Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (22/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 25

PÆg. 291299 NORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de abril de 2005 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0039-2005-IN/PNP Lima, 11 de enero del 2005 VISTO, el Informe Nº 78-04-JEPOLTRAN-DIVPIAT- PNP-DEPPAT-JEF del 11MAR2004 y demás actuados, sobre el presunto Delito Contra la Administración Públi- ca (Desobediencia y Resistencia a la Autoridad), en agra- vio del Estado Peruano representado por el SO3 PNP Américo Alex GARCIA NOCEDA, cometido por Hernán Daniel GARCIA FALCON (27), hecho ocurrido el 21ENE2004, en la Cdra. 5 de la Av. Parinacochas - La Victoria, jurisdicción de la Comisaría PNP de Apolo; CONSIDERANDO:Que, el día 21ENE2004 a horas 09.25 aproximada- mente, el SO3 PNP Américo Alex GARCIA NOCEDA, perteneciente a la División de Investigación y Preven- ción de Accidentes de Tránsito - PNP en circunstancias que prestaba servicio en el Operativo Policial denomina- do "Gigante - 2004", a la altura de la Cdra. 5 de la Av. Parinacochas - La Victoria, intervino al vehículo de ser- vicio público de Placa de Rodaje UO-9978, conducido por Hernán Daniel GARCIA FALCON (27) al llevar en el parabrisas letreros autoadhesivos infringiendo de esta forma el Reglamento Nacional de Tránsito, indicándole al conductor que estacione el vehículo al lado derecho de la vía y luego de explicarle la infracción cometida proce- dió a imponer la Papeleta de Infracción de Tránsito Nº 4448144, reaccionando el intervenido en forma vio- lenta arrebatando al interviniente la papeleta que estaba adosada a otras seis (6) Papeletas más, rompiéndolas y dándose a la fuga con rumbo desconocido; procediendo el servidor policial hacer de conocimiento sobre estos hechos a la Comisaría PNP de Apolo, durante el proce- so investigatorio llevado a cabo en esa Dependencia Policial se logró capturar al infractor, a quien se le instru- yo el Atestado Nº 138-04-VII-DIRTEPOL-JSCC-CA- DEINPOL del 04FEB2004, por el Delito Contra la Admi- nistración Pública (Desobediencia y Resistencia a la Autoridad), documento cursado a la Autoridad Judicial Competente; Que, en mérito a la Investigación Administrativa Dis- ciplinaria efectuada, el Instructor no ha establecido nin- guna responsabilidad administrativa disciplinaria ni pe- nal en el SO3 PNP Américo Alex GARCIA NOCEDA, relacionado a los hechos suscitados el día 21ENE2004, toda vez que ha actuado dentro del marco de la ley y en cumplimiento de la función asignada; De conformidad con lo dispuesto en el Art. 47º de la Constitución Política del Perú, Art. 12º del D.L. Nº 17537, modificado por el D.L. Nº 17667 y lo previsto en el Art. 361º y demás pertinentes del Código Penal; Lo propuesto por el General Director de la VII-Direc- ción Territorial Policial; y, Lo opinado por el General de Policía, Director Gene- ral de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policía Nacional del Perú, a interponer ac- ciones legales pertinentes contra Hernán Daniel GARCIA FALCON (27), por la comisión del Delito Contra la Administración Pública (Desobediencia y Resistencia a la Autoridad), conforme se refiere en la parte conside- rativa de la presente Resolución y promueva la repara- ción civil a favor del Estado Peruano, representado por el SO3 PNP Américo Alex GARCIA NOCEDA. Artículo 2º.- Remitir al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior relati- vos a la Policía Nacional del Perú, los antecedentes y actuados del caso, para los fines a que se contrae el artículo anterior. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior 01097RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0040-2005-IN/PNP Lima, 11 de enero del 2005 VISTO, el Informe Nº 034-2004-VII-DIRTEPOL-JSC- S-1-CMF-ST del 19MAR2004, sobre la comisión del Delito Contra la Administración de Justicia - Delito Cometido por Particulares (Violencia y Resistencia a la Autoridad), en agravio del Estado Peruano, representado por el SOT3 PNP Martín Manuel MAGAN MANCO y ET3 PNP Robert Misael CANCHARI HIPOLITO, presuntamente cometi- do por Luz Marina BACIGALUPO SALAS (35), hecho ocurrido el 10MAR2004 en la jurisdicción de la Comisa- ría PNP de Miraflores; CONSIDERANDO:Que, el 10MAR2004 a horas 10.30 aproximadamen- te, el SOT3 PNP Martín Manuel MAGAN MANCO y ET3 PNP Robert Misael CANCHARI HIPOLITO, operador y conductor del patrullero Nº PL-0261 del Escudaron de Emergencia Sur - 1, de servicio de Ronda Móvil; a la altura de la Cdra. 10 de la Av. La Mar-Miraflores, se percataron que el automóvil marca TOYOTA, color rojo, de placa de rodaje Nº BIX-306, conducido por Luz Marina BACIGALUPO SALAS (35), se desplazaba a una velocidad no reglamentaria, procediendo a seguirlo y alcanzarlo en el semáforo de la Av. Angamos con Santa Cruz indicando a la conductora que se detenga, no aca- tando la orden policial, dándose a la fuga para finalmente detenerse en la Cdra. 7 de la Av. Angamos Oeste, al requerírsele sus documentos personales como el DNI, Licencia de conducir y documentos del vehículo, se mostró prepotente y amenazante, faltando de palabra al SOT3 PNP Martín Manuel MAGAN MANCO, negándose en un principio entregar los documentos solicitados, para después entregar sólo la Tarjeta de Propiedad y Certifi- cado SOAT mas no la Licencia de Conducir ni el permiso de lunas polarizadas; por lo que el efectivo policial inter- viniente dispone su concurrencia a la Comisaría PNP de Miraflores, ante la cual la intervenida baja de su vehículo tratando de quitar los documentos entregados inicial- mente, logrando arrebatar el certificado SOAT, luego sube a su vehículo y por el lapso de una cuadra sigue al vehículo policial para luego cambiar de rumbo y darse a la fuga llevándose su automóvil; Efectuada las investigaciones policiales en la Comisa- ría PNP de Miraflores, se formuló el Atestado Nº 140-VII- DIRTEPOL/JSC-S1-CMF-ST del 29JUL04, como no habida, por la comisión del Delito Contra la Administra- ción de Justicia -Delito cometido por particulares (Vio- lencia y Resistencia a la Autoridad), documento que ha sido cursado a la Autoridad Judicial correspondiente; En las investigaciones de carácter Administrativo Disciplinaria, el Instructor no ha establecido responsabi- lidad en el SOT3 PNP Martín Manuel MAGAN MANCO como en el ET3 PNP Robert Misael CANCHARI HIPOLITO, relacionado a los hechos suscitados el día 11MAR04, por cuanto, han actuado dentro del marco legal y en cumplimiento de la función asignada; De conformidad a lo dispuesto en el Art. 47º de la Constitución Política del Perú, Art. 12º del D. L. Nº 17537 modificado por el D. L. Nº 17667 así como lo previsto en el Art. 361º y demás pertinentes del Código Penal; Lo propuesto por el señor General Director de la VII- DIRTEPOL-LIMA; Lo opinado por el señor General de Policía Director General de la PNP; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policía Nacional del Perú, a interponer ac- ciones legales pertinentes contra Luz Marina BACIGALUPO SALAS (35), por la presunta comisión del Delito Contra la Administración de Justicia - Delito Co- metido por Particulares (Violencia y Resistencia a la Au- toridad), conforme se refiere en la parte considerativa de la presente Resolución y promueva la Reparación Civil a favor del Estado representado por el SOT3 PNP Martín Manuel MAGAN MANCO y ET3 PNP Robert Mi- sael CANCHARI HIPOLITO.