Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (09/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 62

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G30/G34/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 9 de abril de 2005 Artículo Cuarto.- Aceptar la Redención en Dinero del Déficit de los Aportes Reglamentarios correspondientes a Recreación Pública con un área de 148.37 m.2, Ministerio de Educación con un área de 75.00 m.2, ubicándolo paraefectos de tasación con frente a la vía de mayor valor Arancelario. Debiendo quedar el Lote 17 de la Manzana D, en garantía hasta que se dé cumplimiento a la entregade los Aportes Reglamentarios, debiendo ser cancelados antes de la Recepción de las Obras. Artículo Quinto.- Transcribir la presente Resolución a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su Ratificación. Artículo Sexto.- Disponer la Publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano a cargo de losinteresados, debiendo efectuarse en el plazo de 30 días contados a partir de la fecha de su notificación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDUARDO VALDIVIA ZÚÑIGA Director de Obras y Desarrollo Urbano 06932 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G64/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G53/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G73/G61/G62/G61/G73/G74/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G49/G6E/G6D/G69/G2D/G6E/G65/G6E/G74/G65/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 ACUERDO DE CONCEJO Nº 016-2005-MDPP Puente Piedra, 7 de marzo de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA VISTOS: En la Sesión Ordinaria de Concejo del 7 de marzo 2005, el Informe Nº 040-05-PAVL/MDPP de la Jefadel Programa del Vaso de Leche, y el Informe Nº 049- 2005-GAJ/MDPP de la Oficina de Asesoría Jurídica, sobre Desabastecimiento Inminente de Insumos del Programadel Vaso de Leche, de la Municipalidad de Puente Piedra; CONSIDERANDO: Que, en la Sesión Ordinaria de Concejo del 7 de marzo 2005, se puso a conocimiento del Pleno del Concejo elInforme Nº 040-05-PAVL/MDPP de la Jefa del Programa del Vaso de Leche, y el Informe Nº 049-2005-GAJ/MDPP de la Oficina de Asesoría Jurídica, sobre Desabastecimien-to Inminente de Insumos del Programa del Vaso de Leche, de la Municipalidad de Puente Piedra; Que, con Resolución de Alcaldía Nº 005-2005-MDPP del 7-1-2005 se procedió a designar al Comité Especial de la Municipalidad de Puente Piedra encargado de llevar a cabo el proceso de adquisición de insumos de Cereal En-riquecido (Quinua, Kiwicha y Avena) del Programa del Vaso de Leche del distrito de Puente Piedra para el año 2005; Que, con Resolución de Gerencia Municipal Nº 05-2005- MDPP del 25-1-2005 se aprobó las Bases Administrativas para la Licitación Pública Nº 001/2005-CE/MDPP “Adquisi- ción de Insumos para el Programa del Vaso de Leche” dela Municipalidad de Puente Piedra; Que, de acuerdo al calendario aprobado en las Bases Administrativas, el 25-1-2005 se convoca al proceso deselección sub materia, del 26-1-2005 al 17-2-2005 el Re- gistro de Participantes, del 26-1-05 al 2-2-05, Presentación de Consultas, el 7-2-2005 la Absolución de Consultas, del8-2-05 al 10-2-05, la Formulación de Observaciones y del 14-2-05 la Absolución de Observaciones; Que, Expediente Nº 03267 de fecha 17-2-2005, el pos- tor Nutrial S.A.C., de conformidad con el artículo 116º del D.S. Nº 084-2004-PCM - Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, solicita se eleven lasobservaciones la CONSUCODE, debido a que sus obser- vaciones no fueron acogidas por el Comité Especial, por lo que dicho colegiado procedió a elevarlas;Que, la Jefa del Programa del Vaso de Leche de esta Entidad señala que como consecuencia de haber sido observado el proceso de Licitación Pública Nº 001/2005- CE/MDPP para la Adquisición de Quinua Avena Kiwichaprecocida enriquecida, por uno de los postores, resulta evidente que el CONSUCODE tomará el tiempo de Ley para pronunciarse, lo mismo que el Comité Especial paracontinuar con el procedimiento, por lo que comunica que el stock que existe en el almacén del Programa del Vaso de Leche, esta garantizado hasta el 13/3/2005, advirtiendoque a partir de esta fecha el programa se verá afectado por un inminente desabastecimiento; Que, de acuerdo a lo vertido por la Jefa del Programa del Vaso de Leche, se estaría ante un peligro inminente de continuidad de prestación de ayuda social que afectaría directamente a la población materno-infantil, madres ges-tantes y en período de lactancia con derecho a la provisión diaria por parte del Estado, siendo de aplicación lo norma- do en el literal c) del Artículo 19º del Texto Único Ordenadode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM del 29/11/2004 que establece que se encuentran exone-rados de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen en Situación de emergen- cia o de desabastecimiento inminente declaradas de con-formidad con la presente Ley; Que, el artículo 21º del Texto Único acotado, establece que se considera situación de desabastecimiento inminen-te aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compro- mete en forma directa e inminente la continuidad de lasfunciones, servicios, actividades u operaciones producti- vas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o con-tratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que co-rresponda; Que, el Artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo Nº 084-2004-PCM de fecha 29/11/2004 establece que la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientosinmediatos; Que, la normativa descrita en los puntos anteriores, establece que cuando el desabastecimiento se fuera aproducir o se haya producido como consecuencia del obrar negligente de la propia entidad, es decir, cuando sea im- putable a la inacción o demora en el accionar del servidorpúblico que omitió adoptar las acciones pertinentes con el fin de asegurar la provisión de un bien o la continuidad de un servicio esencial, en la Resolución o Acuerdo exonera-torio, bajo sanción de nulidad, deberá disponerse el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de las res- ponsabilidades administrativas, civiles y/o penales de losfuncionarios o servidores públicos involucrados, siendo ello así, se debe disponer que se remitan copias certificadas de lo actuado al Órgano de Control Interno de esta Munici-palidad, a fin de que establezca las responsabilidades de los servidores y/o funcionarios que participaron en el pro- ceso sub examine, que originaron la situación de exonera-ción solicitada; Que, respecto al procedimiento para las adquisiciones y contrataciones exoneradas, el artículo 148º del Regla-mento señala que la Entidad efectuará las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inme- diatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya pro-puesta cumpla con las características y condiciones esta- blecidas en las Bases, la misma que podrá ser obtenida, por cualquier medio de comunicación, incluyendo el facsí-mil y el correo electrónico; así mismo la exoneración se circunscribe a la omisión del proceso de selección, por lo que los contratos que se celebren como consecuencia deaquella deberán cumplir con los respectivos requisitos, con- diciones, formalidades, exigencias y garantías que se apli- carían de haberse llevado a cabo el proceso de seleccióncorrespondiente; Que, de lo actuado administrativo se esta acreditan- do el estado de necesidad, por lo que se podría proce-der a la exoneración del proceso de selección sub-exa- mine el cual debe ser aprobado mediante Acuerdo de Concejo, sustentado mediante el documento b) de lareferencia y el presente informe y serán publicados en el Diario Oficial El Peruano, así mismo una copia del Acuer- do de Concejo y el informe que lo sustenta deben remi-