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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (15/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 28

PÆg. 290838 NORMAS LEGALES Lima, viernes 15 de abril de 2005 de la Producción para la elaboración de conservas, con- gelado o curados; Que, mediante el escrito del visto, don VICTOR PEREZ HERNANDEZ, en representación de la Compa- ñía MANACRIPEX MANABITA DE CRIA, PESCA Y EX- PORTACION CIA. LTDA., solicita permiso de pesca paraoperar la embarcación pesquera de bandera ecuatoria-na denominada “SOUTHERN QUEEN”, en la extraccióndel recurso hidrobiológico atún, dentro de aguas juris-diccionales peruanas con destino al consumo humano directo, por el término de tres (3) meses; Que de la evaluación efectuada al expediente se ha verificado que el recurrente ha suscrito Convenio deAbastecimiento para destinar el producto de la extrac-ción a un establecimiento industrial pesquero con licen-cia otorgada por el Ministerio de la Producción, para desarrollar las actividades de procesamiento de conge- lados y enlatado de productos hidrobiológicos, según lodispuesto en el numeral 7.5 del artículo 7º del Reglamen-to de Ordenamiento Pesquero del Atún, aprobado porDecreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE, y asimismoha cumplido con presentar los requisitos procedimenta- les y sustantivos exigidos por la normatividad pesquera vigente, por lo que deviene procedente otorgar el permi-so de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección Nacional de Extracción y Pro-cesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción mediante Informe Nº 060-2005-PRODUCE/DNEPP-Dch, y con la opinión favorable de la Oficina General de Ase-soría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y su Reglamento, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Regla- mento de Ordenamiento Pesquero del Atún, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE; el pro-cedimiento Nº 8 del Texto Único de Procedimientos Ad-ministrativos del Ministerio de Pesquería (actualmenteMinisterio de la Producción) aprobado por Decreto Su-premo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por elliteral c) del artículo 21º del Reglamento de Organizacióny Funciones del Ministerio de la Producción, aprobadopor Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a don VICTOR PEREZ HERNANDEZ, representante legal en el Perú de la Com-pañía MANACRIPEX MANABITA DE CRIA, PESCA Y EXPORTACION CIA. LTDA., permiso de pesca para operar la embarcación pesquera cerquera de banderaecuatoriana que a continuación se detalla, en la extrac-ción del recurso hidrobiológico atún, en aguas jurisdic-cionales peruanas fuera de las diez (10) millas de lacosta, con destino al consumo humano directo, por un plazo determinado de tres (3) meses contados a partir de la fecha de la entrada en vigencia de la presenteResolución Directoral. NOMBRE DE LA MATRÍCULA ARQUEO CAPACIDAD TAMAÑO SISTEMA DE EMBARCACIÓN NETO BODEGA MALLA PRESER- VACIÓN SOUTHERN P-04-0408 48.33 196.57 m3 (4 pulg) R.S.W. QUEEN Artículo 2º .- El permiso de pesca a que se refiere el artículo 1º de la presente resolución caducará automá-ticamente al vencer el plazo establecido en el citado artículo, por incumplimiento de los pagos por concepto de derecho de explotación o por el cumplimiento de lacuota de esfuerzo pesquero que fije el Ministerio de laProducción para la temporada de pesca. El permiso depesca otorgado a través de la presente resolución po-drá ser renovado automáticamente por un período igual, conforme a lo establecido por el numeral 7.3 del artícu- lo 7º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero delAtún, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE, y siempre que se mantenga la vigencia delos requisitos presentados para la obtención del permi-so de pesca. Artículo 3º.- Las operaciones que se autorizan a través de la presente resolución, están sujetas a lasdisposiciones establecidas en el Reglamento de Orde- namiento Pesquero del Atún, aprobado por Decreto Su-premo Nº 032-2003-PRODUCE, así como a las normassobre sanidad y medio ambiente; y demás que le sean aplicables. Artículo 4º .- El inicio de las operaciones de pesca de la embarcación pesquera a que se refiere el artículo1º de la presente Resolución Directoral, está condicio-nado a llevar a bordo a un Técnico Científico de Investi-gación (TCI) del IMARPE, conforme a lo establecido en el numeral 9.1 del artículo 9º del Reglamento de Ordena- miento Pesquero del Atún, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 032-2003-PRODUCE. Asimismo, supeditado a laInspección Técnica a bordo de la embarcación que efec-túe la Dirección Nacional de Extracción y Procesamien-to Pesquero del Ministerio de la Producción. Artículo 5º.- De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 70º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE que apruebael Reglamento de la Ley General de Pesca, la embarca-ción pesquera a que se refiere el artículo 1º de la pre-sente Resolución Directoral, deberá contratar como mí-nimo un treinta por ciento (30%) de tripulantes perua- nos, sujetándose al cumplimiento de las disposiciones que les fueran aplicables conforme a la legislación na-cional. Artículo 6º .- El armador de la embarcación pesque- ra “SOUTHERN QUEEN” o su representante, deberánefectuar las acciones necesarias a fin de que descar- gue el producto de la pesca en el establecimiento indus- trial respectivo, de acuerdo al Convenio de Abasteci-miento suscrito. Artículo 7º.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Directoral, será causal de caduci-dad del permiso de pesca o de la aplicación de las san- ciones que pudieran corresponder, según sea el caso, de conformidad con las disposiciones establecidas en elDecreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca y su Re-glamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE. Artículo 8º .- La Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia, del Ministerio de la Producción, efec- tuará las acciones correspondientes a efecto de vigilarel cumplimiento del derecho administrativo otorgado através de la presente Resolución Directoral, debiendoinformar a la Dirección Nacional de Extracción y Proce-samiento Pesquero del Ministerio de la Producción, para las acciones a que haya lugar. Artículo 9º .- La Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a solicitud dela Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilan-cia del Ministerio de la Producción, impedirá que la em-barcación a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución Directoral abandone aguas jurisdiccionales peruanas si al finalizar el plazo de vigencia de su permi-so de pesca, registrara alguna obligación pendiente frenteal Ministerio de la Producción derivada de las obligacio-nes de pesca autorizada por la presente Resolución Di-rectoral. Artículo 10º.- Transcribir la presente Resolución Di- rectoral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Controly Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direc-ciones Regionales Sectoriales de la Producción del lito-ral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacos-tas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO RICHTER BENDEZU Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero (e) 07267 Renuevan autorización de incremento de capacidad instalada de planta deharina de pescado ubicada en la provin-cia de Huarmey RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 072-2005-PRODUCE/DNEPP Lima, 14 de marzo del 2005