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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (22/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 26

PÆg. 291300 NORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de abril de 2005 Artículo 2º.- Remitir al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior relati- vos a la Policía Nacional del Perú, los antecedentes y actuados del caso, para los fines a que se contrae el artículo anterior. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior 01098 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0041-2005-IN/PNP Lima, 11 de enero del 2005 VISTO, el Parte Nº 092-2004-VIJ-DIRTEPOL-L-PNP- JEPOL TRAN-DCT-UCT-ZC-MD.C del 09A8R2004 y demás actuados, sobre la comisión del Delito Contra la Administración Pública (Violencia y Resistencia a la Au- toridad), en agravio del Estado Peruano representado por la 80T2. PNP Carmen Jeanet REQUEJO MANSI- LLA, presuntamente cometido por Jorge Luis HILLPA VARGAS (40), hecho ocurrido el 12FE82004, a la altura de la Av. Nicolás de Piérola y Rufino Torrico, jurisdicción policial de la Comisaría de Alfonso Ugarte; CONSIDERANDO:Que, el día 12FEB2004 a horas 12.10 aproximada- mente, la SOT2. PNP Carmen Jeanet REQUEJO MANSILLA, perteneciente a la Unidad de Control de Trán- sito Zona Centro, en circunstancias que se encontraba de servicio policial de tránsito en la intersección del Jr. De la Unión y Conde Superunda, intervino a Jorge Luis HILLPA VARGAS (40), conductor del vehículo de Placa de Rodaje AQM030, por cometer infracción al Reglamen- to Nacional de Tránsito. (Infracción E-04), al estacionar-se e interrumpiendo el tránsito, solicitándole sus docu- mentos (Licencia de Conducir y Tarjeta de Propiedad), ante esta solicitud se negó hacerlo aduciendo no tener- los y que en todo caso le ponga la infracción con la Licencia de Conducir de su esposa, siendo conducido a la Comisaría PNP de Monserrat, en el trayecto cuando se dirigían a dicha dependencia policial el conductor del vehículo intervenido con frases insultantes y amenazas tomo otro rumbo, al ver la actitud del infractor pidió el apoyo respectivo a la Central "105", siendo apoyada por un vehículo del Escuadrón de Emergencia, interviniendo al indicado vehículo en la intersección de los jirones Rufino Torrico y Moquegua, siendo posteriormente con- ducido a la Comisaría de Alfonso Ugarte, donde luego de las investigaciones correspondientes formularon el Ates- tado Nº 066-VII-DlRTEPOL-JSC-C1-CAU-DEINPOL del 22MAR2004, por Delito Contra la Administración Pública (Violencia y, Resistencia a la Autoridad), documento cur- sado a la Autoridad Judicial Competente; Que, en mérito a la Investigación Administrativa Dis- ciplinaria efectuada, el Instructor no ha establecido nin- guna responsabilidad administrativa disciplinaria ni pe- nal en la SOT2. PNP Carmen Jeanet REQUEJO MANSILLA, relacionado a los hechos suscitados el día 12FEB2004 a horas 12.10 aproximadamente, toda vez,que la referida Suboficial PNP ha actuado dentro del marco de la ley y en cumplimiento de su función asigna- da; De conformidad con lo dispuesto en el Art. 47º de la Constitución Política del Perú, Art. 12º del D.L. Nº 17537, modificado por el D.L. Nº 17667 y lo previsto en el Art. 361º y demás pertinentes del Código Penal; Lo propuesto por el General Director de la VII - Direc- ción Territorial Policial; y, Lo opinado por el General de Policía, Director Gene- ral de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asunto judiciales del Ministerio del Interior relativos a la PNP, a interponer acciones legales perti- nentes contra Jorge Luis HILLPA VARGAS (40), por lapresunta comisión del Delito contra la Administración Pública - Violencia y Resistencia a la Autoridad, confor- me se refiere en la parte considerativa de la presente Resolución y promueva la reparación civil a favor del Estado Peruano, representado por la SOT2. PNP Carmen Jeanet REQUEJO MANSILLA. Artículo 2º.- Remitir al Procurador Público encarga- do de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policía Nacional del Perú, los antecedentes y actuados del caso, para los fines a que se contrae el artículo anterior. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior 01099 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0042-2005-IN/PNP Lima, 11 de enero del 2005 VISTO, el Informe Nº 94-04-VII-DIRTEPOL-L-PNP/ JCSN-CI -A--SEC del 20MAY2004, sobre la comisión del Delito Contra la Administración Pública (Desobedien- cia y Resistencia a la Autoridad), en agravio del Estado Peruano representado por la SO1. PNP Rosario del Pilar GRADOS AYBAR, SO3. PNP Meyler Angélica CORO- NADO SAAVEDRA, presuntamente cometido por Flor- mira Brígida CERDA RAMIREZ (35), hecho ocurrido el 14DIC2003, en la jurisdicción de la Comisaría de Inde- pendencia; CONSIDERANDO:Que, el día 14DIC2003 a horas 21.40 aproximadamente, personal PNP de la Jefatura de Trán- sito Zona Sur, intervino y puso a disposición de la Co-misaría de Independencia a Flormira Brígida CERDA RAMIREZ (35), quien conducía el vehículo de Placa de Rodaje BIQ-052 entre la intersección de la Av. Carlos Eyzaguirre y Alfredo Mendiola (Panamericana Norte) - Independencia, al tener el vehículo con orden de cap- tura por SAT, lunas polarizadas y carecer de licencia de conducir, así como ser presunta autora del Delito Contra la Administración Pública (Violencia y Resisten- cia a la Autoridad), en agravio del Estado Peruano re- presentado por la SO1. PNP Rosario del Pilar GRA- DOS AYBAR y SO3. PNP Meyler Angélica CORONA- DO SAAVEDRA, pertenecientes a la JOPE-LIMA- Es- cuadrón Verde y a la Policía de Tránsito Zona Sur res- pectivamente, a quienes agredió física y verbalmente, poniendo tenaz resistencia durante la intervención. Por tal motivo luego de las investigaciones policiales perti- nentes se le instruyó el Atestado Nº 283-03-VII-DIR- TEPOL-DMN2-DEINPOL por el delito antes menciona- do, documento cursado a la Autoridad Judicial Compe- tente, con el Oficio Nº 48-03-VII-DIRTEPOL-L-PNP/ DMN2CI-DEINPOL del 05ENE2004; Que, efectuada la investigación administrativa discipli- naria, el Instructor no ha establecido ninguna responsa- bilidad administrativa disciplinaria ni penal en el personal PNP interviniente, toda vez que han actuado dentro del marco de la ley y en cumplimiento de la función asigna- da; De conformidad con lo dispuesto en el Art. 47º de la Constitución Política del Perú, Art. 12º del D.L. Nº 17537, modificado por el D.L. Nº 17667 y lo previsto en el Art. 361º y demás pertinentes del Código Penal; Lo propuesto por el General Director de la VII-Direc- ción Territorial Policial; y, Lo opinado por el General de Policía, Director Gene- ral de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policía Nacional del Perú, a interponer ac- ciones legales pertinentes contra Flormira Brígida CERDA RAMIREZ (35), por la presunta comisión del