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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G32/G38/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 22 de abril de 2005 Que, la Comisión Multisectorial de Prevención y Aten- ción de Desastres creada por Decreto Supremo Nº 081- 2002-PCM ha evaluado y priorizado la ejecución de ac- ciones a cargo de diversos pliegos presupuestarios paraafrontar eficaz y eficientemente las tareas que en estas circunstancias les compete; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28382, Ley que amplía el monto de la Línea de Crédito otorgada por el Banco de la Nación al INDECI, Décimo Quinta Disposición Final de la Ley Nº 28411 - Ley General delSistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1º.- Autoriza Crédito Suplementario Incorpórase vía Crédito Suplementario en el Presupues- to del Sector Público para el Año Fiscal 2005, hasta por la suma de UN MILLÓN CINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 005 000,00), de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS ( En Nuevos Soles ) FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 11 RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CRÉDITO INTERNO 4.00 FI NANCIAMIENTO 1 005 000,00 4.1.0 OPERACIONES OFICIALES DE CRÉDITO 1 005 000,00 4.1.1 OPERACIONES OFICIALES DE CRÉDITO INTERNO 4.1.1.001 Operaciones Oficiales de Crédito Interno-Banco de la Nación 1 005 000,00 ——————- TOTAL DE INGRESOS 1 005 000,00 =========== EGRESOS SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa CivilUNIDAD EJECUTORA 001 : I NDECI- Instituto Nacional de Defensa Civil FUNCIÓN 07 : D efensa y Seguridad Nacional PROGRAMA 024 : Defensa Contra Siniestros SUBPROGRAMA 0066 :Defensa Civil ACTIVIDAD 00164 :Coordinación del Sistema Nacional de Defensa Civil FUENTE DE FINANCIAMIENTO 11 : RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CRÉDITO INTERNO (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO6 GASTOS DE CAPITAL 7 Otros Gastos de Capital 1 005 000,00 ——————- TOTAL EGRESOS 1 005 000,00 =========== Artículo 2º.- Codificaciones La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi-caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevos Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. Artículo 3º.-Notas de Modificación La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil, instruye a la Uni- dad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran comoconsecuencia de lo dispuesto en la presente norma, las mis- mas que serán aprobadas mediante resolución del Titular del Pliego, debiendo presentar, copia de la Resolución, dentro delos cinco (5) días de aprobada a los Organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de abril del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 07819/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F /G64/G65/G20/G50/G52/G4F/G49/G4E/G56/G45/G52/G53/G49/GD3/G4E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 062-2005-EF Lima, 21 de abril de 2005 Visto el Oficio Nº 115/2005/DEA-LEG/PROINVER- SIÓN, del Director Ejecutivo Adjunto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, sobre autorización de viaje. CONSIDERANDO: Que, entre los días 25 y 27 de abril de 2005, se desa- rrollará el International Seminar on Improving the Quality of Public Investments and Public-Private Partnership, enla ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, or- ganizado por el Fondo Monetario Internacional; Que, corresponde a PROINVERSIÓN, formular, promover y ejecutar la política nacional de tratamiento en materia de inversiones privadas, así como coordi- nar y negociar los convenios internacionales de in-versión, motivo por el cual resulta indispensable la participación de un representante de PROINVERSIÓN en dicho evento; Que, en tal sentido se requiere la participación del señor René Helbert Cornejo Díaz, Director Ejecutivo de PROINVERSIÓN, por lo cual es necesario autorizar suviaje, debiendo PROINVERSIÓN asumir los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y tarifa CORPAC, con cargo a su presupuesto; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el inciso c) del artículo 7º de la Ley Nº 28427, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el artículo 2º del Decretode Urgencia Nº 015-2004; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar por excepción el viaje del se- ñor René Helbert Cornejo Díaz, Director Ejecutivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROIN- VERSIÓN, a la ciudad de Brasilia, República Federativadel Brasil, del 24 al 28 de abril de 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Re- solución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo al Presupues- to de la Unidad Ejecutora 007 - Agencia de Promoción dela Inversión Privada del Pliego 009 del Ministerio de Eco- nomía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 1 017,53 Viáticos : US$ 800,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 28,24 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calenda- rio siguientes de efectuado el viaje el referido funcionariodeberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendi- ción de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente no otorga derecho a exone- ración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje seautoriza. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros yel Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 07828