NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (27/09/2004)
CANTIDAD DE PAGINAS: 48
TEXTO PAGINA: 25
/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G37/G31/G39/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 27 de setiembre de 2004 cala 1/500, ubicado en el distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga, región de Ayacucho con su respectiva fichatécnica y memoria descriptiva; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Direc-ción de Arqueología y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; DecretoSupremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento deOrganización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Ira Qata, ubicado en el distrito de Aya-cucho, provincia de Huamanga, región Ayacucho. Artículo 2º.- Aprobar el Plano Perimétrico Nº 007-INC- COFOPRI-2004, del Sitio Arqueológico Ira Qata, de fecha 16de marzo de 2004, con un área de 26973.42 m2 y un períme-tro de 727.85 ml., a escala 1/500, ubicado en el distrito deAyacucho, provincia de Huamanga, región de Ayacucho consu respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públi- cos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienesde Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimo-nio Cultural de la Nación del Complejo Arqueológico men-cionado en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua-rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar oalterar el paisaje del Complejo Arqueológico declarado "Pa-trimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la apro-bación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridadespolíticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 17395 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 652/INC Lima, 11 de agosto de 2004 VISTO, el Acuerdo Nº 089, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 07 defecha 18 de marzo de 2004; y, CONSIDERANDO:Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu-cación, con personería jurídica de derecho público interno,responsable de la promoción y desarrollo de las manifes-taciones culturales del país y de la conservación del Patri-monio Cultural de la Nación; Que, el artículo 7º de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, encarga al Instituto Na-cional de Cultura la función de registrar, declarar y prote-ger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 089, de fecha 18 de marzo de 2004, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología re-comienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional deCultura: 1º Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico La Vuelta, ubicado en el distrito de Calango,provincia de Cañete, departamento de Lima; 2º Aprobar el Plano Perimétrico del Sitio Arqueológico La Vuelta, Código Nº PP-0063-INC-DREPH/DA-2004-UG,de fecha 5 de febrero de 2004, con un área de 41.46 Has. yun perímetro de 3776.59 m., a escala 1/2500, ubicado en eldistrito de Calango, provincia de Cañete, departamento Lima,con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; 3º Aprobar el Plano Topográfico del Sitio Arqueológico La Vuelta, Código Nº PTOP-0107-INC-DREPH/DA-2004-UG, de fecha 10 de febrero de 2004, con un área de 41.46Has. y un perímetro de 3776.59 m.l., a escala 1/2500, ubi-cado en el distrito de Calango, provincia de Cañete, depar-tamento de Lima, con su respectiva ficha técnica y memo-ria descriptiva.Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Direc-ción de Arqueología y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; DecretoSupremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento deOrganización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico La Vuelta, ubicado en el distrito deCalango, provincia de Cañete, departamento de Lima. Artículo 2º.- Aprobar el Plano Perimétrico del Sitio Arqueo- lógico La Vuelta, Código Nº PP-0063-INC-DREPH/DA-2004-UG, de fecha 5 de febrero de 2004, con un área de 41.46 Has.y un perímetro de 3776.59 m., a escala 1/2500, ubicado en eldistrito de Calango, provincia de Cañete, departamento de Lima,con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. Artículo 3º.- Aprobar el Plano Topográfico del Sitio Ar- queológico La Vuelta, Código Nº PTOP-0107-INC-DREPH/DA-2004-UG, de fecha 10 de febrero de 2004, con un áreade 41.46 Has. y un perímetro de 3776.59 m.l., a escala 1/2500, ubicado en el distrito de Calango, provincia de Ca-ñete, departamento de Lima, con su respectiva ficha técni-ca y memoria descriptiva. Artículo 4º.- Disponer la inscripción en Registros Públi- cos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienesde Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimo-nio Cultural de la Nación del complejo Arqueológico men-cionado en el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 5º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua-rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar oalterar el paisaje del Complejo Arqueológico declarado "Pa-trimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la apro-bación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 6º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridadespolíticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 17396 /G52/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G44/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G31/G30/G33/G30/G2F/G49/G4E/G43/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G69/G64/G61 /G61/G20/G6C/G61/G20/G5A/G6F/G6E/G61/G20/G41/G72/G71/G75/G65/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G61/G20/G4D/G6F/G6E/G75/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6C /G42/G61/G6E/G64/G75/G72/G72/G69/G61/G2C/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65 /G48/G75/G61/G75/G72/G61/G2C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 638/INC Lima, 11 de agosto de 2004 VISTO, el Acuerdo Nº 052, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 02 defecha 20 de enero de 2004; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu-cación, con personería jurídica de derecho público interno,responsable de la promoción y desarrollo de las manifes-taciones culturales del país y de la conservación del Patri-monio Cultural de la Nación; Que, el artículo 7º de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, encarga al Instituto Na-cional de Cultura la función de registrar, declarar y prote-ger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 052, de fecha 20 de enero de 2004, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología re-comienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional deCultura aprobar el Plano de Delimitación Nº 01 Sitio Ar-queológico Bandurria de fecha diciembre del 2002, a esca-la 1/2000, ubicado en el distrito de Huacho, provincia deHuaral, departamento de Lima; Que, mediante Acuerdo Nº 417, de fecha 13 de agosto de 2004, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología re-comienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de