TEXTO PAGINA: 27
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G30/G30/G34/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 2 de abril de 2005 más vulnerables y en riesgo social, accedan a sus docu- mentos de identificación, por lo que es importante crearmecanismos que faciliten el ejercicio de este derecho,así como sentar las bases para la generación de unacultura de la identificación; Que, con la finalidad de alcanzar estos objetivos, me- diante Resolución Jefatural Nº 692-2004, el RENIECconstituyó la Comisión Especial de Alto Nivel para elabo-rar el Plan Nacional de Restitución de la Identidad "Do-cumentando a los Indocumentados" para el período 2005- 2009, integrada por instituciones del Estado y organi-zaciones de la sociedad civil, otorgando a dicha Comi-sión un plazo de 90 días calendario a partir del día de suInstalación, el cual vence el próximo 4 de abril de 2005; Que, en el documento del visto se hace conocer el acuerdo tomado por la Comisión Especial de Alto Nivelpara elaborar el Plan Nacional de Restitución de la Iden-tidad en su Décima Sesión, sobre la conveniencia desolicitar la ampliación de su plazo de funcionamiento paraconsultar ante las autoridades de las Instituciones inte-grantes de la misma, la Matriz de Estrategias y Tácticasdel Plan Nacional; asimismo, se expresa que la Comi-sión Especial continua recibiendo aportes para la elabo-ración del diagnóstico base del Plan Nacional, los cualesrequieren ser considerados; Con el visto bueno de la Gerencia de Asesoría Jurí- dica y conforme a las atribuciones conferidas por la LeyNº 26497 y el Reglamento de las Inscripciones delRENIEC aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCMy estando lo solicitado por la Gerencia de Restitución dela Identidad y Apoyo Social, a cargo de la presidencia dela Comisión Especial de Alto Nivel; SE RESUELVE:Artículo Único.- Ampliar, en forma excepcional, el plazo de entrega del Plan Nacional de Restitución de laIdentidad en 40 días calendario contados a partir del 5de abril del año 2005. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 06592 MINISTERIO PÚBLICO /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G64/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G65/G78 /G4A/G75/G65/G7A/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/GE9/G63/G69/G6D/G6F/G20/G4A/G75/G7A/G67/G61/G64/G6F/G20/G50/G65/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C /G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F /G64/G65/G20/G70/G72/G65/G76/G61/G72/G69/G63/G61/G74/G6F RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 736-2005-MP-FN Lima, 31 de marzo de 2005 VISTO:El Oficio Nº 254-2005-MP-CI-Lima, de fecha 8.2.05, remitido por la Oficina Desconcentrada de Control Inter-no de Lima y Callao, que eleva el Exp. Nº 786-2004-C.I.-Lima, que contiene la investigación contra la doctoraJanet Sapaico del Castillo, ex Juez del Décimo JuzgadoPenal del Callao, por la presunta comisión del delito dePrevaricato, en el que ha recaído el Informe Nº 007-2005-C.I.-Lima, con opinión de declarar fundada la de-nuncia; y, CONSIDERANDO:Que, los supuestos de hecho de contenido penal in- criminado a la magistrada denunciada tienen su origenen el proceso penal Nº 36-2003, seguido contra AngelJesús Carrillo Vargas y otros en agravio de la empresaConsorcio Minero Sociedad Anónima - CORMIN por eldelito de Hurto Agravado y otros, donde se le imputa a lainvestigada haber emitido 6 resoluciones en los inciden- tes de Excepción de Naturaleza de Acción, todas defecha 30.9.03, por las cuales declaró fundadas dichasexcepciones, cuando se había planteado en su contraRecusación, trasgrediendo de esta manera los artículos33º y 34º del Código de Procedimientos Penales; Que, del estudio y revisión de los actuados se infie- re que hay suficientes elementos indiciarios objetivos ysubjetivos que nos permiten colegir que la doctora Ja-net Sapaico del Castillo habría incurrido en el delito dePrevaricato, previsto y sancionado en el artículo 418ºdel Código Penal, al haber emitido ilegalmente seisresoluciones, todas de fecha 30.9.03 (fs. 36, 40, 43,46, 49 y 52), en el proceso penal Nº 36-2003, seguidocontra Angel Jesús Carrillo V argas y otros en agravio de la empresa Consorcio Minero Sociedad Anónima -CORMIN por el delito de Hurto Agravado y otros, asabiendas que estaba imposibilitada de expedir dichasresoluciones mientras no esté resuelta la recusaciónque le fue formulada por la empresa denunciante, valedecir, que a partir de la presentación de la recusación,que es un trámite cotidiano, en la función jurisdiccionalque no amerita interpretar ni recurrir a apreciacionesdoctrinarias, debió de formar el cuaderno respectivo yelevar a la Sala respectiva con dictamen del FiscalSuperior, acto procesal que no ha cumplido, tal confor-me se tiene del informe emitido por el doctor MiguelFernández Torres, Juez Titular del 8º, 9º, 10º, 11º, y12º Juzgado Penal del Callao a través del Oficio Nº2003-36-10JPC-JMAR, de fecha 15.3.05, que corre afs. 210. Consecuentemente, con dicho proceder havulnerado el texto expreso y claro de los artículos 33ºy 34º del Código de Procedimientos Penales, modifica-dos por la Ley Nº 27652, vigente a la fecha de la emi-sión de las resoluciones cuestionadas, toda vez que laintencionalidad de lesionar el bien jurídico "Correctofuncionamiento y desenvolvimiento de la administra-ción de justicia" y las citadas normas son evidentes,por lo que a efecto de esclarecer los hechos debe in-vestigarse con mayor amplitud en sede judicial; Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 159º de la Constitución Política del Perú y elDecreto Legislativo Nº 052-LOMP; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar FUNDADA la denuncia contra la doctora Janet Sapaico del Castillo, ex Juez delDécimo Juzgado Penal del Callao, formulada porRicardo Trovarelli Vecchio en representación de la em-presa Consorcio Minero Sociedad Anónima - CORMINpor la presunta comisión del delito de Prevaricato. Remí-tanse los actuados al Fiscal Superior llamado por Ley. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento de la presente Resolución a los señores Presidentes, de laCorte Suprema de Justicia, del Consejo Ejecutivo delPoder Judicial, del Consejo Nacional de la Magistratura,Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del PoderJudicial, Fiscal Supremo de la Fiscalía Suprema de Con-trol Interno, Presidente de la Corte Superior de Justiciadel Callao y de los interesados, para los fines pertinen-tes. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 06536 /G44/G61/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G6C/G75/G69/G64/G6F/G20/G6E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65 /G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/GED/G61/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G4D/G69/G78/G74/G61/G64/G65/G20/G43/G61/G72/G6C/G6F/G73/G20/G46/G65/G72/G6D/GED/G6E/G20/G46/G69/G74/G7A/G63/G61/G72/G72/G61/G6C/G64/G2C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G6E/G63/G61/G73/G68 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 749-2005-MP-FN Lima, 31 de marzo de 2005