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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (01/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 62

PÆg. 29004 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de abril de 2005 Prorrogan por 60 días naturales autorizaciones concedidas a empresasde transporte DECRETO DE ALCALDÍA Nº 028 Lima, 30 de marzo de 2005 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMACONSIDERANDO: Que la Constitución Política del Perú, de acuerdo con la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en susartículos 194º, 195º -incisos 3, 4, 5, 6 y 8- y 198º, dispo-nen que las municipalidades son órganos de gobiernolocal con autonomía política, económica y administrativaen los asuntos de su competencia, entre los cuales se encuentra organizar, reglamentar y administrar los servi- cios públicos locales de su responsabilidad y desarrollary regular actividades y/o servicios en materia de transpor-te colectivo, circulación y tránsito, conforme a ley y quela capital de la República tiene régimen especial en lasLeyes de Descentralización y Ley Orgánica de Municipa- lidades; Que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 de- sarrolla dicho régimen especial y dispone que la Municipa-lidad Metropolitana de Lima aprueba los planes y progra-mas metropolitanos sobre transporte, circulación y tránsito; regula el funcionamiento del transporte público, la circula- ción y el tránsito metropolitano; aprueba la organización delos servicios públicos locales de carácter metropolitano;planifica, regula y gestiona el transporte público y el tránsi-to urbano de peatones y vehículos, así como otorga lasconcesiones, autorizaciones y permisos de operación para la prestación de las distintas modalidades de servicios públicos de transporte de pasajeros y carga, de ámbitourbano e interurbano, así como de las instalaciones co-nexas; de conformidad con los artículos 157º y 161º; Que con Decreto de Alcaldía Nº 193, del 22 de diciem- bre del 2003, con fuerza de Ordenanza otorgada median- te la Ordenanza Nº 627, se facultó a la Dirección Municipalde Transporte Urbano a otorgar ampliaciones de las auto-rizaciones para prestar servicio público de transporteregular de pasajeros hasta el 31 de marzo del 2005, deconformidad con la 7º Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 619, previo procedimiento de verifica- ción de requisitos, a las personas jurídicas con concesio-nes, autorizaciones o permisos vencidos o por vencerse al31 de diciembre del 2003; Que resulta necesario que la Municipalidad Metropolita- na de Lima prorrogue las autorizaciones actualmente vigen- tes y que se encuentran próximas a vencer el 31 de marzodel 2005, por un período mínimo necesario a efectos de nodesabastecer a la comunidad del mencionado servicio; Que siendo así, corresponde emitir el Decreto de Alcal- día correspondiente; de conformidad con la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972, la Ordenanza N° 104, el Decreto de AlcaldíaN° 193 y demás normas modificatorias y complementarias; DECRETA: Artículo 1º.- Prorróguese las autorizaciones otorgadas a las empresas de transporte en aplicación del Decreto deAlcaldía Nº 193 del 22 de diciembre del 2003, por 60 díasnaturales a partir de la fecha de su vencimiento. Artículo 2º.- Quedan prorrogadas automáticamente hasta la fecha que se encuentren vigentes las autoriza- ciones señaladas en el artículo 1º los siguientes docu-mentos: 1. Las tarjetas de circulación de la flota vehicular. 2. Las credenciales correspondientes a los conducto- res, conductores - cobradores y cobradores. Regístrese, publíquese y cúmplase.MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de LimaEncargado de la Alcaldía 06493Autorizan contratar servicios de estu- dio de abogados para ejercer la defen-sa de los intereses de la MML en te-mas administrativos y judiciales ACUERDO DE CONCEJO Nº 095 Lima, 23 de marzo de 2005 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 de marzo de 2005, la Carta Nº 006-2005-DMA/MML de fecha 14 de marzo de 2005 de la Dirección Municipal Adminis-trativa solicitando la exoneración del proceso de selec- ción correspondiente para la contratación del servicio per- sonalísimo de asesoría legal externa especializada delEstudio Delfino Pasco Isola, Abogados S.C., con la fina- lidad de ejercer la defensa de los intereses de la Munici- palidad Metropolitana de Lima ante las demandas enmateria laboral; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 040 de fecha 19.2.2004, se aprobó la exoneración del proceso de selec-ción, en razón de la cuantía, bajo la modalidad de serviciopersonalísimo, para la contratación del Estudio Delfino Pasco Isola Avendaño, Abogados S.C., suscribiéndose el respectivo contrato con fecha 16 de marzo de 2004, por un plazo de 12 meses que ha vencido el 16 de marzo del año2005. Que, no habiéndose aún señalado fecha para la vista de la causa en el proceso que el citado Estudio tiene a su cargo ante la Comisión Interamericana de Derechos Huma- nos, resulta ventajoso continuar con los servicios del mis-mo por tener información y documentación sobre el citado caso y porque las características o habilidades inherentes al citado Estudio lo tornan imprescindible para los intere-ses de la Corporación Municipal. Que, mediante Carta Nº 006-2005-DMA/MML, la Dirección Municipal Administrativa remite la Carta Nº 135- 2005-OASA-DMA/MML de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, mediante la cual comunica que laProcuraduría Pública Municipal mediante Oficio Nº 13- 2005-MML/PPM, ha solicitado la contratación del hoy denominado Estudio Delfino Pasco Isola, Abogados S.C.considerando que el referido estudio tiene a su cargo la representación de la Municipalidad en el proceso seguido ante la Corte Interamericana de Derechos Hu-manos - CIDH, siendo objetivamente contrastable la dedicación y eficiencia con la que ha venido asumien- do la defensa de los intereses de la Municipalidad des-de el año 2003 lo que evidencia un inmejorable conoci- miento de la problemática municipal como resultado del tiempo que viene prestando servicios a la Municipali-dad Metropolitana de Lima por lo que amerita la conti- nuidad de sus servicios para el apoyo legal a la enti- dad, adjuntando para ello el valor referencial para di-cha contratación en aproximadamente S/. 150,000.00 para el año 2005, conforme a la propuesta económica efectuada por el referido Estudio. Que, es necesario resaltar lo señalado en el Oficio Nº 13-2005-MML/PPM, en cuanto a que los honorarios porla prestación del servicio se fijarán de conformidad al mon- to mínimo establecido por la Tabla de Honorarios vigente del Colegio de Abogados de Lima, de acuerdo al siguientedetalle: Hasta 10 UIT (S/. 32,000.00) 15% De 10 hasta 50 UIT (S/. 160,000.00) 10% De 50 hasta 250 UIT (S/. 800,000.00) 5% De 250 hasta 500 UIT (S/. 1’600,000.00) 2.00%Por todo exceso de 500 U.I.T. 0.50% Que, los honorarios referidos no consideran los im- puestos de ley ni los gastos en que se incurra en cada proceso, motivo por el cual se le deberá agregar elImpuesto General a las Ventas y los gastos que el Estu- dio podría incurrir. En ningún caso el honorario corres- pondiente al proceso, podrá ser inferior a 2 UIT. Si elPÆg. 290004