Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2005 (28/04/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES
CAPITULO 4

Pag. 291631

nico de los mismos. Los plazos limite de cierre electronico de los formatos en mencion son: Para la Evaluacion Mensual y Trimestral: hasta los quince (15) dias calendario posteriores al ultimo dia del mes o trimestre reportado, segun corresponda. Para la Evaluacion de Cierre Anual: hasta el ultimo dia habil del mes de febrero del ano siguiente. b) Los Informes, Informes Ejecutivos e Informe Especial, se remitiran en un ejemplar impreso y deberan estar visados en cada una de sus paginas por el Gerente General y el Gerente de Presupuesto o equivalente. Los informes senalados en el parrafo anterior deberan incluir las consideraciones mencionadas en los numerales 3.1, 3.2 y 3.3 de la presente Directiva y deberan estar acompanados de los formatos impresos del Anexo 1 que correspondan, luego de haberse efectuado el MORDAZA de cierre electronico de los mismos. Los plazos limite para la MORDAZA de los ejemplares impresos de los mencionados informes, con sus respectivos formatos son: Para la Evaluacion Mensual y Trimestral: hasta dos (2) dias habiles posteriores al plazo establecido en el literal a) del presente numeral. Para la Evaluacion de Cierre Anual: hasta el tercer dia habil del mes de marzo del ano siguiente. 3.4.2. El MORDAZA de cierre electronico no se aplica al formato de Capital social e inversiones (Formato 8E), el cual debe ser permanentemente actualizado. 3.4.3. Las Empresas deberan remitir a FONAFE una MORDAZA de todos los informes de auditoria interna que se emitan durante el ejercicio. 3.5. Designacion de auditores externos. Dentro de los tres primeros meses de cada ejercicio, las Empresas deberan solicitar a la Contraloria General de la Republica la designacion de la sociedad de auditoria que realizara la evaluacion anual de los estados financieros de dicho ejercicio. Para realizar dicha solicitud no se requiere instruccion de la Junta General de Accionistas. 3.6. Remision de la informacion auditada para estados financieros consolidados. Las Empresas deberan remitir a FONAFE los Informes Corto y Largo de Auditoria de los estados financieros al 31 de diciembre del ano correspondiente hasta el ultimo dia habil del mes de febrero del ano siguiente. La Direccion Ejecutiva de FONAFE podra ampliar este plazo por causas debidamente justificadas. Los contratos que se suscriban con las sociedades de auditoria deberan incluir la obligacion de elaborar informes relacionados a: - El MORDAZA presupuestal de la Empresa sobre la base de la informacion contenida en el Formato de Ingresos y egresos de FONAFE; - El cumplimiento de las obligaciones tributarias; y - El cumplimiento de lo establecido en el Convenio de Gestion del ano correspondiente, cuando corresponda. El presente numeral no es aplicable a FONAFE.

DE LOS CONVENIOS DE GESTION 4.1. Lineamiento general. En su rol normativo y rector, FONAFE suscribe Convenios de Gestion con la finalidad de conciliar los objetivos especificos de las Empresas con los intereses del Estado y la ciudadania. Los Convenios de Gestion son aprobados y suscritos por el Presidente de Directorio y el Gerente General de la Empresa, y por la Direccion Ejecutiva de FONAFE. Con el objetivo de ampliar el impacto y compromiso a nivel Estado, el Convenio de Gestion podra incorporar la participacion de otras entidades. En los Convenios de Gestion se fijan indicadores relacionados con el plan operativo de la Empresa y con aspectos en los que el Estado tenga especial interes. El Convenio de Gestion no podra modificar el Presupuesto aprobado para la Empresa. 4.2. Requisitos para la suscripcion. 4.2.1. Haber remitido el proyecto de Convenio de Gestion en la fecha establecida por FONAFE. 4.2.2. Contar con un Sistema de Evaluacion de Desempeno - SED y con Criterios de Asignacion de MORDAZA CAB, aprobados por la Direccion Ejecutiva de FONAFE. 4.2.3. Aprobar la suscripcion del Convenio de Gestion mediante acuerdo de Directorio de la Empresa. 4.3. Plazo para la suscripcion. 4.3.1. La fecha limite para suscribir el Convenio de Gestion del ejercicio es el ultimo dia habil del mes de marzo del ano correspondiente. 4.4. De las adendas a los Convenios de Gestion. 4.4.1. La fecha limite para la MORDAZA de solicitudes de adendas a los Convenios de Gestion vinculadas con modificaciones de indicadores y/o metas, es el ultimo dia habil del mes de junio del ano correspondiente. Las adendas que unicamente realicen aclaraciones o precisiones a los terminos del Convenio de gestion, no estaran sujetas a plazo alguno. 4.4.2 La Direccion Ejecutiva de FONAFE informara a la Empresa si la adenda ha sido aceptada o rechazada. 4.5. Del MORDAZA del Convenio de Gestion. 4.5.1 En los Convenios de Gestion se podra convenir el otorgamiento de un MORDAZA por cumplimiento de objetivos. 4.5.2 El MORDAZA derivado del Convenio de Gestion sera otorgado unicamente al personal que mantuvo vinculo laboral con la Empresa en el ejercicio al que se refiere el Convenio de Gestion. 4.5.3 El MORDAZA derivado del Convenio de Gestion sera otorgado siguiendo los Criterios del Asignacion de MORDAZA - CAB. CAPITULO 5 DEL PERSONAL 5.1. Gasto Integrado de Personal - GIP. 3.7. Conciliacion de las cuentas Capital social e Inversiones. FONAFE y las Empresas conciliaran las cuentas Capital social e Inversiones dos (2) veces al ano. La primera, al 30 de junio del ano correspondiente, se llevara a cabo dentro de los treinta (30) dias-calendario siguientes al fin del semestre. La MORDAZA, al 31 de diciembre del ano correspondiente, se llevara a cabo hasta el 15 de marzo del ano siguiente. Las Empresas deberan mantener permanentemente actualizada la informacion del capital social y de las inversiones en otras Empresas en el modulo de Titulos y valores del Sistema de Informacion. 5.1.1. Las Empresas aplicaran el GIP con el proposito de tener una gestion mas racional, eficiente y flexible, dentro del MORDAZA de austeridad del Estado. Las Partidas que integran el GIP se establecen en el Formato 4E - Presupuesto de ingresos y egresos del Anexo 1. 5.1.2. Las Empresas, cuyo giro principal se encuentre directamente relacionado con la contratacion de personal, deberan consignar por separado los gastos de personal directamente relacionados con los servicios brindados, de aquellos que no lo son. Los primeros deberan ser reportados bajo la Partida 2.9 - Otros, del Formato 4E del Anexo 1.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.