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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (16/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 73

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G30/G32/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 16 de abril de 2005 nación y ventilación natural. El piso puede ser de made- ra parquet o vinílico. f) Sala o aula para niños de 02 a 03 años: Capaci- dad Máxima será de 25 niños. g) Servicios higiénicos para niños: Debe haber un baño para niños de un año y otro para niños de dos años. Deberá tener acceso directo a la salas y el patio, paredes revestidas de mayólicas hasta una altura de1.80 m, piso de loseta o vinílico, iluminación y ventilaciónadecuadas. Deberá contar con sanitarios tipo baby alalcance de los niños. Deberá contar con un lavatorio porcada 05 niños, un botadero y un armario. h) Área de recreación o patio: piso duro que debe- rá ser descubierto y ubicado en primer nivel, podrá serde cemento, asfalto u otro similar. El área mínima seráde 2.00 m2./ niño. Cuando el Centro de Educación Inicialcuente con el servicio de guardería o cuna, el patio y eljardín serán independientes uno del otro. i) Jardín: Denominada zona blanda de césped. El área mínima será de 2.00 m2./ niño. j) Dirección – Recepción – Sala de Profesores, Secretaría: ambientes administrativos cuyas dimensio- nes se determinarán en función del tamaño y capacidaddel centro de educación inicial. k) Cocina – Despensa: para cuna, la cocina deberá ser amplia y estar comunicada con la despensa y elcomedor y deberá estar revestida con mayólica, conpiso de loseta o cemento pulido y bruñado. La despensadebe estar anexa a la cocina y tener ventilación alta. l) Comedor: Debe tener buena ventilación e ilumina- ción. El piso debe ser de loseta, vinílico o cemento. m) Lavandería: ambiente de servicio que sólo se requiere cuando existe cuna. n) Tópico: Ambiente donde se brindará servicio de primeros auxilios. Tendrá un área mínima de 6.00 m2. o) Servicios Higiénicos para Docentes y per- sonal administrativo , el número de aparatos depende del número de personal del local. Deberán estar separa-dos baños de hombres del de mujeres y contar cadauno como mínimo con 1 inodoro, 1 lavatorio, 1 ducha,perchero y guardarropa, y estar, por lo menos, uno deellos, adecuado para personas con discapacidad. 31.3 CUNA – JARDÍN (NIÑOS DE 0 A 5 AÑOS).- Cuando el Centro de Educación Inicial cuente con ambos servicios, es decir el de cuna o guardería y el dejardín o nido, deberá cumplir con las disposiciones delos numerales 31.1 y 31.2 considerando una unidad de cada ambiente administrativo y de servicios para ambos niveles. Asimismo, deberá considerarse un patio y unjardín independientes uno del otro pero diferenciandohorarios de uso. 31.4 ADECUACIÓN DE UN LOCAL EXISTENTE PARA CENTRO DE EDUCACIÓN INICIAL.- El local que no ha sido construido exprofesamente para Centro de Educación Inicial y que pretende funcio-nar en un inmueble construido para otro fin, tal comovivienda unifamiliar, local parroquial, etc., deberá seradecuado según las normas indicadas en el Artículo 30 y en los numerales 31.1 al 31.3 del Artículo 31. CAPÍTULO VIII DISPOSICIONES ARQUITECTÓNICAS PARA COLEGIOS PRIMARIA Y SECUNDARIA Artículo 32º.- CENTROS DE EDUCACIÓN PRI- MARIA Y SECUNDARIA.- Para obtener licencias municipales, de obra y de fun- cionamiento, los Centros de Educación Primaria y Se- cundaria deberán cumplir lo siguiente: 32.1 COLEGIO PRIMARIA Y SECUNDARIA: AMBIENTES Y ÁREAS MÍNIMAS: a) Aula Común : deberá contar con un aula para cada grado, tanto de Primaria como de Secundaria. Lacapacidad máxima del aula será de 40 alumnos. b) Aula de Uso Múltiple : la capacidad máxima será de 40 alumnos. Deberá contar un depósito. c) Laboratorio : para asignaturas de ciencias natu- rales, física, química y biología. La capacidad máximaserá de 40 alumnos, deberá ubicarse en la planta baja para permitir su rápida evacuación y deberá contar conmuebles fijos de apoyo. d) Taller Multifuncional : la capacidad máxima, de- pendiendo de la especialidad, será de 20 a 40 puestos. e) Biblioteca : espacio educativo complementario que deberá disponer de área de atención y ficheros, área de estantería abierta e integrada a la sala de lectura, depó-sito de libros, sala de lectura y cubículo de trabajo. Laaltura libre mínima de piso a techo será de 3.00 m. f) Dirección, Subdirección, Secretaría y Espera: ambientes administrativos cuyas dimensiones se deter- minarán en función del tamaño y capacidad del centro de educación g) Sala de Profesores: ambiente administrativo. h) Tópico y Servicio Social: a mbientes administra- tivos i) Archivo: ambiente administrativo j) Depósito: ambiente de servicio k) Servicios Higiénicos para el alumnado: debe- rán contar con accesos independientes y en ningún casose hallarán incorporados a un aula, laboratorio u otroambiente similar. Se requerirán según el siguiente cua-dro: CUADRO DE Nº DE APARATOS / ALUMNO NIVEL PRIMARIA SECUNDARIA APARATOS NIÑOS NIÑAS NIÑOS NIÑAS 1 INODORO CADA 50 30 60 40 1 LAVATORIO CADA 30 30 40 40 1 URINARIO CADA 30 - 40 - BOTADERO 1 en total 1 en total 1 en total 1 en total l) Guardianía: ambiente de servicio m) Vestuarios: ambiente de servicio n) Limpieza y Mantenimiento: ambiente de servi- cio o) Patio de Recreación, Deportes y Áreas Libres: deberá estar ubicado en el primer piso, el área de re-creación para Centro Educativo Primaria, Centro Edu-cativo Secundaria o ambos será de 40% del área delterreno como mínimo. 32.2 NORMAS PARA LA ADECUACIÓN DE UN LOCAL EXISTENTE PARA CENTRO DE EDUCACIÓNPRIMARIA Y SECUNDARIA.- El local que no ha sido construido exprofesamente para Centro de Educación Primaria y Secundaria y quepretende funcionar en un inmueble construido para otro fin, tal como vivienda unifamiliar, local parroquial, etc., deberá ser adecuado según las normas indicadas en elArtículo 30º y en el inciso del 32.1 del Artículo 32º de lapresente Ordenanza. CAPÍTULO IX DISPOSICIONES ARQUITECTÓNICAS PARA EQUIPAMIENTO EDUCATIVO DE NIVEL DISTRITAL (CENTROS DE EDUCACIÓN TÉCNICO – PRODUCTIVA Y DE EDUCACIÓN BÁSICA ALTERNATIVA) Y DE NIVEL METROPOLITANO (UNIVERSIDADES, INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR, ACADEMIAS, ETC.) Artículo 33º.- EQUIPAMIENTO EDUCATIVO DISTRITAL Y METROPOLITANO.- Para obtener licencias municipales, los centros edu- cativos de nivel metropolitano deberán cumplir lo siguien- te: 33.1 AMBIENTES MÍNIMOS Y ÁREAS MINIMAS:a) Aulas: deberán tener las necesarias para cubrir las matrículas o metas propuestas y/o aprobadas. La altura libre mínima de piso a techo será de 3.00 m. b) Laboratorios y/o Talleres : serán los necesarios según el tipo de carrera que se ofrece. La altura libremínima de piso a techo será de 3.00 m. c) Biblioteca : deberá disponer de área de atención y ficheros, área de estantería abierta e integrada a la sala de lectura, depósito de libros, sala de lectura y cubículo