NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (19/09/2004)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 55
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G36/G37/G34/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 19 de setiembre de 2004 De conformidad con lo establecido en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DISPONE LA SUPERVISIÓN PERMANENTE DE LAS AUTORIZACIONES PARA EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO EN LA PROVINCIA DE LIMA Artículo Primero.- Reafirmar que corresponde a la Muni- cipalidad Metropolitana de Lima regular el transporte urbano einterurbano dentro de su jurisdicción y que la MunicipalidadProvincial de Huarochirí carece de competencia para otorgarautorizaciones a empresas de transportes para que operen dentro de la jurisdicción de la provincia de Lima, por lo que cualquier acto que realice sin la debida competencia constitui-ría usurpación de funciones, encargando a la Dirección Muni-cipal de Transporte Urbano que establezca acciones de supervi-sión del servicio de transporte urbano en respeto de las com-petencias de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Segundo.- Declarar que la Municipalidad Metro- politana de Lima ha venido dando cumplimiento a las senten-cias con calidad de cosa juzgada, referidas a autorizacionesemitidas por la Municipalidad Provincial de Huarochirí en elmarco y acatamiento estricto de la sentencia dictada por elTribunal Constitucional en el Expediente Nº 001-00-CC/TC. Artículo Tercero.- Disponer que la Procuraduría Pública Municipal solicite el archivo definitivo de todos aquellos proce-sos en los que no se cumplió el mandato de adecuación a laLey Nº 27181, tal y como lo ordenó el Supremo Tribunal en elexpediente mencionado en el artículo precedente; así como sele autoriza a interponer y contestar cualquier acción judicial que se derive de los hechos materia de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Disponer que por intermedio de la Secretaría General del Concejo se remita copia de la pre-sente Ordenanza a la Séptima Región de la Policía Nacio-nal del Perú a efectos que, en cumplimiento de la senten-cia del Tribunal Constitucional referida precedentemente, preste el apoyo necesario para impedir que circulen en la jurisdicción de la provincia de Lima unidades de transporteurbano que no cumplieron con adecuarse a la Ley Nº 27181y cuyas autorizaciones caducaron inexorablemente. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. En Lima, a los diez y seis días de setiembre de dos mil cuatro. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 16906 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G6C/G65/G76/G61/G6E/G74/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G72/G67/G61/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G2D /G74/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G73/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G66/G65/G63/G74/G61/G20/G61 /G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G4D/G61/G72/G74/GED/G6E/G20/G64/G65/G20/G50/G6F/G72/G72/G65/G73 DIRECCIÓN MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO RESOLUCIÓN Nº 449-2004-MML-DMDU Lima, 9 de agosto de 2004 EL DIRECTOR MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO VISTO, los Documentos Simples Nº 23178-2000 y Nº 2760- 2004 seguidos por la ASOCIACIÓN PRO-VIVIENDA ALMIRAN-TE GRAU - APAG, con los que solicita el levantamiento de lacarga inscrita a favor del Estado en el Asiento Nº 2.d de la FichaRegistral Nº 304986-A de los Registros Públicos referida al Ante- proyecto de Diseño Urbano a respetar en el proceso de Habilita- ción Urbana de la Urbanización "Antares" ubicada en el distritode San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 4371 de fecha 11 de noviembre de 1983 (fs. 4 al 9 del Expediente Nº 24460-1989), se aprueba, según el plano signado con el Nº 256-86-DGOpr./ DU/DRD/MLM, el Anteproyecto de Diseño Urbano en Vía deRegularización de las Parcelas Rústicas denominadas PotreroSanta María con un área de 175,187.50 m², Potrero Santa Rosa,con un área de 145,437.50 m², Potrero Santa Ana con un área de174,807.50 m² y Potrero Garagay Alto con un área de 67,520.00 m², que conformaron parte del ex Fundo Garagay Alto, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamentode Lima. Asimismo, se autoriza la Independización en Vía de Regularización y libre venta de cuatro parcelas rústicas de losmencionados terrenos, quedando como carga inscrita en losRegistros Públicos, el Anteproyecto de Diseño Urbano que se aprobó mediante la Resolución antes mencionada, el cual tendrá carácter de obligatorio para los procesos de Habilitación Urbanaque se ejecuten, cualquiera sea el propietario de las ParcelasIndependizadas y de las áreas remanentes; Que, por Resolución Nº 374-96-MML/DMDU de fecha 4 de diciembre de 1996 (fs. 118 a 124) se declaró cumplidas por la Asociación Pro Vivienda "Almirante Grau" de conformidad con el Plano de Replanteo de Lotización signado con el Nº 213-96-MML/DGO/DHU la ejecución de las obras de Habilitación Urbana deTipo Progresivo del terreno de 201,027.75 m², denominadoUrbanización Antares, ubicado en el distrito de San Martín dePorres, provincia y departamento de Lima y, en consecuencia, se autorizó la libre adjudicación de los lotes que la constituyen ex- ceptuando aquellos que constituyen aportes reglamentarios; Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, se deduce que la Urbanización "Antares" constituye un Proceso deHabilitación Urbana Concluido, lo que implica que se ha respeta-do el Anteproyecto de Diseño Urbano y en ese extremo procede el levantamiento de la carga inscrita en el asiento 2d de la Ficha Nº 304986-A, a fin de que se les permita a los propietarios delotes obtener el Certificado Libre de Gravámenes; Que, el Informe Técnico Nº 005-2004-MML-DMDU- DHU-DSD, de fecha 8 de enero de 2004 (fs. 240 y 241)establece que, para levantar la carga impuesta en el Asiento 2d de la Ficha Nº 304986-A, es necesario cancelar previa- mente, los derechos administrativos establecidos en elTUPA vigente para la emisión de la Resolución respectiva; Que, a folios 245 obra la Liquidación Nº 54-9233694 por un monto de S/. 402.50 Nuevos Soles cancelado en la CajaMetropolitana por concepto de pago de derechos adminis- trativos que el presente trámite genera; por lo que los intere- sados han cumplido con subsanar la observación estableci-da en el informe técnico, descrito en el párrafo precedente; Con el visto bueno de la División de Subdivisiones, de la Unidad Técnico Legal y con lo recomendado por la Di-rección de Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Título II del Reglamento Na-cional de Construcciones, Decreto de Alcaldía Nº 081-97 yEdicto Metropolitano Nº 021-85; RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER, el levantamiento de la carga inscrita en el Asiento 2d de la Ficha Nº 304986-A de los RegistrosPúblicos, que afecta al terreno de 201,027.75 m² denominado Urbanización "Antares" ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, por los fundamentosexpuestos en los considerandos de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, la mis-ma que estará a cargo de la interesada, debiendo efectuar- se en un plazo máximo de 30 días calendario, contados a partir de la fecha de su notificación. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR la presente Resolu- ción a la Oficina Registral de Lima y Callao para su inscrip-ción correspondiente, a la Municipalidad Distrital de SanMartín de Porres, para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ARTURO YEP ABANTO Director Municipal 16955 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 225-2004-MDEA Mediante Oficio Nº 731-2004-SEGE-MDEA, la Munici- palidad de El Agustino solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 225-2004-MDEA, publicada en nues- tra edición del 11 de setiembre de 2004. MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE CONFORMACIÓN, INSTALACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL En el Artículo 4º.- DE LOS MIEMBROS DEL CCLD: DICE: "d) Para efectos .....