Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2004 (22/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, miercoles 22 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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de bandera nacional, en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados a Pesquera Austral S.A., entre otras embarcaciones, lo correspondiente a la E/P DON MORDAZA consignandose matricula Nº CO-6171-PM; A traves de la Resolucion Directoral Nº 047-2001-PE/ DNEPP del 30 de MORDAZA 2001, se modifico, los articulos 1º y 3º de la Resolucion Ministerial Nº 190-99-PE/DNE, en el extremo correspondiente a la razon social AUSTRAL GROUP S.A., consignandose la denominacion social AUSTRAL GROUP S.A.A., manteniendose en los demas que contienen; Que, a traves de los escritos del visto, la empresa AUSTRAL GROUP S.A.A. solicita rectificacion del articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 190-99-PE/DNE y rectificacion del MORDAZA considerando de la Resolucion Directoral Nº 047-2001-PE/DNEPP, en lo concerniente al numero de matricula de la embarcacion pesquera denominada DON MORDAZA consignada en dichas Resoluciones, a fin de que se considere como numero de matricula CE-6171-PM que corresponde a dicha embarcacion; Que el articulo 201º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, senala que los errores material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision, debiendo adoptar dicha rectificacion las formas y modalidades de comunicacion o publicacion que corresponda para el acto original; Que, de la evaluacion de los documentos obrantes en el expediente, se desprende que por error se consigno CO6171-PM, cuando debio senalarse CE-6171-PM como numero de matricula de la embarcacion pesquera denominada DON MORDAZA, por lo que corresponde declarar procedente lo solicitado por AUSTRAL GROUP S.A.A., debiendo corregirse el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 190-99-PE/DNE y el MORDAZA considerando de la Resolucion Directoral Nº 047-2001-PE/DNEPP con el numero de matricula CE-6171-PM; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 189-2004PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27444Ley del Procedimiento Administrativo General; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Rectificar el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 190-99-PE/DNE y el MORDAZA considerando de la Resolucion Directoral Nº 047-2001-PE/DNEPP, en el extremo relativo al numero de matricula de la embarcacion pesquera DON MORDAZA, debiendo consignarse CE-6171PM, en lugar de CO-6171-PM, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales Sectoriales del Litoral. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero (e) 17046

respectivamente, presentados por PESQUERA CASABLANCA S.A.C. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 304-98-PE del 22 de junio de 1998, se autorizo el cambio de nombre del titular a favor de PESQUERA CASABLANCA S.A. del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 101-95-PE del 27 de febrero de 1995, a PESQUERA NASA E.I R. L. para operar la embarcacion pesquera denominada "SK-5" (ex Macabi XI) , con matricula Nº CE-2011-PM y con 214.93 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm.); Que a traves de los escritos del visto, PESQUERA CASABLANCA S.A.C solicita la modificacion de la Resolucion autoritativa citada en el considerando precedente, en los extremos referidos al cambio de la denominacion social de PESQUERA CASABLANCA S.A. por el de PESQUERA CASABLANCA S.A.C. y a la matricula CE-2011PM de la embarcacion "SK-5", por la de CO-2011-PM, conforme consta en la MORDAZA de la escritura publica de adecuacion a la nueva Ley General de Sociedades de fecha 22 de diciembre de 1999 y el certificado de matricula expedido por la Capitania del Puerto del Callao, con fecha 12 de enero de 2004, en el que consigna a la embarcacion pesquera SK-5 con la nueva matricula CO-2011-PM; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados por la recurrente, se ha determinado que PESQUERA CASABLANCA S.A.C., propietaria de la embarcacion pesquera "SK-5" ha efectuado ante la autoridad maritima correspondiente, la modificacion de la matricula de la citada embarcacion, la misma que se consigna como CO-2011-PM; y asimismo, ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento 19-A, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE, por lo que deviene en procedente la modificacion de la resolucion autoritativa en lo que respecta al cambio de la denominacion social de la empresa y a la matricula de la embarcacion; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto mediante Informes Nº 053-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi y Nº 105-2004-PRODUCE/DNEPPDchi, y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el procedimiento Nº 19-A del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por el Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal c) del articulo 21º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Ministerial Nº 30498-PE, que modifico la titularidad del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 101-95-PE, en los extremos referidos a la denominacion social de la empresa PESQUERA CASABLANCA S.A. y a la matricula CE-2011PM de la embarcacion pesquera "SK-5", cuya denominacion en adelante se consignara como PESQUERA CASABLANCA S.A.C. y matricula CO-2011-PM, respectivamente, manteniendose las demas caracteristicas tecnicas. Articulo 2º.- Incorporar la nueva denominacion social de la empresa PESQUERA CASABLANCA S.A.C., la matricula CO-2011-PM de la embarcacion SK-5 y la presente Resolucion Directoral, al literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE y al Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE , y excluir la denominacion social PESQUERA CASABLANCA S.A., la matricula CE-2011-PM de la citada embarcacion pesquera y la Resolucion Ministerial Nº101-95-PE de los citados Anexos. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Ge-

Modifican la R.M. Nº 304-98-PE en extremos referidos a denominacion social de empresa y matricula de embarcacion pesquera
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 202-2004-PRODUCE/DNEPP
MORDAZA, 8 de MORDAZA del 2004 Vistos los escritos con registros Nº CE-00382003 y Nº 02229001 de fechas 29 de enero y 25 de febrero de 2004,

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