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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (27/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 4

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G35/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 27 de abril de 2005 2. Presidir las sesiones del Consejo Directivo. 3. Convocar a sesiones del Consejo Directivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 11º del presente Reglamento. 4. Suscribir Contratos y/o Convenios de Coopera- ción Interinstitucional; u otros de cualquier otra índole que le encomiende el Consejo Directivo. 5. Suscribir cualquier documentación institucional que sea sometida a su consideración por el Consejo Directi- vo. 6. Asumir las funciones de vocero oficial de PROMPEX, ante los medios de comunicación escritos, radiales y prensa en general, respecto de los temas relacionados con las comunicaciones e imagen. 7. Delegar las facultades que considere necesarias, dando cuenta al Consejo Directivo de aquellas que dele- gue. 8. Las demás que le sean encomendadas por el Con- sejo Directivo. Las funciones del Director Ejecutivo serán asumidas temporalmente por el representante del Ministro de Comercio Exterior y Turismo ante el Consejo Directivo, en caso de ausencia o impedimento del titular del cargo. Artículo 3º.- Ausencia de Gasto para el Tesoro Público Lo dispuesto en el presente Decreto Supremo no irrogará mayor gasto al Tesoro Público. Los gastos que se generen como consecuencia de las modificaciones realizadas serán financiados con los recursos asigna- dos a PROMPEX. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- séis días del mes de abril del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 08102 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65 /G50/G52/G4F/G4D/G50/G45/G58/G20/G61/G20/G42/G6F/G6C/G69/G76/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E /G6C/G61/G20/G66/G65/G72/G69/G61/G20/G46/G45/G49/G43/G4F/G42/G4F/G4C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 140-2005-MINCETUR/DM Lima, 26 de abril de 2005 Visto el Oficio Nº 548-2005-PROMPEX/DE de la Di- rección Ejecutiva de la Comisión para la Promoción de Exportaciones -PROMPEX; CONSIDERANDO:Que, PROMPEX, de conformidad con el artículo 4º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR, tiene como finalidad promover las exportaciones peruanas, facilitando y contribuyendo al posicionamiento y consolidación de los bienes y servicios en el mercado internacional, a través de una acción concertada con el sector privado y las diferen- tes instituciones públicas relacionadas con el comercio exterior del país, buscando el desarrollo sostenible de las exportaciones en base al crecimiento y diversificación de la oferta exportable peruana, la capacidad de gestión de las empresas exportadoras y la apertura y consolidación de los mercados de exportación; Que, entre las acciones de promoción de las exporta- ciones adoptadas por PROMPEX, se encuentra la reali-zación de actividades destinadas al Desarrollo de Ofer- ta Exportable, siendo una de ellas su participación, con- juntamente con exportadores peruanos, en Ferias Es- pecializadas Internacionales; Que, en tal sentido, PROMPEX ha programado su participación, en la Vigésimo Segunda Feria Internacional de Cochabamba FEICOBOL, a realizarse en la ciudad de Cochabamba - Bolivia, del 18 al abril al 8 de mayo del 2005, con el objetivo de promover nuestra oferta expor- table de manufacturas y artesanías; y apoyar a las em- presas peruanas participantes en la Feria; Que, la referida Feria, creada en el año 1973, ha sido dirigida y desarrollada por la Municipalidad de Cocha- bamba con los siguientes propósitos: incentivar e incre- mentar las inversiones, apoyar el desarrollo de la econo- mía regional y establecer vínculos internacionales, en- tre otros; Que, el literal c) del artículo 6º de la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Co- mercio Exterior y Turismo, establece que la Comisión para la Promoción de Exportaciones -PROMPEX, es un Organismo Público Descentralizado perteneciente al sector Comercio Exterior y Turismo; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27790 y 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM y el Decreto de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Carlos García Jeri, profesional que presta servicios en la Ge- rencia de Manufacturas Diversas y Artesanías, de la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROM- PEX, a la ciudad de Cochabamba - Bolivia, del 27 de abril al 3 de mayo del 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Presupuesto del Pliego 008 Comisión para la Promoción de Exportaciones, del Sector 35 Comercio Exterior y Turismo, Unidad Ejecutora 001 Comisión para la Promo- ción de Exportaciones, Función 11 Industria, Comercio y Servicio, Programa 040 Comercio, Subprograma 0110 Promoción Externa del Comercio, de acuerdo al siguien- te detalle: Viáticos (US$ 200,00 x 6 días) : US$ 1,200.00 Pasajes : US$ 442.21 Tarifa CORPAC : US$ 28.24 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calenda- rio siguientes a la realización del viaje, el representante de PROMPEX, autorizado mediante el Artículo 1º de la presente resolución, presentará al Titular de la entidad un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos. Asimismo presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a liberación o exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 08093 /G52/G65/G6E/G75/G65/G76/G61/G6E/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G64/G69/G64/G61/G20/G61/G20/G6C/G61 /G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G4D/G61/G73/G61/G72/G69/G73/G20/G53/G2E/G41/G2E/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G78/G70/G6C/G6F/G74/G61/G72 /G6D/GE1/G71/G75/G69/G6E/G61/G73/G20/G74/G72/G61/G67/G61/G6D/G6F/G6E/G65/G64/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G48/G6F/G74/G65/G6C/G43/G6F/G73/G74/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G6F/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G63/G61/G2C/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G79/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G68/G69/G63/G6C/G61/G79/G6F RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 203-2005-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 15 de abril de 2005 Visto, el Expediente Nº 000166-2003-MINCETUR, de fecha 18.2.2003, en el que la empresa MASARIS S.A.