Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2005 (02/04/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, sabado 2 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 290049

mas vulnerables y en riesgo social, accedan a sus documentos de identificacion, por lo que es importante crear mecanismos que faciliten el ejercicio de este derecho, asi como sentar las bases para la generacion de una cultura de la identificacion; Que, con la finalidad de alcanzar estos objetivos, mediante Resolucion Jefatural Nº 692-2004, el RENIEC constituyo la Comision Especial de Alto Nivel para elaborar el Plan Nacional de Restitucion de la Identidad "Documentando a los Indocumentados" para el periodo 2005 - 2009, integrada por instituciones del Estado y organizaciones de la sociedad civil, otorgando a dicha Comision un plazo de 90 dias calendario a partir del dia de su Instalacion, el cual vence el proximo 4 de MORDAZA de 2005; Que, en el documento del visto se hace conocer el acuerdo tomado por la Comision Especial de Alto Nivel para elaborar el Plan Nacional de Restitucion de la Identidad en su Decima Sesion, sobre la conveniencia de solicitar la ampliacion de su plazo de funcionamiento para consultar ante las autoridades de las Instituciones integrantes de la misma, la Matriz de Estrategias y Tacticas del Plan Nacional; asimismo, se expresa que la Comision Especial continua recibiendo aportes para la elaboracion del diagnostico base del Plan Nacional, los cuales requieren ser considerados; Con el visto MORDAZA de la Gerencia de Asesoria Juridica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497 y el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM y estando lo solicitado por la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social, a cargo de la presidencia de la Comision Especial de Alto Nivel; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Ampliar, en forma excepcional, el plazo de entrega del Plan Nacional de Restitucion de la Identidad en 40 dias calendario contados a partir del 5 de MORDAZA del ano 2005. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 06592

investigada haber emitido 6 resoluciones en los incidentes de Excepcion de Naturaleza de Accion, todas de fecha 30.9.03, por las cuales declaro fundadas dichas excepciones, cuando se habia planteado en su contra Recusacion, trasgrediendo de esta manera los articulos 33º y 34º del Codigo de Procedimientos Penales; Que, del estudio y revision de los actuados se infiere que hay suficientes elementos indiciarios objetivos y subjetivos que nos permiten colegir que la doctora MORDAZA Sapaico del MORDAZA habria incurrido en el delito de Prevaricato, previsto y sancionado en el articulo 418º del Codigo Penal, al haber emitido ilegalmente seis resoluciones, todas de fecha 30.9.03 (fs. 36, 40, 43, 46, 49 y 52), en el MORDAZA penal Nº 36-2003, seguido contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros en agravio de la empresa Consorcio Minero Sociedad Anonima CORMIN por el delito de Hurto Agravado y otros, a sabiendas que estaba imposibilitada de expedir dichas resoluciones mientras no este resuelta la recusacion que le fue formulada por la empresa denunciante, vale decir, que a partir de la MORDAZA de la recusacion, que es un tramite cotidiano, en la funcion jurisdiccional que no amerita interpretar ni recurrir a apreciaciones doctrinarias, debio de formar el cuaderno respectivo y elevar a la Sala respectiva con dictamen del Fiscal Superior, acto procesal que no ha cumplido, tal conforme se tiene del informe emitido por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del 8º, 9º, 10º, 11º, y 12º Juzgado Penal del Callao a traves del Oficio Nº 2003-36-10JPC-JMAR, de fecha 15.3.05, que corre a fs. 210. Consecuentemente, con dicho proceder ha vulnerado el texto expreso y MORDAZA de los articulos 33º y 34º del Codigo de Procedimientos Penales, modificados por la Ley Nº 27652, vigente a la fecha de la emision de las resoluciones cuestionadas, toda vez que la intencionalidad de lesionar el bien juridico "Correcto funcionamiento y desenvolvimiento de la administracion de justicia" y las citadas normas son evidentes, por lo que a efecto de esclarecer los hechos debe investigarse con mayor amplitud en sede judicial; Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 159º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Legislativo Nº 052-LOMP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADA la denuncia contra la doctora MORDAZA Sapaico del MORDAZA, ex Juez del Decimo Juzgado Penal del Callao, formulada por MORDAZA Trovarelli Vecchio en representacion de la empresa Consorcio Minero Sociedad Anonima - CORMIN por la presunta comision del delito de Prevaricato. Remitanse los actuados al Fiscal Superior llamado por Ley. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento de la presente Resolucion a los senores Presidentes, de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, del Consejo Nacional de la Magistratura, Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Fiscal Supremo de la Fiscalia Suprema de Control Interno, Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao y de los interesados, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 06536

MINISTERIO PUBLICO
Declaran fundada denuncia contra ex Juez del Decimo Juzgado Penal del Callao por presunta comision de delito de prevaricato
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 736-2005-MP-FN MORDAZA, 31 de marzo de 2005 VISTO: El Oficio Nº 254-2005-MP-CI-Lima, de fecha 8.2.05, remitido por la Oficina Desconcentrada de Control Interno de MORDAZA y Callao, que eleva el Exp. Nº 786-2004-C.I.Lima, que contiene la investigacion contra la doctora MORDAZA Sapaico del MORDAZA, ex Juez del Decimo Juzgado Penal del Callao, por la presunta comision del delito de Prevaricato, en el que ha recaido el Informe Nº 0072005-C.I.-Lima, con opinion de declarar fundada la denuncia; y, CONSIDERANDO: Que, los supuestos de hecho de contenido penal incriminado a la magistrada denunciada tienen su origen en el MORDAZA penal Nº 36-2003, seguido contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros en agravio de la empresa Consorcio Minero Sociedad Anonima - CORMIN por el delito de Hurto Agravado y otros, donde se le imputa a la

Dan por concluido nombramiento de Fiscal de la Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 749-2005-MP-FN MORDAZA, 31 de marzo de 2005

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.