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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (12/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 17

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G30/G36/G37/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 12 de abril de 2005 empeñadas por un miembro titular del Pleno, siguiendo el orden establecido en el artículo 10º de su Ley OrgánicaNº 26486; De conformidad con el inciso k) del artículo 15 de la Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004,Nº 28128, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que regulan la autorización de viajes al exteriorde servidores y funcionarios públicos que ocasionen gastoal Estado; El Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de las facultades que le otorga el artículo 21º delReglamento de Organización y Funciones aprobado por laResolución Nº 658-2002-JNE; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar, entre el 12 y el 15 de abril del presente año, el viaje del señor doctor Enrique JavierMendoza Ramírez, Presidente del Jurado Nacional de Elec-ciones; del señor doctor Carlos Vela Marquillo, Miembro delPleno del Jurado Nacional de Elecciones y del señor doc-tor José Alfredo Pérez Duharte, Jefe de la Oficina deCooperación Técnica Internacional del Jurado Nacional deElecciones, a fin de que participen en la Quinta Reunióndel Consejo Electoral Andino, a llevarse a cabo en Cara-cas. Artículo Segundo.- Encargar la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones al señor doctor Gastón Soto Valle-nas, mientras dure la ausencia del Titular. Artículo Tercero.- Dentro de los 15 días calendario siguientes de efectuado el viaje, el señor doctor EnriqueJavier Mendoza Ramírez, Presidente del Jurado Nacionalde Elecciones, el señor doctor Carlos Vela Marquillo, Miem-bro del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones y el señordoctor José Alfredo Pérez Duharte, Jefe de la Oficina deCooperación Técnica Internacional, deberán presentar uninforme detallado describiendo las acciones realizadas ylos resultados obtenidos en el viaje. Artículo Cuarto.- El Jurado Nacional de Elecciones sufragará los gastos señalados a continuación, correspon-dientes al viaje mencionado en el primer artículo: Descripción Dr. Enrique Javier Dr. Carlos Dr. José Alfredo Mendoza Ramírez Vela Marquilló Pérez Duharte Pasaje ida y vuelta S/. 2,455.11 S/. 2,455.11 S/. 2,455.11 Impuesto de S/. 93.20 S/. 93.20 S/ 93.20 Aeropuertos Artículo Quinto.- La presente Resolución no da dere- cho a exoneración ni liberación de impuestos aduanerosde ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ PresidenteJurado Nacional de Elecciones 07088 MINISTERIO PÚBLICO /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G70/G65/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/GED/G61/G73 /G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G44/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G72/G72/G75/G70/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G63/G61/G73/G6F/G73/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G2D/G76/G6F/G73/G20/G61/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G63/G6F/G6D/G65/G74/G69/G64/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 774-2005-MP-FN Lima, 8 de abril de 2005 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1065-2004-MP-FN, de fecha 27 de julio de 2004, seprecisó la competencia de las Fiscalías Especializadas enDelitos de Corrupción de Funcionarios, creadas por Reso-lución de la Fiscalía de la Nación Nº 020-2000-MP-FN; Que, la competencia de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios abarca la investi-gación de delitos que en algunos casos resultan ser de conocimiento de Juzgados Penales de competencia co-mún, lo cual viene ocasionando que se superpongan lasdiligencias que deben atender en los Juzgados especialesy en los Juzgados comunes; Que, es necesario homologar la competencia de los Juzgados y Fiscalías especializadas para que conozcande los mismos delitos; En ejercicio de la atribución prevista en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del MinisterioPúblico; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dispóngase que las Fiscalías Espe- cializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios crea-das por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 020-2000-MP-FN y determinada su competencia por Resolucio-nes de la Fiscalía de la Nación Nº 053-2000-MP-FN,Nº 141-2000-MP-FN y Nº 988-2002-MP-FN, dentro delámbito de su competencia territorial, se avoquen ademásal conocimiento de las denuncias y procesos penales pordelitos contra la Administración Pública previstos en lasSecciones II (Concusión), III (Peculado) y IV (Corrupciónde Funcionarios) del Capítulo II, Delitos cometidos por Fun-cionarios Públicos, Libro Segundo de la Parte Especial delCódigo Penal, en el caso que se perpetren por una plura-lidad de personas y siempre que el órgano público afecta-do o al que pertenece el imputado tenga carácter nacional,así como de los delitos conexos a los anteriormente señala-dos, incluso si tienen prevista una pena superior. Artículo Segundo.- Déjese sin efecto o entiéndanse modificadas en su caso, todas las Resoluciones de la Fis-calía de la Nación que se opongan a lo dispuesto en lapresente. Artículo Tercero.- Dispóngase que las investigaciones preliminares en trámite, no comprendidas en lo dispuestoen el artículo primero de la presente resolución, deberánser remitidas a la Mesa de Partes Única de las FiscalíasProvinciales en lo Penal de Lima, para que se proceda asu distribución aleatoria. En el caso de procesos pena-les en trámite, corresponderá avocarse a su conocimien-to al Fiscal homólogo del Juzgado o Sala Penal corres-pondiente, salvo que exista acusación, en cuyo casocorresponderá al Fiscal que la ha formulado, culminar elproceso. Artículo Cuarto.- Póngase la presente resolución en conocimiento del Presidente del Poder Judicial, Presidentede la Corte Superior de Justicia de Lima, Fiscales Superio-res Decanos a nivel nacional, Fiscal Superior Coordinadorde las Fiscalías Especializadas, Fiscales Superiores y Fis-cales Especializados en Delitos de Corrupción de Funcio-narios y Gerencia de Registro de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 07080 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 SUNARP /G50/G72/G6F/G63/G6C/G61/G6D/G61/G6E/G20/G61/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G6D/G65/G6A/G6F/G72/G65/G73/G20/G74/G72/G61/G2D /G62/G61/G6A/G6F/G73/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G4A/G75/G72/G61/G64/G6F/G43/G61/G6C/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G22/G50/G72/G65/G6D/G69/G6F/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73/G53/G75/G6E/G61/G72/G70/G22 RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 104-2005-SUNARP/SN Lima, 5 de abril de 2005 CONSIDERANDO: Que, conforme Resolución Nº 458-2002-SUNARP/SN, de fecha 11 de octubre de 2002, se instituyó el "Premio alDesarrollo de los Valores Registrales"; Que, es política de la SUNARP la promoción del desa- rrollo de una cultura de valores entre el personal de la