Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2005 (15/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 15 de MORDAZA de 2005

Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 185-2003MTC/03 se otorgo a la empresa MACTEL DIGITAL S.A.C., concesion para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en todo el territorio de la Republica del Peru, habiendose suscrito el respectivo contrato el 21 de MORDAZA del 2003; Que, mediante escrito con Registro P/D Nº 031176, la mencionada empresa solicita prorroga del contrato de concesion, manifestando como motivos de fuerza mayor la firma del contrato de interconexion; Que, previo a la evaluacion de la prorroga solicitada por la empresa MACTEL DIGITAL S.A.C., es necesario determinar si esta cumplio o no con instalar su red MORDAZA del vencimiento del plazo otorgado para el inicio de la prestacion del servicio concedido, toda vez que el servicio otorgado requiere tener instalada su red previo al inicio de sus operaciones; Que, el numeral 6.01 de la clausula sexta del contrato de concesion suscrito con la empresa MACTEL DIGITAL S.A.C., establece la obligacion de iniciar la prestacion del servicio concedido en el plazo MORDAZA de doce (12) meses, caso contrario la concesion quedaria automaticamente sin efecto; Que, los articulos 141º y 142º del TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, senalan que en el contrato de concesion se establecera en forma especifica el plazo para que el concesionario inicie la prestacion del servicio de acuerdo a lo establecido en su contrato de concesion y de no iniciar la prestacion del mismo en dicho plazo, se producira de pleno derecho la resolucion del contrato de concesion; Que, el articulo 144º del mencionado TUO del Reglamento General establece que el contrato de concesion se resuelve entre otros, por incumplimiento del plazo pactado para iniciar la prestacion del servicio; Que, la Direccion General de Control y Supervision de Telecomunicaciones, mediante Informes Nºs. 4272004-MTC/18.01.1, 35652004-MTC/18.01.2 y 019-2005MTC/18.01.1, concluye que la empresa MACTEL DIGITAL S.A.C. no ha iniciado operaciones para la prestacion de los servicios concedidos por este Ministerio; asimismo, que no cuenta con capacidad instalada y equipamiento para prestar dichos servicios; Que, mediante Informe Nº 092-2005-MTC/17.01.ssp., la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones de la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones, concluye que la empresa MACTEL DIGITAL S.A.C. no cumplio con iniciar la prestacion de los servicios concedidos en el plazo establecido en el contrato de concesion debido a que no contaba con capacidad instalada y equipamiento para su prestacion; en consecuencia, el contrato de concesion ha quedado resuelto de pleno derecho; asimismo, que la solicitud de prorroga del plazo para iniciar la prestacion del servicio deviene en improcedente; Que, en consecuencia debe dictarse el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0272004-MTC con su modificatoria, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0412002-MTC; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar resuelto el contrato de concesion suscrito con la empresa MACTEL DIGITAL S.A.C. para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en la Republica del Peru, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 185-2003-MTC/03 asi como cualquier otra resolucion vinculada a la prestacion de dichos servicios, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de prorroga del plazo para iniciar la prestacion de los servi-

cios concedidos presentada por la empresa MACTEL DIGITAL S.A.C., por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 07277

Aprueban tasacion comercial elaborada por el CONATA de predio afectado por obras de mejoramiento vial de la Carretera MORDAZA -Tingo MORDAZA Pucallpa
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 214-2005-MTC/02
MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2005 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Memorandum Nº 402-2005-MTC/ 20-GEP del Gerente de Estudios y Proyectos del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA ha realizado la valuacion comercial del predio de propiedad de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Hanny MORDAZA MORDAZA, afectados por la ejecucion de la Obra: "Mejoramiento Vial de la Carretera MORDAZA - Tingo MORDAZA - Pucallpa, Sector: Tingo MORDAZA Pucallpa, Tramo Aguaytia - San Alejandro", ubicado en el distrito y provincia Padre MORDAZA, departamento de Ucayali; Que, de acuerdo a la valuacion comercial efectuada por el Consejo Nacional de Tasaciones CONATA, el monto total por valorizacion comercial del predio de propiedad de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Hanny MORDAZA MORDAZA asciende a la suma de US$ 24,610.00; Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27628 establece que el valor de tasacion para la adquisicion de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vias publicas sera fijado por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, sobre la base del valor comercial actualizado de los mismos, que sera aprobada mediante Resolucion Ministerial del Sector Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, de conformidad con el articulo 3º de la referida Ley el precio que se pagara por todo concepto a los propietarios afectados por trazos en vias publicas por trato directo sera el monto del valor comercial actualizado de los mismos, mas un porcentaje del 10% de dicho valor; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar la tasacion del referido predio afectado por la ejecucion de la Obra: "Mejoramiento Vial de la Carretera MORDAZA Tingo MORDAZA - Pucallpa, Sector: Tingo MORDAZA - Pucallpa, Tramo Aguaytia - San Alejandro", elaborada por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs 27628 y 27791 y Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la tasacion comercial elaborada por el Consejo Nacional de Tasaciones CONATA del predio de propiedad de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Hanny MORDAZA MORDAZA, afectado por la ejecucion de la Obra: "Mejoramiento Vial de la Carretera MORDAZA - Tingo MORDAZA - Pucallpa, Sector: Tingo MORDAZA - Pucallpa, Tramo Aguaytia - San Alejandro", ubicado en el distrito y provincia Padre MORDAZA, departamento de Ucayali, la misma que asciende a la suma de US$ 24,610.00. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 07278

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