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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (01/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 61

PÆg. 29003 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de abril de 2005 Supremo Nº 008-2000-MTC, encontrándose facultada en el presente caso a solicitar el Estudio de Impacto Vial aprobado por la Dirección Municipal de Transporte Urbano, así como cualquier otra información adicionalque a criterio de la Comisión sea necesaria para dicta- minar. Artículo 9º.- Requisitos para calificación de los An- teproyectos y Proyectos Los Anteproyectos y Proyectos de Infraestructura de Plantas de Revisiones Técnicas Metropolitanas, deberán sujetarse a los requisitos solicitados en el Texto Único deProcedimientos Administrativos-TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza Nº 591 - debiendo cancelar para ser sometidos a consideración dela Comisión, el derecho de Carpeta, y el Derecho de Trámi- te respectivo. Artículo 10º.- Del Procedimiento El procedimiento para la aprobación de anteproyectos y proyectos de Infraestructura de Plantas de Revisiones Técnicas se rige por lo establecido en la Ley Nº 27157 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC. Artículo 11º.- Expedición de la Licencia de Obra Corresponde a la Municipalidad Distrital donde se ubica el proyecto de infraestructura, emitir la Licencia de Obracorrespondiente, para lo que el interesado presentará ante la Municipalidad Distrital correspondiente: 1. El expediente técnico del anteproyecto o proyecto de infraestructura con el Dictamen aprobado emitido por la Comisión Técnica Calificadora de Proyectos de la Munici-palidad Metropolitana de Lima. 2. Solicitar la Liquidación de Pago de derecho de Li- cencia de Obra. 3. Cancelar los derechos establecidos en el Texto Úni- co de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital correspondiente. Cumplidos los requisitos antes indicados, la Munici- palidad Distrital respectiva contará con un plazo de 3días hábiles para expedir la Licencia de Obra correspon- diente. Transcurrido el plazo indicado, sin respuesta delórgano competente, se aplicará el Silencio Administrati- vo Positivo. Artículo 12º.- Expedición del Certificado de Finaliza- ción de Obra Una vez concluìda la obra, el interesado deberá seguir el procedimiento establecido en el artículo 102º y siguien-tes del Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC. Artículo 13º.- Control Conjunto La Municipalidad Metropolitana de Lima, coordinará con las respectivas Municipalidades Distritales, donde se desa- rrollen los proyectos, a fin de realizar en forma conjunta lasgestiones de control que competan a sus fueros tales como el control de vías y acceso vehicular e interrupción de tráfi- co, en coordinación con la Dirección homóloga de la Muni-cipalidad Distrital correspondiente, para lo cual podrá cele- brar convenios de cooperación. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Incompatibilidad de otras normas Declárese que las normas que se opongan a la pre- sente Ordenanza no tienen aplicación en la provincia de Lima, sobre la que ejerce jurisdicción exclusiva la Municipa-lidad Metropolitana de Lima en los asuntos de competen- cia municipal. Segunda.- Adecuación Todos los procesos iniciados con anterioridad a la pre- sente Ordenanza deberán adecuarse en un plazo no ma-yor de tres días. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los veintitrés días del mes de marzo de dos mil cinco. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía 06408PÆg. 290003 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE RESOLUCIONES EN LA SEPARATA DE JURISPRUDENCIA Se comunica al Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal, Consejo de Minería y otros organismos públicos que emitan jurisprudencia que para efecto de publicar sus resoluciones deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. Las resoluciones a publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.00 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2. Las resoluciones deberán presentarse debidamente refrendadas en original y acompañadas de su respectivo oficio mediante el cual se solicite la publicación de éstas y se autorice el cobro de la tarifa correspondiente según sea el caso. 3. Las resoluciones de jurisprudencia se remitirán además en disquete o al siguiente correo electrónico: jurisprudencia@editoraperu.com.pe. 4. No se aceptarán oficios y resoluciones en fotocopia o de no estar acompañados por la versión electrónica. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU