Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2005 (22/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, viernes 22 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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sobre la comision del Delito Contra la Administracion Publica (Violencia y Resistencia a la Autoridad), en agravio del Estado Peruano representado por la SO3. PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presuntamente cometido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA (32), hecho ocurrido el 09FEB2004, en el MORDAZA MORDAZA MORDAZA, jurisdiccion policial del distrito de El Agustino; CONSIDERANDO: Que, el dia 09FEB2004 a horas 09.45 aproximadamente, en circunstancias que la SO3. PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se encontraba participando en el Operativo Policial "Autoridad Policial 2004", llevado a cabo a la altura del MORDAZA "Mariano Santos" (Puente Nuevo) del distrito de El MORDAZA, intervino al vehiculo de Servicio Publico de Placa de Rodaje RIV-184, por haber infringido el Reglamento Nacional de MORDAZA, al constatar que viajaba con un pasajero en el asiento del copiloto, sin llevar puesto el cinturon de seguridad, solicitandole al conductor los respectivos documentos (LC y TP), identificandolo como MORDAZA MORDAZA MORDAZA (43), e imponiendole la PIT. Nº 4507886, con la infraccion C-28, sin embargo, en momentos que confeccionaba la referida papeleta, desciende uno de los pasajeros de sexo masculino y agrede verbalmente a la interviniente, tratando de intimidarla y arrebatarle los documentos que tenia en las manos, por lo que, con el apoyo de su companero logran intervenir a dicha persona identificandose como MORDAZA MORDAZA MORDAZA y ser SO2 del Ejercito Peruano, sin portar su Carne de Identidad Personal, siendo puesto a disposicion de la Comisaria de El MORDAZA con el Parte de Ocurrencia respectivo, donde luego de las investigaciones correspondientes se instruyo el Atestado Nº 079VII-DIRTEPOL-JSC-E1-CEA-DEINPOL del 10MAY2004, por Delito Contra la Administracion Publica - Violencia y Resistencia a la Autoridad; Que, en merito a la Investigacion Administrativa Disciplinaria efectuada, el Instructor no ha establecido ninguna responsabilidad administrativa disciplinaria ni penal en la SO3. PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, relacionado a los hechos suscitados el dia 09FEB2004 a horas 09.45 aproximadamente, toda vez que la referida Suboficial PNP ha actuado dentro del MORDAZA de la ley y sobre todo en cumplimiento de su funcion asignada; De conformidad con lo dispuesto en el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru, Art. 12º del D.L. Nº 17537, modificado por el D.L. Nº 17667 y lo previsto en el Art. 361º y demas pertinentes del Codigo Penal; Lo propuesto por el General Director de la VII-Direccion Territorial Policial; y, Lo opinado por el General de Policia, Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, a interponer acciones legales pertinentes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA (32), por la presunta comision del Delito contra la Administracion Publica - Violencia y Resistencia a la Autoridad, conforme se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion y promueva la reparacion civil a favor del Estado Peruano, representado por la SO3. PNP MORDAZA MORDAZA VIGO. Articulo 2º.- Remitir al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, los antecedentes y actuados del caso, para los fines a que se contrae el articulo anterior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro del Interior 01069 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0036-2005-IN/PNP MORDAZA, 11 de enero del 2005 VISTO el Parte Nº 030-04-VII-DIRTEPOL-L-PNP/ JEPOLTRAN-DCT-UCT-ZN-MyD del 19JUL04 y de-

mas actuados sobre la comision de Delito Contra la Administracion Publica (Violencia y Resistencia a la Autoridad) presuntamente cometido por MORDAZA MORDAZA BELLINA MORDAZA (43) en agravio del Estado Peruano representado por el SOT3 PNP Isrrael MORDAZA RIVASPLATA, hecho ocurrido el 15ABR2004 en el distrito de La Victoria; CONSIDERANDO: Que, el 15ABR04 a horas 14.00 aproximadamente el SOT3 PNP Isrrael MORDAZA RIVASPLATA perteneciente a la Unidad de Control de MORDAZA - MORDAZA Norte, en circunstancias que realizaba servicio individualizado de apoyo al SAT-LIMA, contando con la autorizacion respectiva del Comando PNP, en compania de MORDAZA MORDAZA CHAPARRO VILLAFANA digitador y el Supervisor del SAT MORDAZA MORDAZA MORDAZA, intervino, entre las intersecciones de la Av. MORDAZA MORDAZA y la Av. Canada, al vehiculo de placa de rodaje BIL-892 conducido por MORDAZA MORDAZA BELLINA MORDAZA (43), por registrar orden captura por el impago del Impuesto Vehicular, al solicitar a la conductora la Licencia de Conducir, Tarjeta de Propiedad y el SOAT, esta se nego entregarlos profiriendo palabras soeces contra el efectivo policial, acelerando el vehiculo en forma temeraria al cambio de la luz del semaforo, arrojandose el digitador fuera de la calzada para no ser impactado mientras que el servidor policial decidio lanzarse encima del capot del vehiculo intervenido sujetandose del filo del mismo, siendo llevado en esa situacion hasta la Av. Barrenechea Nº 200 (altura del MORDAZA Quinonez), bajando la conductora e ingresando apresuradamente al inmueble citado, como consecuencia de esta accion el SOT3 PNP Isrrael MORDAZA RIVASPLATA sufrio lesiones en los dedos y unas de ambos manos, codos y hematomas en el tobillo izquierdo; Efectuadas las investigaciones policiales, la Comisaria PNP de MORDAZA instruyo el Atestado Nº 326-VIIDIRTEPOL-JSCC-CA-DEINPOL del 27ABR04, por la comision de Delito Contra la Administracion Publica-Violencia y Resistencia a la Autoridad y por el Delito Contra la MORDAZA el Cuerpo y la Salud (Lesiones) resultando presunta autora MORDAZA MORDAZA BELLINA MORDAZA, en agravio del SOT3 PNP Isrrael MORDAZA RIVASPLATA, habiendo sido cursado el documento mencionado a la Autoridad Judicial competente; De conformidad con lo dispuesto en el Art. 47 de la Constitucion Politica del Peru, Art. 12º del D.L. Nº 17537, modificado por el D.L. Nº 17667 y lo previsto en el Art. 361º y demas pertinentes del Codigo Penal; Lo propuesto por el General Director de la VII Direccion Territorial Policial; y, Lo opinado por el General de Policia, Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, a interponer acciones legales pertinentes contra MORDAZA MORDAZA BELLINA MORDAZA, por la presunta comision de Delito Contra la Administracion Publica (Violencia y Resistencia a la Autoridad), conforme se refiere en la parte considerativa de la presente Resolucion y promueva la reparacion civil a favor del Estado Peruano, representado por la SOT3 PNP Isrrael MORDAZA RIVASPLATA. Articulo 2º.- Remitir al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, los antecedentes y actuados del caso, para los fines a que se contrae el articulo anterior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro del Interior 01094

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