Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2005 (12/04/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

Pag. 290690

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 12 de MORDAZA de 2005

Que, estando a lo prescrito por el Art. 19º del D.S. Nº 083-2004-PCM Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el mismo que senala en el literal d): que se encuentran exoneradas de los Procesos de Seleccion las Adquisiciones y Contrataciones que se realicen, en situacion de emergencia o desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley. Que, los articulos 146º,147º y 148º del D.S. Nº 0842004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establecen el procedimiento de exoneracion, el mismo que debe cumplirse en el presente caso. En uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972 y con la dispensa del tramite de aprobacion y lectura del acta y el MORDAZA UNANIME del pleno del Concejo Municipal. ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR la exoneracion del MORDAZA de Licitacion para la Adquisicion de Insumos del Programa del Vaso de Leche por desabastecimiento inminente en la atencion del mismo por un periodo de 45 dias calendario y/o en tanto dure el MORDAZA de Licitacion Publica hasta el otorgamiento de la Buena Pro, considerando un valor unitario de S/. 1.60 y S/. 4.00 incluido los impuestos de Ley para la Leche Entera Evaporada y el MORDAZA Enriquecido (Hojuela de Quinua, MORDAZA y Kiwicha) respectivamente, determinandose el valor referencial de S/. 113,185.60 aproximadamente, teniendo como fuente de financiamiento 17 "Recursos Ordinarios para Gobiernos Locales". Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Administracion para que adopte las acciones necesarias para garantizar la atencion de dicho programa de acuerdo a la normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- Poner en conocimiento del presente acuerdo al Programa del Vaso de Leche y a la Contraloria General de la Republica. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 07071

con la participacion de la poblacion y rinden cuanta de su ejecucion, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, el articulo 73° numeral 5 de la misma Ley, senala que las municipalidades asumen competencias y ejercen las funciones especificas en materia de participacion vecinal, debiendo promover, apoyar y reglamentar la participacion vecinal en el desarrollo local, y organizar los registros de organizaciones sociales y vecinales de su circunscripcion; Que, la Municipalidad Distrital de Comas, en la busqueda de la eficiencia y eficacia en la Gestion Local y, en la necesidad de establecer la Participacion Ciudadana como mecanismo valido para mejorar la MORDAZA de servicios publicos locales y asumir el rol de promotor del desarrollo local integral, considera mantener y afianzar el MORDAZA de planificacion que se viene dando en el distrito; Que, habiendose aprobado mediante el documento referido en el exordio de la presente Ordenanza la propuesta de modificacion del MORDAZA Normativo del MORDAZA de Programacion, Participacion y Concertacion para la formulacion del Presupuesto Participativo para el distrito de Comas, aprobado mediante Ordenanza Nº 120-C/MC, que regula el y, siendo necesario efectuar algunas modificaciones a la misma, resulta pertinente aprobar la propuesta presentada por el Consejo de Coordinacion Distrital Local de Comas; Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Municipalidades; el Pleno Concejo por UNANIMIDAD aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Modificar el numeral 3 del Articulo 3° y el Inc. i) del Articulo 7° del MORDAZA Normativo que regula el MORDAZA de Programacion, Participacion y Concertacion para la Formulacion del Presupuesto Participativo del Distrito de Comas por los textos siguientes: "Articulo 3° PRINCIPIOS Los principios rectores del Presupuesto Participativo, establecidos en la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo 28056 asumidos para el distrito de Comas son: 3. Igualdad.- Las organizaciones de la sociedad tienen las mismas oportunidades para intervenir y participar sin discriminaciones de caracter politico, ideologico, religioso, racial, genero o de otra naturaleza, en los procesos de Planificacion y Presupuesto Participativo. Articulo 7° EQUIPO TECNICO Aprobar la conformacion del Equipo Tecnico del MORDAZA de Presupuesto Participativo, integrado por: i) y dos profesionales con experiencia en Planificacion y Presupuesto, que hayan sido seleccionados por el Consejo de Coordinacion Local Distrital, a propuesta de los representantes de la Sociedad Civil del mismo Consejo de Coordinacion Local Distrital. Articulo Segundo.- Modificar el Articulo 19° del MORDAZA Normativo que regula el MORDAZA de Programacion, Participacion y Concertacion para la Formulacion del Presupuesto Participativo del distrito de Comas por el texto siguiente: Articulo 19° REGLAMENTO Y ELECCION DEL COMITE DE VIGILANCIA. El Reglamento de elecciones de los miembros del Comite de Vigilancia , se aprobara, en el Primer Taller del Presupuesto Participativo y mediante la Resolucion de Alcaldia. La eleccion de los miembros del Comite de Vigilancia se realizara en el ultimo Taller del Presupuesto Participativo conforme lo establecido en el reglamento. Articulo Tercero.- Dispensar la presente Ordenanza de la lectura y aprobacion de Actas para su entrada en vigencia. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 07107

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Modifican MORDAZA Normativo que regula el MORDAZA de Programacion, Participacion y Concertacion para la Formulacion del Presupuesto Participativo del distrito
ORDENANZA Nº 149-C/MC Comas, 8 de MORDAZA de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 8 de MORDAZA del 2005, el Acuerdo de Consejo N° 001-2005CCLD/MC del Consejo de Coordinacion Distrital Local de Comas, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 2, numeral 17 de la Constitucion Politica del Estado concordante con la Ley Organica de Municipalidades y demas normas conexas establece la participacion individual o colectiva de los ciudadanos en la MORDAZA politica, economica, social y cultural de la nacion abriendo mas espacios de participacion a la Sociedad Civil en la toma de decisiones para fortalecer el desarrollo local integral. Que, los articulos 197° y 199° de la Constitucion Politica del Peru, modificada mediante Ley N° 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.