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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (27/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 6

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G35/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 27 de abril de 2005 Nº 27796, todos lo requisitos y condiciones que sirvie- ron de base para la presente autorización deben mante- nerse durante el plazo de vigencia de la misma, bajo apercibimiento de cancelarse la autorización concedida y disponerse la clausura del establecimiento destinado a la explotación de máquinas tragamonedas. Artículo 5º.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27996, y en concordancia con el Principio de Privilegio de Controles Posteriores regulado en el numeral 1.16 del artículo IV de la Ley Nº 27444, la Dirección Nacional de Turismo en ejercicio de su fa- cultad de fiscalización, se reserva el derecho de ve- rificar la información y/o documentación presentada por la solicitante así como establecer las sanciones o iniciar las acciones legales que resulten aplicables ante cualquier discrepancia con la realidad de los hechos. Artículo 6º.- En observancia de lo previsto en la Ter- cera Disposición Final de la Directiva Nº 004-2003- MINCETUR/VMT/DNT "Evaluación financiera y de sol- vencia económica de las empresas que explotan juegos de casino y máquinas tragamonedas así como de los socios, directores, gerentes, apoderados, personas con funciones ejecutivas o con facultades de decisión", re- mítase a la Unidad de Inteligencia Financiera adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros la información y/o documentación financiera relacionada con el solici- tante y las personas naturales que han sido objeto de evaluación, para los fines a que se contrae la disposi- ción antes indicada. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIGUEL ANTONIO ZAMORA S. Director Nacional de Turismo 07992 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G20/G31/GBA/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G44/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G32/G38/G31/G2D /G32/G30/G30/G32/G2D/G4D/G49/G4E/G43/G45/G54/G55/G52/G2F/G56/G4D/G54/G2F/G44/G4E/G54/G2C/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G20/G71/G75/G65/G72/G65/G73/G70/G65/G63/G74/G61/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G63/GF3/G64/G69/G67/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6D/G6F/G72/G69/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 207-2005-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 19 de abril de 2005Visto, el Expediente Nº 007146-2004-MINCETUR, de fecha 19.4.2004, presentado por la empresa Aristocrat Inc., mediante el cual solicita la modificación de la Reso- lución Directoral Nº 281-2002-MINCETUR/VMT/DNT respecto a los códigos de memoria de ocho (8) registros de la citada resolución; CONSIDERANDO:Que, el artículo 11º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, que regula la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas en el país, establece que los programas de juego cuya explotación es permitida en el país son aquellos que cuentan con la autorización y registro correspondiente; Que, en virtud de la Resolución Directoral Nº 281- 2002-MINCETUR/VMT/DNT de fecha 11.12.2002, pu- blicada en el Diario Oficial El Peruano se autorizaron y registraron cincuenta y cuatro (54) programas de juego del fabricante Aristocrat Inc., Que, la solicitante señala que existió un error tipográ- fico en los códigos de memorias correspondientes a los ítems 9 al 16, al variarse el orden de los literales “HG”, por lo que, de conformidad a lo consignado en los Certi- ficados de Cumplimiento anexados oportunamente al Ex- pediente Nº 000445-2002-MINCETUR/VMT/DNT de fe- cha 2.8.2002, solicita la modificación de los códigos de memoria registrados; Que, evaluada la documentación sustentatoria obrante en el expediente administrativo antes citado, correspon- de que la Dirección Nacional de Turismo proceda a la modificación de los códigos de memoria correspondien- tes a los registros A0004540, A0004541, A0004542, A0004543, A0004544, A0004545, A0004546 y A0004547contenidos en la Resolución Directoral Nº 281-2002-MIN- CETUR/VMT/DNT; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, y su Reglamento apro- bado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCE- TUR, estando a lo opinado en el Informe Legal Nº 261- 2005-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR y Técnico Nº 047-2005-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR/JYM; SE RESUELVE:Artículo Unico.- Modificar el Artículo 1º de la Resolu- ción Directoral Nº 281-2002-MINCETUR/VMT/DNT, úni- camente en lo que respecta a los códigos de memoria consignados en los ítems 9 al 16, según el detalle siguiente: ITEM Nº REGISTRO DICE DEBE DECIR 9 A0004540 CGH1573 (U7) CHG1573 (U7) 10 A0004541 CGH1573 (U8) CHG1573 (U8) 11 A0004542 CGH1573 (U9) CHG1573 (U9) 12 A0004543 CGH1573 (U10) CHG1573 (U10) 13 A0004544 CGH1573 (U11) CHG1573 (U11) 14 A0004545 CGH1573 (U12) CHG1573 (U12) 15 A0004546 CGH1573 (U13) CHG1573 (U13) 16 A0004547 CGH1573 (U14) CHG1573 (U14) Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ANTONIO ZAMORA S. Director Nacional de Turismo 07993 DEFENSA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 267-2005-DE/SG Mediante Oficio Nº 755-2005-SGMD-DDLL, el Minis- terio de Defensa solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 267-2005-DE/SG, publicada en nuestra edición del día 15 de abril de 2005. En el artículo 1ºDICE:- Capitán de Navío SGC. Carlos Atilio Ricardo LEMA OSORES (Alterno) DEBE DECIR:- Capitán de Navío SGC. Carlos Attilio Roberto LEMA Osores (Alterno) 08100 EDUCACIÓN /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G2D /G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G55/G6E/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G6F/G63/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G73/G69/G6E/G20/G74/GED/G74/G75/G6C/G6F/G20/G70/G65/G64/G61/G67/GF3/G67/G69/G63/G6F/G70/G65/G72/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G20/G65/G78/G70/G65/G72/G69/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G63/G6F/G6D/G70/G72/G6F/G62/G61/G64/G61 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0405-2005-ED San Borja, 6 de abril de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 0014-2005- ED, de fecha 21 de enero de 2005, se aprueba la Directi- va Nº 002-2005-ME/SG-OA-UPER, sobre "Proceso de Contratación de Personal Docente y Administrativo en