Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2005 (22/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, viernes 22 de MORDAZA de 2005 RESOLUCION SUPREMA Nº 008-2005-ED MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Visto, el Oficio Nº 362-2005-INC/DN, cursado por el Director Nacional del Instituto Nacional de Cultura; y, CONSIDERANDO: Que el articulo 1º de la Resolucion Suprema Nº 0512004-ED, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 3 de noviembre de 2004, autoriza, a partir de la fecha de su publicacion y hasta el 28 de febrero de 2005, la salida temporal del MORDAZA de las treinta y siete (37) piezas integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion detalladas en el anexo adjunto a la mencionada resolucion, a fin de que conformen la exposicion denominada "Cuzco: Esplendor de la Pintura Peruana de los Siglos XVII-XVIII", que se llevaria a cabo del 11 de noviembre al 5 de diciembre de 2004 en el Grimaldi Forum de Monaco y del 10 de diciembre de 2004 al 10 de febrero de 2005 en la Fundacion MORDAZA Bismarck de Paris; Que, mediante Carta s/n de fecha 3 de febrero de 2005, la Fundacion MORDAZA Bismarck solicito autorizacion para la extension de la exposicion "Cuzco: Esplendor de la Pintura Peruana de los Siglos XVII-XVIII" hasta el 30 de marzo de 2005, dado el gran MORDAZA que ha generado en Paris; Que, con Cartas s/n de fechas 18 de febrero y 4 de marzo de 2005, el Director del Museo MORDAZA de Osma solicita ampliar el plazo de retorno de las piezas a que se refiere el primer considerando de la presente resolucion, a fin de que la MORDAZA sede de la exposicion en cuestion sea clausurada el 30 de marzo de 2005 debido al exito que ha alcanzado; Que, mediante Carta PF/8439/mcjv Nº 225/SC del 2 de marzo de 2005, el Consejero Cultural y de Cooperacion de la Embajada de MORDAZA en Peru comunico al Instituto Nacional de Cultura el apoyo de dicha representacion diplomatica para la extension de la ampliacion del plazo solicitada por la Fundacion MORDAZA Bismarck; Que, la Poliza de Seguro Nº 240306390 emitida por la compania GENERALI Assicurazioni Generali S.p.A., en merito a la cual se autorizo la salida temporal de las piezas referidas en el primer considerando de la presente resolucion, ha sido ampliada hasta el 15 de MORDAZA de 2005; Que, mediante Informe Nº 094-2005-INC/SDIRCPCMMC, la Subdireccion de Investigacion, Registro y Catalogacion del Patrimonio Cultural Mueble Moderno y Contemporaneo del Instituto Nacional de Cultura opina favorablemente por la prorroga de la autorizacion de salida temporal del MORDAZA de las piezas a que se refiere la Resolucion Suprema Nº 051-2004-ED; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y la Ley Nº 28296; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar, hasta el 15 de MORDAZA de 2005, la autorizacion de salida temporal del MORDAZA de las 37 (treinta y siete) piezas integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion a que se refiere la Resolucion Suprema Nº 051-2004-ED de fecha 2 de noviembre de 2004, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Ratificar los demas extremos de la Resolucion Suprema Nº 051-2004-ED de fecha 2 de noviembre de 2004. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 07824

Modifican la R.S. Nº 204-2001-ED prorrogando plazo de Convenio del Estado con el Instituto Linguistico de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 009-2005-ED MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2005 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Suprema Nº 24-90-ED, de fecha 20 de MORDAZA de 1990, se aprueba el Convenio suscrito entre el Estado Peruano, a traves del Ministerio de Educacion y el Instituto Linguistico de MORDAZA, con la finalidad de realizar acciones conjuntas dirigidas a desarrollar y promover las actividades de investigacion, promocion y preservacion de las lenguas y culturas de los pueblos indigenas de las regiones de la Amazonia y MORDAZA del Peru; Que, de conformidad a lo senalado en la clausula vigesima del citado Convenio, este tuvo una vigencia de diez anos a partir de suscripcion, es decir, desde el 20 de MORDAZA de 1990 hasta el 20 de MORDAZA de 2000; Que, no obstante el plazo de vigencia senalado en el referido Convenio, el Ministerio de Educacion y el Instituto Linguistico de MORDAZA, continuaron ejecutando las acciones y compromisos en este establecidos; Que, los documentos que ratifican lo anteriormente expuesto, se encuentran adjuntos al Expediente Nº 29178-2004 presentado por el Instituto Linguistico de Verano; Que, las partes, a efectos de formalizar las acciones derivadas de la ejecucion del Convenio aprobado por Resolucion Suprema Nº 24-90-ED, dentro de dicho periodo, han considerado conveniente prorrogar, en via de regularizacion, el plazo de vigencia del Convenio en mencion, desde el 21 de MORDAZA de 2000 al 20 de MORDAZA de 2001; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762 modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la clausula vigesima del Convenio suscrito entre el Estado Peruano, a traves del Ministerio de Educacion y el Instituto Linguistico de MORDAZA, aprobado por Resolucion Suprema Nº 204-2001-ED, de acuerdo al texto siguiente: "El presente Convenio tendra una vigencia de once anos a partir de su suscripcion, pudiendo ser renovado por acuerdo de MORDAZA partes ...". Articulo 2º.- Dejar sin efecto los dispositivos legales que se opongan a la presente Resolucion, en lo que corresponda. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 07825

Autorizan viaje de Jefe del INABEC a la Republica de Panama para participar en la 92º Reunion de la Junta Directiva y en el XXI MORDAZA Internacional sobre Credito Educativo
RESOLUCION SUPREMA Nº 010-2005-ED MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2005

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