Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2005 (09/04/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 9 de MORDAZA de 2005

las Bases Administrativas en el extremo de exigir en las especificaciones tecnicas que el 90% de los insumos que componen el producto objeto de la convocatoria MORDAZA de origen nacional, conforme a la normatividad vigente y aplicable en materia de contrataciones y adquisiciones del Estado. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General la notificacion de la presente Resolucion al Consejo Superior de Contrataciones y AdquisicionesCONSUCODE, al dia siguiente de declarada la nulidad, conforme a lo estipulado en el Art. 59º del Texto Unico Ordenado de la Ley de contrataciones y Adquisiciones del estado aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General la notificacion de la presente Resolucion a cada adquirente de Bases, a fin que puedan participar en el MORDAZA con el MORDAZA calendario de etapas a convocar, reconociendole el costo primario de la venta de aquellos. Registrese, comuniquese, cumplase y archivase. MORDAZA U. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (E) Despacho de Alcaldia 06899

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA DE CAYMA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO MUNICIPAL Nº 007-2005-MDC
Cayma, 29 de marzo de 2005 VISTO: En sesion de Concejo Extraordinaria Nº 0082005-MDC de fecha 23 de marzo y continuada el 28 de mazo del 2005; CONSIDERANDO: Que, el Comite Especial del Vaso de Leche, al convocar a MORDAZA de Licitacion Publica Nº 001-2005CE/MDC, tiene como postor entre otros a la Empresa DISERLIMA, quien al no encontrarse conforme con el acogimiento de sus observaciones, solicita la elevacion del expediente al CONSUCODE, y de acuerdo al articulo 116º del D.S. Nº 084-2004-PCM, resolvera las observaciones dentro de 10 dias habiles y cuyo MORDAZA de seleccion culminara a fines del mes de MORDAZA, afectando la distribucion mensual correspondiente a los meses de MORDAZA y MORDAZA del ano en curso, incumpliendo la Directiva Nº 010-2004-CG/EI, toda vez que la distribucion del producto debe efectuarse el primer dia habil de cada mes. En consecuencia el Comite Especial de Vaso de Leche solicita la aprobacion de la exoneracion del MORDAZA de seleccion, por la situacion de desabastecimiento Inminente de los insumos para el Programa del Vaso de Leche, toda vez que las actuales normas de Contraloria establecen que el suministro del producto del Vaso de Leche debe tener una distribucion oportuna en forma mensual sin causar perjuicio a los beneficiarios debidamente empadronados; Que, mediante Informes Nº 001-2005-MDC/CEPVL, emitido por el Comite Especial del Vaso de Leche, Informe Nº 029-2005-MDC-DPVL, 030-2005-MDC-DPVL, emitido por el Jefe del Vaso de Leche e Informe Nº 046-2005-MDCGAL emitido por la Gerencia de Asesoria Legal, se sustenta la necesidad tecnica y legal de declarar la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de insumos del Vaso de Leche, toda vez que nos encontramos ante una situacion de desabastecimiento Inminente, y con Informe Nº 033-2005-GPRRE emitido por la Gerencia de Presupuesto, se indica que el presupuesto para el Programa del Vaso de Leche, se asignaran recursos presupuestales adicionales, con la finalidad de no afectar la ejecucion

normal de este programa, tal como se hiciera de conocimiento a traves del Oficio Circular Nº 001-2005-EF/76.15.2 que remite la direccion nacional; Que, conforme al inciso c) del articulo 19º del D.S. Nº 083-2004-PCM que aprueba la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se encuentran exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad conforme a ley, MORDAZA que se aprobara mediante Acuerdo Municipal; Que, el articulo 21º del mismo cuerpo legal, se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, dentro de las causas imprevisibles que sustenta la compra por desabastecimiento: a) imprevisibilidad de elevacion de consultas al CONSUCODE pues DISERLIMA los habria observado con cargo a esta entidad, a pesar que dichas observaciones habrian sido absueltas en su oportunidad. b) Es extraordinaria, pues mientras el CONSUCODE califique esta solicitud se suscitara un problema respecto a la distribucion regular de los insumos lacteos y cereales de este programa. c) Las partidas presupuestales no habrian sido establecidas con anticipacion, por tal motivo, las "partidas adicionales" posteriormente fueron determinadas para establecer los montos exactos para la verdadera distribucion y ante un "recorte" de estos presupuestos, se relaciona con la aprobacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones; Que, ante estos hechos, es necesario declarar la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de insumos del Vaso de Leche para los meses de MORDAZA y MORDAZA hasta por la suma de S/. 96,028.00 (noventa y seis mil veintiocho nuevos soles y 00/100 centimos), encargando su compra a la oficina de abastecimiento, asi como tambien delegar el presente expediente a la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios para que de acuerdo a sus atribuciones se pronuncie conforme a ley; sin perjuicio de comunicar de tales hechos a la Contraloria General de la Republica; Que, los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, teniendo en cuenta estas consideraciones, haciendo uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, estando a los D.S. Nº 083-2004-PCM y D.S. Nº 084-2004-PCM, con el MORDAZA mayoritario del Pleno del Concejo con la abstencion del MORDAZA del senor regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el Concejo Municipal con dispensa de la lectura del acta; ACORDO: Primero.- Exonerar del MORDAZA de seleccion para los meses de MORDAZA y MORDAZA de la adquisicion de insumos del Programa del Vaso de Leche, hasta por la suma de S/. 96,028.00 (noventa y seis mil veintiocho nuevos soles), encargando su compra a la oficina de abastecimiento. Segundo.- Disponer el inicio de las acciones correspondientes, derivando los actuados a la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios y se pronuncie conforme a sus atribuciones en la brevedad posible. Tercero.- Disponer que todos estos hechos y antecedentes se ponga de conocimiento de la Contraloria General de la Republica. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NUNEZ MORDAZA 06923

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