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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (01/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 57

PÆg. 289955 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de abril de 2005 01 representante de la Dirección Regional de Salud 01 representante de la Policía Nacional del Perú 01 representante del Ministerio Público de la Región Lambayeque 01 representante del Poder Judicial de la Región Lam- bayeque 01 representante de la Dirección Regional de Educa- ción 01 representante del MIMDES 01 representante de la Defensoría del Pueblo01 representante por cada una de las Municipalida- des Provinciales de la Región Lambayeque 01 representante de las entidades civiles que desa- rrollan labores de lucha contra las drogas, repre- sentación que recaerá en el Centro de Informa- ción y Educación para la Prevención del Abuso deDrogas - CEDRO. Los miembros titulares integrantes de CONVIDA, debe- rán contar además con sus respectivos alternos, que con- currirán en ausencia del titular. Artículo Segundo.- El Consejo Regional para el Desa- rrollo y Vida sin Drogas asumirá las funciones y responsabi- lidades correspondientes para diseñar e implementar la Estrategia Regional de Lucha contra las Drogas 2005 -2006, la misma que estará en concordancia legal con la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2002 - 2007. Artículo Tercero.- Notifíquese la presente Ordenanza a las instituciones integrantes del precitado Consejo Re- gional, para su respectiva instalación y realización de lasacciones inherentes a su competencia, concordantes con los fines para los que ha sido creado. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla.YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 06364 Declaran zona como `rea Ecológica de InterØs Regional ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2005-GR.LAMB./CR. Chiclayo, 25 de enero de 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE; POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lamba- yeque en su Sesión Ordinaria de 11 de enero de 2005, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente como unidad orgánica del Go- bierno Regional Lambayeque, con competencias y funcio-nes definidas para llevar a cabo actividades de gestión y de ejecución respecto del uso sustentable de los recursos na- turales de la Región Lambayeque, ha canalizado medianteOficio Nº 279-2003-GR.LAMB/GRRN de 04.SEPT.03, una iniciativa que la Dirección Regional de Vivienda y Sanea- miento dirige a la Presidencia del Gobierno RegionalLambayeque con Oficio Nº 259-2003-GR.LAMB/DRVS del 05.DIC03, relacionada al aprovechamiento de aproximada- mente 800 hectáreas de humedales localizados en la des-embocadura del río Reque, ámbito geográfico de gran riqueza biológica, resaltándose la presencia de aves migra- torias que hacen uso de estos humedales como áreas depaso para su obligado descanso. Área cuya ampliación a 1377 Ha. fue recomendada tanto por la Gerencia de Recur- sos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del GobiernoRegional de Lambayeque como por los gobiernos locales involucrados, con el fin de incorporar zonas del entorno como áreas de amortiguamiento complementarias del pro-pio proyecto de Parque Ecológico.Que, se tiene previsto el uso de estos humedales, en- tre otras actividades, para fines turísticos y recreativos, así como para la observación de aves, con la consiguiente generación de beneficios económicos de las comunas edi-les de Monsefú, Eten, Puerto Eten, así como también para la Comunidad Campesina de San Pedro de Monsefú, ha- ciéndose sumamente necesario conferir a la indicada zonade humedales la respectiva declaratoria de Área Ecológica de Interés Regional, para proceder a su correspondiente categorización de Área de Conservación Regional, a efec-tos de propiciar finalmente el establecimiento del “PARQUE ECOLÓGICO METROPOLITANO CHICLAYO”, unidad de conservación por crearse que cuenta con el aval de losalcaldes distritales de Monsefú, Eten y Puerto Eten, la Comunidad Campesina San Pedro de Monsefú, así como de la Dirección Regional de Vivienda y Saneamiento -Lambayeque. Que, el Artículo 1º del Reglamento de la Ley Nº 26834 "Ley de Áreas Naturales Protegidas", aprobado por D.S.Nº 038-2001-AG establece los procedimientos para pro- mover y establecer áreas naturales protegidas. Que, el Artículo 41º del Reglamento mencionado en el considerando anterior, establece tres niveles y formalida- des para la creación de áreas naturales protegidas: La primera refiere a Áreas de Administración Nacional; la se-gunda, a Areas de Administración Regional; y la tercera, a Áreas de Conservación Privada. Que, el Artículo 43º, inciso 43.2. del Reglamento de la Ley Nº 26834, "Ley de Areas Naturales Protegidas", D.S. Nº 038-2001-AG, dispone que se puede estable- cer áreas naturales protegidas o categorizarlas definiti-vamente sobre predios de propiedad comunal, si es que se cuenta con el consentimiento previo dado libre- mente y con pleno conocimiento de causa de los pro-pietarios de los mismos, cuyos derechos fundamenta- les se reconocen explícitamente en el dispositivo de creación. Que, el Artículo 11º de la Ley Nº 26834, establece que los Gobiernos Regionales, dentro del proceso de descen- tralización, podrán gestionar ante el ente correspondientela tramitación de un Área de Conservación Regional en su jurisdicción. Que, el Art. 10º, Numeral 2., Inc. e) de la Ley Nº 26786, "Ley Orgánica de Gobiernos Regionales", establece como competencias compartidas de los Gobiernos Regionales la: "Preservación y administración de las reservas y áreasnaturales regionales". Que, el Artículo 53º, inciso d), de la Ley Nº 26786, “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, establece que es fun-ción en materia ambiental y de ordenamiento territorial de los gobiernos regionales: "Proponer las áreas de conser- vación regional y local en el marco del Sistema Nacional deÁreas Protegidas". Que, se ha identificado un área que reúne condiciones suficientes para establecer un Área de ConservaciónRegional, la misma que se ubica dentro de los distritos de Monsefú, Eten y Puerto Eten, pertenecientes a la provincia de Chiclayo y conforma un polígono irregular cuyas coor-denadas UTM son las siguientes: PUNTOS COORDENADAS UTM REFERENCIA FIJOS ESTE NORTE 1 621761.215 9237156.636 Intersección playa Monsefú y el Canal 5000 2 621963.894 9239543.738 Intersección carretera Sta. Rosa y Canal 5000 3 625304.002 9239624.965 Intersección Av. Venezuela y Av. Conroy. 4 625510.792 9235972.573 Intersección carretera a Puerto Eten y carretera hacia la Capilla del Niño. 5 624488.964 9234888.807 Intersección carretera de la Capilla del Niño y la Playa. Que, el área identificada tiene las siguientes caracte- rísticas: Temperatura Media Anual de 19.9 ºC a 23.9 ºC, con variaciones estacionales. La precipitación es escasaentre 5 y 27 mm anuales y la Humedad Relativa Promedio es de 75.55%.; el paisaje fisiográfico que domina la zona está caracterizado por áreas planas a ligeramente ondu-ladas; los suelos van de medianos a profundos; presen- tan una textura franco arenosa con 58% de arena, 24% de limo,18 % de arcilla y 3.7% de materia orgánica; seaprecian terrenos fangosos debido a los sedimentos de la erosión eólica.PÆg. 289999