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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (01/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 68

PÆg. 290010 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de abril de 2005 Articulo 10º.- Renovación de la Autorización.- Para el caso de renovación de las autorizaciones las organizacio- nes sociales deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Solicitud con dicho propósito dirigida al Alcalde. b) Pago por inspección ocular por cada elemento de seguridad. c) Pago por el derecho de autorización (en caso de ser favorable el informe para instalación de elementos de se- guridad). La solicitud de renovación deberá ser formulada 30 días hábiles antes del vencimiento de la autorización y se otorgará por el plazo de dos años. Articulo 11º.- Los Elementos de Seguridad a instalarse deberán cumplir con las siguientes especificaciones técni- cas: a) Rejas Batientes.-- El sentido de giro de las puertas, deberán realizarse de tal forma que no afecte el acceso a los predios colindan- tes, ni se constituyan en obstáculos en las calzadas para la circulación del tránsito. - En las intersecciones de vías en forma de T el sentido de giro de la puerta será en la misma dirección del tránsito ve- hicular, y la distancia del marco de la puerta a la intersección de las calzadas (borde) no será menor a 2.5 veces el ancho de la hoja. b) Elementos Levadizos.-- El contrapeso y el soporte de la pluma, deberán estar retirado de la vereda una distancia no menor a 0.40 ml., de tal forma, que no genere peligro de contacto con las perso- nas que transitan por la vereda. c) Casetas de Vigilancia.-- La caseta de vigilancia no podrá ubicarse en las inter- secciones de las vías, debiendo evitar se obstruya la visibi- lidad de los conductores de vehículos. - Preferentemente las Casetas se ubicaran en las ber- mas laterales o jardines de uso público. Artículo 12º.- Cada elemento de seguridad deberá con- tar con un encargado en forma permanente, el cual deberá estar debidamente empadronado ante la Jefatura de Seguri- dad Ciudadana. Dicho encargado deberá permanecer debi- damente uniformado y portar un fotocheck de identificación. CAPÍTULO III DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES Artículo 13º.- Incorpórese en el Reglamento de Aplica- ción de Sanciones Administrativas (RASA) vigente de estaCorporación Municipal y en el Cuadro Único de Infraccio- nes las siguientes sanciones: Nº INFRACCIÓN CALIFICACIÓN SANCIÓN COMPLEMENTARIA 01 Usar o instalar uno o más LEVE Obligación de reponer el elementos de seguridad elemento de seguridad en variando la ubicación se- el lugar autorizado. ñalada en la autorización. 02 Por incumplimiento de la LEVE Obligación de cumplir con especificación técnica o la especificación técnica diseño del elemento de señalada en la autoriza- seguridad autorizado. ción. 03 No mantener en buen es- LEVE tado de conservación y aseo el elemento de se-guridad. 04 No retirar el elemento de GRAVE El retiro, demolición o in- seguridad. 30 días natu- cautación del elemento de rales después del venci- seguridad según sea elmiento de la autoriza- caso ción, sin haber solicitado la renovación o cuandohaya sido denegada. 05 Negar el tránsito peato- GRAVE nal o vehicular, en el acceso controlado por elencargado del elemento de seguridadNº INFRACCIÓN CALIFICACIÓN SANCIÓN COMPLEMENTARIA 06 Instalar o Usar Elemen- MUY GRAVE El retiro, demolición o in- tos de Seguridad sin con- cautación del elemento de tar con la autorización seguridad según sea elrespectiva, encontrán- caso dose o no en trámite la solicitud de autorización 07 Dejar el elemento de se- MUY GRAVE El retiro, demolición o in- guridad cerrado en esta- cautación del elemento de do de abandono. seguridad según sea el caso. 08 Por instalar elementos de MUY GRAVE El retiro, demolición o in- seguridad en pasajes de cautación del elemento de tránsito peatonal. seguridad según sea el caso. Artículo 14º.- En caso de reincidencia, se sanciona- rá al infractor con el doble de la multa original y la aplicación de la sanción complementaria que corres- ponda. De igual modo son de aplicación las disposicio-nes establecidas en el RASA vigente de esta Corpora- ción Municipal. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Incorpórese en el Texto Único de Procedi- mientos Administrativos vigente de esta Corporación los procedimientos señalados por la presente norma, que se detallan en el anexo “A” que forma parte integrante de lapresente Ordenanza. Segunda .- Los expedientes administrativos sobre au- torización para la instalación de elementos de seguridadque estén en trámite a la fecha de entrada en vigencia de la presente ordenanza, se adecuaran a las normas esta- blecidas en el presente dispositivo en el estado en que seencuentren. Tercera.- Las organizaciones sociales que a la fecha hayan instalado elementos de seguridad sin contar con ladebida autorización, en un plazo máximo de 60 días debe- rán efectuar la regularización correspondiente según las normas establecidas en la presente ordenanza, caso con-trario la municipalidad procederá al retiro, demolición, des- montaje y/o incautación de los mismos y la aplicación de las sanciones correspondientes, sin responsabilidad parala municipalidad. Cuarta.- De existir multas administrativas impuestas so- bre la materia, las mismas podrán ser condonadas y extin-guidas siempre y cuando las organizaciones sociales efec- túen la regularización de los elementos de seguridad de acuerdo a lo establecido en la disposición anterior y obten-gan su autorización. Para éstos los solicitantes deberán de desistirse previamente de cualquier recurso impugnativo que hayan presentado. Quinta.- En forma Complementaria se podrá aplicar las disposiciones establecidas en la Ordenanza Nº 690 MML y el Decreto de Alcaldía Nº 066-2004 MML, en lo que seapertinente, siempre y cuando no se contraponga con lo establecido en la presente norma. Sexta.- Dispóngase que la Gerencia de Servicios Admi- nistrativos, remita copia de las autorizaciones que se otor- guen en aplicación de la presente norma a la Compañía Peruana de Bomberos de San Juan de Lurigancho paraque tomen conocimiento de las restricciones, a fin de que tengan en consideración el acceso libre y los horarios esta- blecidos, con el objetivo de que brinden un mejor serviciopara la colectividad. Séptima.- Dispóngase que la Gerencia de Planifica- ción del Desarrollo y la Gerencia de Servicios Administrati-vos Municipales, a través de sus órganos correspondien- tes y de acuerdo a sus competencias implementen lo dis- puesto en la presente Ordenanza. Octava.- Facúltese al Alcalde a establecer mediante De- creto de Alcaldía, las disposiciones complementarias y/o reglamentarias que sean necesarias para la adecuación ymejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Novena.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde