomos y las diversas institu- ciones públicas, aspectos relacionados a la defensa de losintereses de la municipalidad.6. Representar a la Municipalidad en los procesos y procedimientos administrativos y/o judiciales en los que laMunicipalidad o alguno de sus miembros sean parte, pu-diendo delegar su representación en todo o en parte. 7. Ejercitar en los juicios, todas las acciones y recursos legales que sean necesarios en defensa de los derechos eintereses de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho 8. Informar permanentemente al Concejo Municipal, así como al Consejo de Defensa Judicial del Estado sobre losprocesos judiciales iniciados y tramitados en defensa de los derechos e intereses de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho. 9. Emitir pronunciamiento por escrito, a solicitud del Al- calde, del Concejo Municipal, sobre las cuestiones legalesque interesen a la defensa judicial de la Municipalidad. 10. Absolver las consultas que planteen las Gerencias, Jefaturas o Áreas sobre los asuntos o juicios a su cargo. 11. Formular anualmente su memoria de Gestión, a más tardar hasta el mes de febrero del año siguiente al informa-do, conforme a las disposiciones que el Consejo de Defen-sa Judicial del Estado establezca. 12. Dictar las pautas para uniformizar criterios y meto- dología de trabajo para conseguir una mejor y coherentedefensa de los intereses de la Municipalidad. 13. Constituir comisiones o grupo de trabajo para el me- jor logro de los objetivos de la Procuraduría Pública Muni-cipal. 14. Propiciar la investigación jurídica y capacitación pro- fesional del personal de la Procuraduría Pública Municipal. 15. Cumplir y velar por el cumplimiento de los Acuer- dos, resoluciones que adopte el Concejo Municipal y el Al-calde en cuestiones legales que interesen a la defensa ju-dicial de la Municipalidad. 16. Cumplir las comisiones, encargos y funciones que le asigne el Concejo Municipal y el Alcalde. 17. Requerir el auxilio de la fuerza pública de ser nece- sario para el mejor desempeño de sus funciones en casoque se atente contra el patrimonio e intereses de la Munici-palidad. 18. Desarrolla las demás funciones que para este órga- no del gobierno local dispongan las normas emanadas delConsejo Nacional de Defensa Judicial del Estado, así comodel presente Reglamento de Organización, Funciones yResponsabilidades de la Procuraduría Pública Municipal. Artículo 8º.- Dedicación Exclusiva al cargo e Impe- dimentos .- El Procurador Público de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho ejerce el cargo a tiempo completoy a dedicación exclusiva, con excepción del desempeñode la docencia. El Procurador Público Municipal está impedido de ejer- cer el patrocinio particular durante el tiempo que se en- cuentre en el cargo, salvo en causa propia o de su cónyu-ge, ascendientes, descendientes o hermanos. Asimismo,está prohibido de intervenir como abogado o apoderadode litigantes y asesorar en cualquier proceso en que seaparte el Estado, hasta dos (2) años después de haber de- jado el cargo. Artículo 9º.- Causales de Cese en el Cargo .- Son cau- sales de Cese del cargo de Procurador Público Municipal: 1. Fallecimiento 2. Renuncia 3. Incurrir en negligencia grave en el ejercicio de su fun- ción, determinada previo proceso administrativo disciplina-rio, con sanción de cese temporal mayor a 30 días. 4. Tener incapacidad física o mental permanente que impida el ejercicio de la función. 5. Ser sancionado disciplinariamente por el Colegio de Abogados respectivo o por el Consejo de Defensa Judicial del Estado. 6. Retiro de confianza del Alcalde7. Incurrir en incompatibilidad funcional conforme a Ley. Capítulo III De la Actuación Judicial Artículo 10º.- Autorización para iniciar y concluir procesos.- Para iniciar cualquier proceso, y siempre que se presenten los supuestos del inciso 23) del artículo 9º dela Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en nom-bre y representación de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, el Procurador Público Municipal deberá contar con autorización del Concejo Municipal, materializada me-diante Resolución de Concejo.