Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2005 (15/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 15 de MORDAZA de 2005
S.A. bajo el Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacion Economica Nº 38 suscrito con MORDAZA

en MORDAZA, dentro del Anexo A de la MORDAZA "Procedimiento para Fijacion de Precios Regulados", aprobada mediante Resolucion OSINERG Nº 0001-2003-OS/CD que incluye los distintos procedimientos regulatorios que lleva a cabo a traves de su Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria. Asimismo, OSINERG procedio a adecuar, a raiz de las modificaciones introducidas a la Ley de Concesiones Electricas, mediante Ley Nº 28447 publicada el 30 de diciembre del 2004, el procedimiento de Tarifas en MORDAZA, introduciendo modificaciones a la citada MORDAZA "Procedimiento para Fijacion de Precios Regulados", mediante Resolucion Nº 0022005-OS/CD estableciendose, entre otros, que las Tarifas en MORDAZA son fijadas anualmente y que los precios vigentes a que se refiere el Articulo 50º de la Ley de Concesiones seran expresados MORDAZA de la publicacion de la resolucion tarifaria, a precios de marzo del ano en que se fija dicha tarifa. Asimismo, se modificaron los items a) y j) del "Procedimientos para la Fijacion de Precios Regulados", estableciendose para el primero, que la MORDAZA del Estudio Tecnico Economico por parte del COES, debera ser MORDAZA del 15 de enero de cada ano; y en cuanto al MORDAZA item, que la publicacion de la Resolucion de la Tarifa en MORDAZA debera efectuarse quince dias calendario MORDAZA de la vigencia de la tarifa (la tarifa entra en vigencia el 1 de mayo). Asi, en concordancia con la Ley de Concesiones Electricas y sus modificatorias, su Reglamento y la Ley Nº 27838; el COES-SINAC presento el Estudio Tecnico Economico que contiene su propuesta tarifaria, correspondiente al periodo MORDAZA 2005 - MORDAZA 2006, respecto de la cual se ha cumplido con todos los pasos enmarcados en el procedimiento MORDAZA mencionado, tales como: publicacion del referido estudio, realizacion de audiencias publicas, MORDAZA y absolucion de observaciones, prepublicacion del proyecto de resolucion que fija las Tarifas en MORDAZA y analisis de las opiniones y sugerencias presentadas por los interesados sobre tal proyecto. En aplicacion de la funcion normativa del OSINERG, se procede a publicar la presente resolucion que establece las Tarifas en MORDAZA para el periodo MORDAZA 2005 MORDAZA 2006. Esta resolucion cumple con fijar los distintos valores y precios que establece la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, y que son los siguientes: a) Las Tarifas en MORDAZA y sus formulas de actualizacion tarifaria. b) El Precio Promedio de Energia a nivel Generacion (PPEG) a que se refiere el Articulo 107º de la Ley de Concesiones Electricas. c) El valor del Costo de Racionamiento segun lo dispone el Articulo 52º, literal t), del Reglamento General del OSINERG. d) El monto de la Remuneracion Anual Garantizada que le corresponde percibir a la Empresa Red de Energia del Peru S.A. e) El Peaje por Conexion e Ingreso Tarifario Esperado para el Sistema Principal de Transmision, conforme lo disponen los Articulos 136º y 137º de la Ley de Concesiones Electricas. f) El cargo por Garantia por Red Principal del Proyecto Camisea. Los valores y precios senalados se encuentran debidamente sustentados en los Informes Tecnicos OSINERG-GART/DGT Nº 020A-2005 y OSINERG-GART/ DGN Nº 008A-2005, Anexos de la citada resolucion. La resolucion de fijacion de Tarifas en MORDAZA, debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, 15 dias calendario MORDAZA de su vigencia el 1 de MORDAZA del 2005. Asimismo, debera ser consignada junto con sus Anexos en la pagina Web del OSINERG, www.osinerg.gob.pe y se debera publicar una sumilla de la misma en un diario de mayor circulacion. 07352

2. OBJETIVO

: Aplicar de manera efectiva la comunicacion efectuada por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, mediante el Facsimil Nº 702005-MINCETUR/VMCE/DNINCI : Articulo 17º del Anexo Nº 3 del Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacion Economica Nº 38 suscrito con MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 00498-ITINCI; Procedimiento INTAPE.01.12 version 2; y Circular Nº 010-2003/SUNAT/A

3. BASE LEGAL

4. INSTRUCCIONES: De conformidad con el Facsimil Nº 70-2005-MINCETUR/VMCE/DNINCI, de 4 de febrero de 2005, y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT, se hace de conocimiento lo siguiente: 4.1 Suspendase definitivamente las preferencias arancelarias otorgadas en el Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacion Economica Nº 38 a la importacion de bicicletas de la subpartida nacional 8712.00.00.00 y NALADISA 8712.00.00, que hayan sido exportadas por la empresa chilena FABISA S.A. en merito al articulo 17º del Anexo Nº 3 del Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacion Economica Nº 38 suscrito con Chile. 4.2 Las intendencias de aduana de la Republica procederan a ejecutar las garantias presentadas por el importador en merito a lo dispuesto en la Circular Nº 010-2003/SUNAT/A, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20 de septiembre de 2003, que estableciera la suspension preventiva de las preferencias arancelarias a la importacion de bicicletas exportadas por la empresa MORDAZA mencionada. 4.3 Continua la suspension preventiva de las preferencias arancelarias otorgadas en el Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacion Economica Nº 38 a la importacion de bicicletas de la subpartida nacional 8712.00.00.00 y NALADISA 8712.00.00, que hayan sido exportadas por la empresa chilena OXFORD S.A., conforme se dispusiera en la Circular Nº 010-2003/SUNAT/A. 5. ALCANCE: Las disposiciones previstas en la presente circular seran aplicadas por las intendencias de aduana de la Republica, Intendencia de Fiscalizacion y Gestion de Recaudacion Aduanera y la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera. 6. VIGENCIA: La presente circular rige a partir de la fecha de publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Atentamente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUINE Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria 07249

SUNAT
Dictan disposiciones sobre suspensiones definitiva y preventiva de preferencias arancelarias otorgadas en el AAP . de Complementacion Economica Nº 38, a importacion de bicicletas
CIRCULAR Nº 009-2005/SUNAT/A
1. MATERIA : Origen de bicicletas exportadas por la empresa chilena FABISA

UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA
Prorrogan plazo de designacion de fedataria institucional
RESOLUCION Nº 032-2005-UIF-PERU
MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2005 El Director Ejecutivo de la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru

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