Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2005 (02/04/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 2 de MORDAZA de 2005

c. Establecer mecanismos de coordinacion, comunicacion y participacion individual o conjunta, con las entidades e instituciones involucradas en la problematica ambiental. d. Establecer mecanismos de comunicacion con las autoridades publicas competentes, respecto a la respuesta ante eventuales emergencias y otras contingencias. Documentacion de la gestion ambiental La entidad debe documentar y mantener en archivo fisico y/o digital, lo siguiente: 9. Descripcion y documentacion adecuada de los principales elementos, componentes o procesos de la gestion ambiental, asegurandose que dicha documentacion sea legible, fechada en cuanto a su formulacion, revision y aprobacion, y facilmente identificable. 10. Orientacion sobre la documentacion relacionada o indicaciones para poder obtener informacion detallada sobre el funcionamiento de dichos procesos y el impacto real o potencial que pueden generar en el ambiente. La documentacion relacionada puede incluir, entre otros: a. b. c. d. Informacion de los procesos Organigramas Normas internas y procedimientos de operacion Planes de emergencia.

21. Comprobar periodicamente tales procedimientos, a traves de simulacros o ensayos. 800-04 VERIFICACION Y ACCION CORRECTIVA La entidad debe establecer y mantener procedimientos documentados para el seguimiento y medicion de las principales caracteristicas de sus actividades, la evaluacion periodica del cumplimiento de la normativa ambiental, la investigacion de las desviaciones, la implementacion de acciones correctivas y preventivas, la adecuacion y conservacion de los registros ambientales, asi como la programacion de auditorias periodicas sobre la gestion ambiental. Comentario: La verificacion y accion correctiva debe realizarse teniendo en cuenta lo siguiente: Seguimiento y medicion La entidad debe asegurarse que: 1. Se establezcan y mantengan procedimientos documentados para efectuar el seguimiento y la medicion en forma periodica, de las caracteristicas de sus operaciones y actividades, que puedan ocasionar impactos ambientales. Esto debe incluir el registro de la informacion de seguimiento del funcionamiento de los controles operacionales pertinentes y de la conformidad con los objetivos y metas ambientales de la entidad. 2. Los equipos de seguimiento esten calibrados y reciban periodicamente mantenimiento preventivo y operativo. Los registros de este MORDAZA deben conservarse de acuerdo con los procedimientos de la entidad. 3. Se establezca y mantenga un procedimiento documentado para la evaluacion periodica del cumplimiento de la legislacion y reglamentacion ambiental y de los recursos naturales. Desviaciones, accion correctiva y accion preventiva La entidad debe asegurarse que: 4. Se establezcan y mantengan procedimientos que definan la responsabilidad y la autoridad para manejar e investigar las desviaciones, llevando a cabo acciones encaminadas a mitigar cualquier impacto ambiental negativo generado, asi como para iniciar y completar las acciones correctivas y preventivas apropiadas a la magnitud del problema. 5. Se implemente y registre, en los procedimientos documentados, cualquier cambio que resulte como consecuencia de las acciones correctivas y preventivas. Registros La entidad debe asegurarse que: 6. Se establezcan y mantengan procedimientos para la creacion, identificacion, conservacion y utilizacion de los registros ambientales, incluyendo los de capacitacion y resultados de auditorias. 7. Los registros MORDAZA legibles y facilmente identificables desde el inicio hasta el termino de la actividad, producto o servicio implicado; que MORDAZA archivados, conservados y protegidos contra danos, deterioro o perdida, por un plazo determinado, de forma tal que puedan recuperarse facilmente, y MORDAZA suficientes para demostrar el grado de cumplimiento de los objetivos y metas planificados y/o el desempeno de la gestion ambiental ante revisiones o auditorias. Pudiendo incluir entre otros: a. Informacion sobre la legislacion ambiental aplicable u otros requisitos. b. Registro de quejas. c. Registros de formacion, capacitacion y entrenamiento. d. Informacion sobre procesos.

11. Establecer y mantener actualizados los procedimientos y responsabilidades relativos a la elaboracion y modificacion de los distintos tipos de documentos. Control de la documentacion La entidad debe establecer y mantener procedimientos para el control y seguimiento de los documentos concernientes a la gestion ambiental, para asegurar que: 12. MORDAZA conservados en buenas condiciones, de manera ordenada, archivados por un periodo determinado, y puedan ser facilmente localizados. 13. Puedan ser examinados periodicamente, revisados y aprobados por personal autorizado. 14. Las versiones vigentes de los documentos respectivos esten disponibles en los lugares donde se lleven a cabo operaciones de gestion ambiental. 15. Los documentos obsoletos se retiren oportunamente de los lugares de distribucion y uso, evitando que se haga un uso inadecuado. 16. Los documentos obsoletos que se guarden con fines legales o de conocimientos, MORDAZA adecuada y facilmente identificables. Control operacional La entidad debe identificar aquellas operaciones y actividades que esten asociadas a los aspectos ambientales, conforme a su politica, objetivos y metas, mediante: 17. El establecimiento, mantenimiento y operacion de procedimientos documentados para cubrir situaciones en las que su ausencia podria llevar a desviaciones de la politica, objetivos y metas ambientales. 18. El establecimiento y mantenimiento de procedimientos relacionados con aspectos ambientales identificables en los bienes y servicios utilizados por la entidad, y la comunicacion de los procedimientos y requisitos pertinentes a los proveedores y contratistas. Preparacion y respuesta ante emergencias La entidad debe: 19. Establecer y aplicar procedimientos para identificar y responder ante riesgos potenciales y situaciones de emergencia, y para prevenir y mitigar los impactos ambientales que dichos incidentes ocasionen. 20. Examinar y revisar cuando sea necesario, los procedimientos de preparacion y respuesta ante emergencias.

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