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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G36/G34/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 28 de abril de 2005 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G65/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G69/G64/G6F/G2D /G72/G65/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 036 Ate, 30 de marzo de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de marzo del 2005; el Informe Nº 102-05-GP/MDA de laGerencia de Planificación y el Informe Nº 766-05-GAJ/MDA de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú concordado con el artículo II del Título Preliminar dela Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señalaque las Municipalidades Provinciales y Distritales, sonlos órganos de Gobierno Local, que emanan de la volun-tad popular. Son personas jurídicas de derecho públicocon autonomía económica y administrativa en los asun-tos de su competencia. Que, el artículo 12º de la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 27972, establece que los regidores desem-peñan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a die-tas fijadas por acuerdo del Concejo Municipal dentro delprimer trimestre del primer año de gestión. Que, asimismo el precitado artículo, señala que el monto de las dietas es fijado discrecionalmente de acuer-do a la real y tangible capacidad económica del gobiernolocal, previas las constataciones presupuestales delcaso. No pueden otorgarse más de cuatro dietas men-suales a cada regidor. Las Dietas se pagan por asisten-cia efectiva a las sesiones. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidasen la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 ycontando con el voto por mayoría de los señores regi-dores asistentes a la sesión ordinaria de concejo de lafecha y con la dispensa de la lectura y aprobación deactas; SE ACUERDA: Artículo 1º.- APROBAR, la Dieta a percibir por cada uno de los Señores Regidores en 1.1207 Unidades Im-positivas Tributarias - UIT vigente, por su asistencia efec-tiva a cada Sesión de Concejo; abonándose hasta unmáximo de dos (2) Sesiones de Concejo al mes. Artículo 2º.- ENCARGAR el cumplimiento del presen- te Acuerdo de Concejo a la Gerencia de Planificación,Gerencia de Administración y Subgerencia de Tesore-ría. Artículo 3º.- DISPONER, la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 08168 MUNICIPALIDAD DE BREÑA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G2D /G74/G6F/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G2D /G64/G61/G64 (Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad de Breña, mediante Oficio Nº 035-2005-SG/MDB, recibido el 26 de abril de 2005) ORDENANZA Nº 133-MDB Breña, 25 de octubre de 2004EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA VISTO:En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Administra-ción de Recursos del Concejo Municipal de Breña, so-bre aprobación del Nuevo Texto Único de Procedimien-tos Administrativos - TUPA; y, CONSIDERANDO:Que, conforme la Constitución Política del Perú, las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local quetienen autonomía política, económica y administrativaen los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 38º de la Ley Nº 27444 señala que el Texto Único de Procedimientos Administrativos - (TUPA)es aprobado por Ordenanza Municipal, estando la enti-dad obligada a publicar el íntegro del texto cada dosaños; Que, mediante Ordenanza Nº 050-2002-MDB del 13 de febrero del año 2002, se aprobó el Texto Único deProcedimientos Administrativos - TUPA de la Municipali-dad de Breña, documento vigente a la fecha; Que, asimismo mediante Ordenanza Nº 096-MDB, del 29 de diciembre del 2003 se aprobó un nuevo Texto,el mismo que al no haberse publicado en el Diario OficialEl Peruano no entró en vigencia; Que, se requiere aprobar un nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, que se adecueal nuevo marco normativo de gestión, establecido en lanueva Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972,y asimismo para dar coherencia orgánica a lo estableci-do en el nuevo Reglamento de Organización y Funcio-nes - ROF y Estructura Orgánica, de esta Municipali-dad, aprobados mediante Ordenanza Nº 082-MDB yNº 128-MDB de fechas 1 de octubre del 2003, y 28 desetiembre del 2004, respectivamente; Estando a la propuesta presentada por los órganos técnicos de esta Municipalidad, con el Dictamen favo-rable de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto yAdministración de Recursos del Concejo Municipal deBreña, y de conformidad con el Artículo 38º de la LeyNº 27444 y el Artículo 9º Inc. 8) de la Ley Nº 27972; En la Sesión Ordinaria de la fecha, y con la dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA DEL AÑO 2004 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA Artículo 1º.- APROBAR el TEXTO ÚNICO DE PRO- CEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA del año2004 de la Municipalidad Distrital de Breña, en el cualestán consignados los trámites administrativos y dere-chos, y que en anexo adjunto, forman parte integrantede la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Deróguense a partir de su plena vigen- cia, las Ordenanzas Nºs. 050-MDB y 096-MDB, y todaslas Normas que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo 3º. - Encargar a la Gerencia Municipal y a los diversos órganos y áreas administrativas, el cumplimien-to de la presente Ordenanza en cuanto les corresponda. Artículo 4º. - Disponer su publicación en el Diario Oficial El Peruano . DISPOSICIONES FINALES Única.- Los procedimientos actualmente en trámite deberán adecuarse a la presente Ordenanza, en lo quele sea aplicable. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde