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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (15/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 23

PÆg. 290833 NORMAS LEGALES Lima, viernes 15 de abril de 2005 e. Los estudiantes que, por razones de viaje u otros motivos excepcionales, no puedan rendir la evaluaciónde recuperación en su Institución Educativa de origen,podrán realizarlo en otra Institución Educativa. Para este efecto, se deberá contar obligatoriamente, con la autori- zación expedida por el Director de la Institución Educa-tiva de origen. 5.10 Del adelanto y postergación de evaluacio- nes de la EBR 5.10.1 El Director de la Institución Educativa tiene la facultad para autorizar el adelanto o postergación de lasevaluaciones, previa solicitud de padres de familia o apo-derados con documentos probatorios, en los casos queel estudiante acredite: enfermedad prolongada, acciden- te, cambio de residencia al extranjero o viaje en delega- ción oficial. En el caso de cambio de residencia al ex-tranjero se podrá adelantar o postergar las evaluacio-nes del último período, sólo si se tiene calificativos en losperíodos anteriores. 5.10.2 Los resultados de estas evaluaciones se in- cluyen en el Acta consolidada de evaluación del estu- diante a fin de año y se certifican normalmente. 5.11 De las exoneraciones5.11.1 La exoneración del área procede para el área de Educación Religiosa, sólo en caso que el padre de familia o apoderado lo solicite por escrito, al momento dela matrícula o ratificación de matrícula, por tener unaconfesión religiosa diferente a la católica o ninguna. Noes procedente evaluar al estudiante si ha sido exonera-do. La exoneración del área es autorizada por Resolu- ción Directoral expedida por el Director de la IIEE, infor- mación que será remitida a la UGEL para llevar un con-solidado sobre esta situación. 5.11.2 En todos los documentos oficiales de evalua- ción se anota la siguiente expresión: EXONERADO parael caso descrito en el numeral anterior. 5.11.3 En el área de Educación Física, sólo se pro- cederá a la exoneración del estudiante en la parte prác-tica por motivos de salud, para lo cual el Director debeexpedir la Resolución Directoral respectiva. 5.12 De la convalidación de estudios 5.12.1 La convalidación de estudios procede para los estudiantes que hubieran realizado estudios en elextranjero. La convalidación la autoriza el Director de laInstitución Educativa mediante una Resolución Directo-ral. 5.12.2 El proceso de convalidación consiste en el reconocimiento automático, por equivalencia, de los es-tudios aprobados que se acrediten mediante los corres-pondientes certificados. En los casos en los que el estu-diante procede de un país que pertenece al ConvenioAndrés Bello o a algún otro convenio bilateral, se aplica- rán las tablas de equivalencias y condiciones vigentes. 5.12.3 En caso que los estudiantes provengan de paí- ses con los cuales no hay convenio, la convalidación serealiza grado a grado, comparando los grados de la Edu-cación Primaria o Educación Secundaria con los certifica-dos que presente el interesado. Procede la evaluación de subsanación en el caso de las áreas no equivalentes. 5.12.4 La convalidación en todos los casos se reali- za en la Institución Educativa donde se solicita lamatrícula mediante solicitud del interesado al Director.Deberá adjuntarse los certificados correspondientes de-bidamente legalizados por el Ministerio de Educación y el de Relaciones Exteriores del país de origen. En caso de certificados en idioma distinto al castellano, se adjun-tará a los mismos la traducción visada por el Consuladoo Embajada del país donde se expidieron. 5.12.5 La convalidación se tramita, preferentemente, un mes antes de iniciar el año escolar. En caso de no haberse concluido con el trámite en dicho mes, el Direc- tor de la Institución Educativa autoriza la matrícula con-dicional del estudiante, la misma que se formalizará alfinalizar el trámite. 5.13 De la convalidación de estudios indepen- dientes 5.13.1 La convalidación de estudios independientes procede para los estudiantes que lo soliciten cuandohan realizado sus estudios sin asistir a una Institución Educativa. Para tal efecto, estos estudiantes se inscri-ben en una Institución Educativa autorizada por la Uni-dad de Gestión Educativa Local correspondiente (UGEL). 5.13.2 Para proceder a la inscripción el interesado presentará, además de la solicitud, los siguientes docu-mentos: Certificado de Estudios del último grado apro-bado y la partida de nacimiento. De no contar con elcertificado de estudios o no haber iniciado su escolari-dad, se aplica una evaluación de ubicación. 5.13.3 Para efectos de la aplicación de la Evaluación de Estudios Independientes el Director de la InstituciónEducativa autorizada organiza con los docentes una Co- misión de Estudios Independientes que planifica y ejecu-ta dicha evaluación, elabora las actas finales y evalúa einforma sobre el proceso ejecutado. Esta comisión es aprobada por Resolución Directoral de la Institución Edu- cativa. 5.13.4 Ningún docente integrante de esta Comisión podrá realizar acciones de preparación académica a losestudiantes que se acojan a estos servicios. 5.13.5 La comisión evaluará al estudiante durante el proceso de convalidación para emitir la calificación co- rrespondiente. Los resultados emitidos por la Comisiónson aprobados por Resolución Directoral de la Institu-ción Educativa y se incluyen en un acta independientede las utilizadas para los estudios regulares. En dichaActa se hará la anotación, en el rubro observaciones: EVALUACIÓN DE ESTUDIOS INDEPENDIENTES, indi- cando el número de la Resolución Directoral que lo auto-riza. Estos resultados también son sujetos de Certifica-ción Oficial. En los certificados también se consignará,en la parte de observaciones, la misma Resolución Di-rectoral. 5.13.6 En el caso de reconocimiento de estudios in- dependientes también procede la exoneración en el áreade Educación Religiosa. 5.14 De las pruebas de revalidación 5.14.1 La revalidación de estudios procederá para aquellos estudiantes cuyos estudios realizados no guar-dan correspondencia con el plan de estudios vigente. Enestos casos, los estudiantes solicitarán por escrito a laInstitución Educativa la revalidación correspondiente. 5.14.2 Para efecto de la revalidación, el Director de la Institución Educativa organizará una comisión de revali- dación que se encargará de realizar la evaluación a cadaestudiante. 5.14.3 Ningún docente integrante de esta Comisión podrá realizar acciones de preparación académica a losestudiantes que se acojan a estos servicios. 5.15. De la evaluación de ubicación 5.15.1 La evaluación de ubicación es un proceso que se utiliza para determinar el grado de estudios en quedebe matricularse el estudiante que no se incorporó opor- tunamente al sistema escolarizado, siempre que tenga siete o más años de edad. También se aplica para quie-nes interrumpieron sus estudios por más de un año lec-tivo y desean reiniciar sus estudios. Los interesados enestos servicios presentan una solicitud dirigida al Direc-tor de la Institución Educativa, adjuntando la partida de nacimiento. 5.15.2 La evaluación a la que se refiere el numeral anterior se realiza en la misma Institución Educativa enla que se solicita la matrícula. Dicha inscripción se reali-za preferentemente un mes antes de inicio del año esco-lar, aunque atendiendo a las necesidades de los estu- diantes puede realizarse en otras épocas del año. 5.15.3 La evaluación de ubicación se realizará me- diante evaluaciones, utilizando procedimientos e instru-mentos que permitan verificar con rigurosidad los apren-dizajes que se requieren como prerequisitos para suubicación en un determinado grado. La asistencia del estudiante a esta evaluación es obligatoria. 5.15.4 La evaluación de ubicación se realizará de acuerdo con la edad, conforme se describe en el si-guiente cuadro: Edad Grados que se evalúan Educación Primaria 7 años Primer Grado 8 años Segundo grado