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PÆg. 290867 NORMAS LEGALES Lima, viernes 15 de abril de 2005 Donde: PEBP0 : Precio en Barra de la Energía en Horas de Punta, definido. PEBF0 : Precio en Barra de la Energía en Horas Fuera de Punta, definido. PEBP1 : Precio en Barra de la Energía en Horas de Punta, por determinar. PEBF1 : Precio en Barra de la Energía en Horas Fuera de Punta, por determinar. El cargo por transmisión CBPSE es aplicable en la formación de los Precios en Barra entre generador y distribuidor y se encuentra definido en la Resolución OSINERG Nº 065-2005-OS/CD. B) Tarifas en Barra de Potencia de Punta Los Precios en Barra de la Potencia de Punta serán el resultado de multiplicar los Precios en Barra de la Poten- cia de Punta en la Subestación de Referencia por el res- pectivo Factor de Pérdidas Marginales de Potencia (FPMP). Se define: PPB1 = PPB0 * FPMP (9) Donde: PPB0 : Precio en Barra de la Potencia de Punta, definido. PPB1 : Precio en Barra de la Potencia de Punta, por determinar. En todos los casos las empresas deberán verificar que los costos por transmisión no excedan los límites denominados costos de conexión directa, de acuerdocon las Condiciones de Aplicación fijadas en el numeral4, Artículo Primero, de la Resolución Nº 015-95 P/CTE ysus modificatorias. 2. GRAVÁMENES E IMPUESTOS Las tarifas de la presente resolución, o sus reajus- tes, de acuerdo con las Fórmulas de Actualización delArtículo 2º, no incluyen impuestos o tributos que sean decargo de los clientes. Los precios calculados por aplicación de las fórmu- las contenidas en el presente artículo deberán ser re-dondeados a dos decimales antes de su utilización. Artículo 2º.- Fíjese las Fórmulas de Actualización de las Tarifas en Barra y de las tarifas de transmisión a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución, según lo siguiente: 1 FÓRMULAS DE ACTUALIZACIÓN TARIFARIA De acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 46º y 52º de la Ley de Concesiones Eléctricas 14, las tarifas obteni- das según los procedimientos definidos en el Artículo 1º de la presente Resolución, serán actualizadas utilizandolas siguientes Fórmulas de Actualización. 1.1 ACTUALIZACIÓN DEL PRECIO DE POTENCIA DE PUNTA A NIVEL GENERACIÓN (PPM) PPM1 = PPM0 * FAPPM (1) FAPPM = a * FTC * FTAPBP + b * FPM (2)FTC = TC / TCo (3)FTAPBP = (1,0 + TA_PBP) / (1,0 + TA_PBPo) (4) FPM = IPM / IPMo (5) Cuadro Nº 3 Sistema a b SEIN 0,7968 0,2032 Para la actualización de los precios de potencia en los Sistemas Aislados se utilizará el valor resultante delfactor FAPEM correspondiente que se señala en el nu-meral 1.2 siguiente (FAPPM=FAPEM). Donde: PPM0 = Precio de la Potencia de Punta, publica- da en la presente Resolución, en S/./kW-mes.PPM1 = Precio de la Potencia de Punta, actuali- zado, en S/./kW-mes. FAPPM = Factor de Actualización del Precio de la Potencia de Punta FTC = Factor por variación del Tipo de Cam- bio. FTAPBP = F actor por variación de la Tasa Arance- laria para la importación del equipo elec-tromecánico de generación. FPM = Factor por variación de los Precios al Por Mayor. TC = Tipo de Cambio. Valor de referencia para el Dólar de los Estados Unidos de Amé-rica, determinado la Superintendencia deBanca y Seguros del Perú, correspon-diente a la “COTIZACIÓN DE OFERTA Y DEMANDA - TIPO DE CAMBIO PRO- MEDIO PONDERADO” o el que lo reem-place. Se tomará en cuenta el valor ven-ta al último día hábil del mes anterior, pu-blicado en el Diario Oficial El Peruano. TCo = Tipo de Cambio inicial igual a S/. 3,263 por US Dólar. TA_PBP = T asa Arancelaria vigente para la impor- tación de turbinas a gas de potencia su-perior a 5000 kW correspondiente a lapartida arancelaria 8411.82.00.00. TA_PBPo = Tasa Ar ancelaria inicial igual a 4% Se utilizarán los valores de TC y TA vi- gentes al último día del mes anterior aaquel en que las tarifas resultantes seanpublicadas. IPM = Índice de Precios al Por Mayor, publica- do por el Instituto Nacional de Estadísti- ca e Informática. Se tomará el valor del último mes, publicado en el Diario Ofi-cial El Peruano. IPMo = Índice de Precios al Por Mayor inicial igual a 165,757078 1.2 ACTUALIZACIÓN DEL PRECIO DE ENERGÍA A NIVEL GENERACIÓN EN LAS SUBESTACIONESBASE DEL SISTEMA (PEMP y PEMF) PEMP1 = PEMP0 * FAPEM (6) PEMF1 = PEMF0 * FAPEM (7) FAPEM = d * FTC + e * FD2 + f * FR6 + g * FPGN + s * FPM + cb * FCB (8) FD2 = PD2 / PD2o (9) FR6 = PR6 / PR6o (10) FPGN = PGN/PGNo (11) FCB = (PCB/PCBo) * FTC (12) Cuadro Nº 4 Sistema d e f g s cb SEIN 0,1228 0,0289 0,2645 0,4675 0,0000 0,1163 Aislado A 0,1065 0,6327 0,0000 0,0000 0,2608 0,0000 Aislado B 0,2410 0,0000 0,0000 0,0000 0,7590 0,0000 Aislado E 0,2537 0,0000 0,5702 0,0000 0,1761 0,0000 Aislado F 0,0787 0,7306 0,0000 0,0000 0,1907 0,0000 Aislado G 0,2737 0,0000 0,4702 0,0000 0,2561 0,0000 Aislado H 0,3546 0,0353 0,0000 0,0000 0,6101 0,0000 Aislado I 0,0980 0,6580 0,0000 0,0000 0,2440 0,0000 Donde: PEMP0 = Precio de la Energía a Nivel Generación en Horas de Punta para las Subestacio- nes Base publicadas en la presente Re- solución, en céntimos de S/./kW.h. 14Artículo 46º.- Las Tarifas en Barra y sus respectivas fórmulas de reajuste, serán fijadas anualmente por OSINERG y entrarán en vigencia en el mes demayo de cada año. Las tarifas sólo podrán aplicarse previa publicación de la resolución corres- pondiente en el Diario Oficial El Peruano y de una sumilla de la misma en undiario de mayor circulación. La información sustentatoria será incluida en la página web de OSINERG.