Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2004 (19/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, MORDAZA 19 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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Sin embargo, en los procesos judiciales interpuestos contra el Gobierno Local sujetos a plazos perentorios para su contestacion menores a 10 dias utiles inclusive, el Procurador Publico Municipal ejecutara la accion procesal que corresponda, dando cuenta al Concejo Municipal en la sesion inmediata siguiente, entendiendose autorizada la accion realizada, salvo acuerdo expreso en contrario. Igualmente, bajo el mismo procedimiento descrito en el parrafo anterior, por iniciativa propia y con cargo de dar cuenta al Concejo Municipal en la sesion inmediata siguiente, el Procurador Publico Municipal podra solicitar ante el juez o tribunal que corresponda se dicten medidas cautelares y/o se decreten o tramiten las diligencias preparatorios necesarias para defender o promover los derechos e intereses de la Municipalidad En cualquier caso, el informe del Procurador Publico Municipal ante el Concejo Municipal debera precisar la naturaleza del MORDAZA, las partes involucradas, la ubicacion jurisdiccional del MORDAZA, el monto economico involucrado, las caracteristicas de la decision o medida adoptada y su basamento legal asi como un breve resumen del estado del MORDAZA, incidiendo en las razones o motivaciones que llevaron a tomar la decision o medida adoptada. En el resto de supuestos no previstos por el inciso 23) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en nombre y representacion de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, el Procurador Publico Municipal debera contar con Resolucion de Alcaldia autoritativa, segun la legislacion especial para cada materia. Articulo 11º.- Actuacion especial durante el proceso. - Durante el MORDAZA administrativo, judicial o arbitral, el Procurador Publico Municipal, previa Resolucion de Alcaldia autoritativa, tiene facultad exclusiva para desistirse, allanarse, concilliar o transigir con las partes involucradas, dando cuenta al Concejo Municipal en la sesion ordinaria siguiente al hecho. La Resolucion de Alcaldia autoritativa debera estar sustentada en un informe del Procurador Publico Municipal, explicando las razones que motivan o justifican la decision sugerida, entendida como MORDAZA o unica durante el MORDAZA y conforme a su estado, el analisis costo - beneficio y la incidencia economica y administrativa que suponga la decision sugerida, de ser el caso. La Resolucion estara tambien sustentada con un informe de la Gerencia de Asesoria Juridica que respalde, confirme o ratifique la posicion expresada por la Procuraduria Publica Municipal. Para transigir, el informe de la Procuraduria Publica Municipal debera estar respaldado por el informe de la Gerencia de Asesoria Juridica y el informe de la Gerencia de Planificacion del Desarrollo en cuanto corresponda al aspecto presupuestal, de ser el caso. Articulo 12º.- Delegacion de Representacion.- El Procurador Publico Municipal podra delegar representacion, bajo las modalidades previstas en el Codigo Procesal Civil o adjetivo especial, a los abogados que le prestan apoyo profesional bajo cualquier modalidad contractual prevista en la Ley, para intervenir en los procesos administrativos, judiciales o arbitrales, en los que la Municipalidad sea parte. Articulo 13º.- Notificaciones.- Las notificaciones judiciales a los organos que conforman el Gobierno Local de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho se haran al Procurador Publico de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, en su correspondiente Oficina, asignada para tal fin.

EL CONCEJO MUNICIPAL DE DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO; VISTO; en Sesion de Ordinaria de Concejo de la fecha, la Carta Nº 008-CR-PVL/MSJL, emitido por la Comision de Reempadronamiento y Reorganizacion del Programa del Vaso de Leche y el Oficio Nº 092-O.D.V.L.-SJL de fecha 12 de MORDAZA del 2004 remitido por la Organizacion Distrital del Vaso de Leche; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son responsables de la ejecucion del Programa del Vaso y en coordinacion con la Organizacion organizan, programan, coordinan y ejecutan la implementacion de dicho programa en sus fases de seleccion de beneficiarios, programacion, distribucion, supervision y evaluacion conforme lo senala el articulo 1º de la Ley Nº 27712 que modifica el numeral 2.2. del articulo 2º de la Ley Nº 27470; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 073 de fecha 26 de setiembre del 2003 se aprobo el Reempadronamiento y Reorganizacion del Programa del Vaso de Leche en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, otorgando un plazo de 90 dias calendario para los efectos de formular el Proyecto de Reorganizacion, asi como para entregar la relacion de beneficiarios del Programa del Vaso de Leche de SJL; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 001 de fecha 20 de enero del 2004, se amplio dicho plazo por el termino de 120 dias habiles; Que, atendiendo a lo expuesto en el Oficio de Vistos la Comision de Reempadronamiento ha solicitado la ampliacion del plazo concedido a efectos de culminar satisfactoriamente el encargo conferido por el Concejo Municipal; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 9º numeral 29 y articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con el MORDAZA UNANIME del pleno del Concejo, y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta: ACUERDA: Articulo Unico.- AMPLIESE por el termino de cuarenticinco dias habiles, el plazo senalado en el articulo primero del Acuerdo de Concejo Nº 001 de fecha 20 de enero del 2004, el cual comenzara a computarse desde el 12 de MORDAZA del 2004. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 16942

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Establecen disposiciones para la comercializacion de alimentos y bebidas en areas de uso publico
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000016-2004/MDSJM
San MORDAZA de Miraflores, 9 de agosto del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO:

DISPOSICIONES FINALES
Unica.- Aplicacion Supletoria.- En todo lo no previsto en el presente Reglamento se aplicara supletoriamente lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, el Decreto Supremo Nº 002-2000-JUS y demas normatividad vigente en cuanto corresponda. 14905

Amplian plazo para formular proyecto de reorganizacion del Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 028
San MORDAZA de Lurigancho, 23 de MORDAZA de 2004

El Concejo Distrital de San MORDAZA de Miraflores, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha; Vistos y Oidos el Dictamen N° 005-CDE-2004 de la Comision de Desarrollo Economico referente al Proyecto de Ordenanza para la Comercializacion de Alimentos y Bebidas en Areas de Uso Publico, remitido con Oficio N° 297-SR-MDSJM-04 de fecha 09.08.2004; Informe N° 938-04-MDSJM/GM-OAJ de fecha 09.07.2004 de la Oficina de Asesoria Juridica de esta Comuna.

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