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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (22/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 29

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G36/G38/G37/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 22 de setiembre de 2004 de bandera nacional, en los mismos términos y condicio- nes en que fueron otorgados a Pesquera Austral S.A., en-tre otras embarcaciones, lo correspondiente a la E/P DONBRUNO consignándose matrícula Nº CO-6171-PM; A través de la Resolución Directoral Nº 047-2001-PE/ DNEPP del 30 de abril 2001, se modificó, los artículos 1º y 3ºde la Resolución Ministerial Nº 190-99-PE/DNE, en el extre-mo correspondiente a la razón social AUSTRAL GROUP S.A.,consignándose la denominación social AUSTRAL GROUPS.A.A., manteniéndose en los demás que contienen; Que, a través de los escritos del visto, la empresa AUS- TRAL GROUP S.A.A. solicita rectificación del artículo 1ºde la Resolución Directoral Nº 190-99-PE/DNE y rectifica-ción del segundo considerando de la Resolución DirectoralNº 047-2001-PE/DNEPP, en lo concerniente al número dematrícula de la embarcación pesquera denominada DON BRUNO consignada en dichas Resoluciones, a fin de que se considere como número de matrícula CE-6171-PM quecorresponde a dicha embarcación; Que el artículo 201º de la Ley Nº 27444 - Ley del Proce- dimiento Administrativo General, señala que los erroresmaterial o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momen- to, de oficio o a instancia de los administrados, siempreque no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentidode la decisión, debiendo adoptar dicha rectificación las for-mas y modalidades de comunicación o publicación quecorresponda para el acto original; Que, de la evaluación de los documentos obrantes en el expediente, se desprende que por error se consignó CO-6171-PM, cuando debió señalarse CE-6171-PM como nú-mero de matrícula de la embarcación pesquera denomina-da DON BRUNO, por lo que corresponde declarar proce-dente lo solicitado por AUSTRAL GROUP S.A.A., debien- do corregirse el artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 190-99-PE/DNE y el segundo considerando de la Resolu-ción Directoral Nº 047-2001-PE/DNEPP con el número dematrícula CE-6171-PM; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 189-2004- PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la visación de la OficinaGeneral de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Rectificar el artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 190-99-PE/DNE y el segundo considerando de la Resolución Directoral Nº 047-2001-PE/DNEPP, en elextremo relativo al número de matrícula de la embarcaciónpesquera DON BRUNO, debiendo consignarse CE-6171-PM, en lugar de CO-6171-PM, por los fundamentos expues-tos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Directo- ral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigi-lancia, a la Dirección General de Capitanías y Guardacos-tas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regiona-les Sectoriales del Litoral. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VERTIZ CALDERON Director Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero (e) 17046 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G33/G30/G34/G2D/G39/G38/G2D/G50/G45/G20/G65/G6E /G65/G78/G74/G72/G65/G6D/G6F/G73/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G69/G64/G6F/G73/G20/G61/G20/G64/G65/G6E/G6F/G6D/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G73/G6F/G2D /G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G79/G20/G6D/G61/G74/G72/GED/G63/G75/G6C/G61/G20/G64/G65/G20/G65/G6D/G62/G61/G72/G2D /G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G65/G73/G71/G75/G65/G72/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 202-2004-PRODUCE/DNEPP Lima, 8 de julio del 2004 Vistos los escritos con registros Nº CE-00382003 y Nº 02229001 de fechas 29 de enero y 25 de febrero de 2004,respectivamente, presentados por PESQUERA CASA- BLANCA S.A.C. CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 304-98-PE del 22 de junio de 1998, se autorizó el cambio de nombre del titular afavor de PESQUERA CASABLANCA S.A. del permiso depesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 101-95-PEdel 27 de febrero de 1995, a PESQUERA NASA E.I R. L. para operar la embarcación pesquera denominada "SK-5" (ex Macabi XI) , con matrícula Nº CE-2011-PM y con 214.93m3 de capacidad de bodega, en la extracción de los recur-sos hidrobiológicos de consumo humano indirecto, en elámbito del litoral peruano fuera de las cinco (5) millas cos-teras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm.); Que a través de los escritos del visto, PESQUERA CASABLANCA S.A.C solicita la modificación de la Reso-lución autoritativa citada en el considerando precedente,en los extremos referidos al cambio de la denominaciónsocial de PESQUERA CASABLANCA S.A. por el de PES- QUERA CASABLANCA S.A.C. y a la matrícula CE-2011- PM de la embarcación "SK-5", por la de CO-2011-PM, con-forme consta en la copia de la escritura pública de adecua-ción a la nueva Ley General de Sociedades de fecha 22 dediciembre de 1999 y el certificado de matrícula expedidopor la Capitanía del Puerto del Callao, con fecha 12 de enero de 2004, en el que consigna a la embarcación pesquera SK-5 con la nueva matrícula CO-2011-PM; Que de la evaluación efectuada a los documentos presentados por la recurrente, se ha determinado que PES-QUERA CASABLANCA S.A.C., propietaria de la embar-cación pesquera "SK-5" ha efectuado ante la autoridad marítima correspondiente, la modificación de la matrícula de la citada embarcación, la misma que se consigna comoCO-2011-PM; y asimismo, ha cumplido con presentar losrequisitos establecidos en el procedimiento 19-A, del TextoÚnico de Procedimientos Administrativos del Ministerio dela Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035- 2003-PRODUCE, por lo que deviene en procedente la modificación de la resolución autoritativa en lo que respec-ta al cambio de la denominación social de la empresa y ala matrícula de la embarcación; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto mediante Informes Nº 053-2004-PRO- DUCE/DNEPP-Dchi y Nº 105-2004-PRODUCE/DNEPP- Dchi, y con la visación de la Oficina General de AsesoríaJurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aproba-do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el procedi- miento Nº 19-A del Texto Único de Procedimientos Admi- nistrativos del Ministerio de la Producción aprobado por elDecreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado porDecreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal c) del artícu- lo 21º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar la Resolución Ministerial Nº 304- 98-PE, que modificó la titularidad del permiso de pesca otor-gado por Resolución Ministerial Nº 101-95-PE, en los ex-tremos referidos a la denominación social de la empresa PESQUERA CASABLANCA S.A. y a la matrícula CE-2011- PM de la embarcación pesquera "SK-5", cuya denomina-ción en adelante se consignará como PESQUERACASABLANCA S.A.C. y matrícula CO-2011-PM, respecti- vamente, manteniéndose las demás características técni-cas. Artículo 2º.- Incorporar la nueva denominación social de la empresa PESQUERA CASABLANCA S.A.C., la ma-trícula CO-2011-PM de la embarcación SK-5 y la presenteResolución Directoral, al literal A) del Anexo I de la Resolu-ción Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE y al Anexo III dela Resolución Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE , y ex- cluir la denominación social PESQUERA CASABLANCA S.A., la matrícula CE-2011-PM de la citada embarcaciónpesquera y la Resolución Ministerial Nº101-95-PE de loscitados Anexos. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Direc- toral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vi- gilancia del Ministerio de la Producción, a la Dirección Ge-