Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2005 (28/04/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2005

Libro de Inscripcion de las Organizaciones de la Sociedad Civil, implementado por el Gobierno Regional de MORDAZA en el 2003, ampliandose los requisitos para los sectores organizados y no organizados y contenidos, complementando la inscripcion ya existente del presupuesto participativo 2005. Articulo 5º.- Los Agentes Participantes del MORDAZA de Formulacion del Presupuesto Participativo, correspondiente al ano fiscal 2006 del departamento de MORDAZA tendran las responsabilidades siguientes: conocimiento de la normatividad, participacion permanente en todo el MORDAZA, compromiso de coadyuvar al cumplimiento de los acuerdos del presupuesto participativo y su vinculacion permanente con los sectores sociales respectivos. Articulo 6º.- La presente Ordenanza Regional rige al dia siguiente de su aprobacion. MORDAZA, marzo del 2005. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 07141

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Ratifican la R.A. Nº 178, por la que se crea el Programa Municipal MORDAZA Ambiental PROMURBAM
DECRETO DE ALCALDIA Nº 009 Ate, 14 de marzo de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; los Informes Nº 3247-04 y Nº 297-05-GAJ/ MDA de la Gerencia de Asuntos Juridicos; el Informe Nº 023-05-GDU/MDA de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y el Proveido Nº 277-05-GGM/MDA de la Gerencia General Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru de 1993 modificado por la Ley Nº 27680 establece en sus articulos 194º y 195º que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y en su prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad. Que, la Ley Nº 23853 del 8 de junio de 1984 anterior a la Ley Organica de Municipalidades, establecida en sus articulos 62º y 65º inciso 7) que corresponde a las Municipalidades planificar, ejecutar e impulsar a traves de los organismos competentes el conjunto de acciones destinadas a proporcionar al ciudadano el ambiente adecuado para la satisfaccion de sus necesidades vitales de vivienda, salubridad, recreacion, abastecimiento asi como determinar las zonas de expansion MORDAZA en concordancia con la zonificacion de desarrollo urbano. Que, en ejercicio de dicha competencia mediante Resolucion de Alcaldia Nº 178 de fecha 21 de febrero del 2001, se creo en la Municipalidad de Ate el Programa Municipal MORDAZA Ambiental - PROMURBAM como organismo de la Municipalidad encargado de planificar, promover, coordinar y gestionar la adquisicion de recursos y ejecutar la ocupacion MORDAZA ambiental de las areas perifericas del distrito en condicion de eriaza y municipales, para que mediante Resolucion de Alcaldia Nº 1205 de fecha 23 de noviembre del 2001, incorporar dicho programa a la Direccion de Gestion Urbana.

Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en su articulo 79º, inciso 3.5, establece que son funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales reconocer, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo los Asentamientos Humanos y promover su desarrollo y formalizacion. Que, el articulo 56º, inciso 5) de la Ley Nº 27972, establece que son bienes de las Municipalidades los terrenos eriazos, abandonados y riberenos que le transfiera el Gobierno Nacional. Que, los articulos 60º y 61º de la MORDAZA acotada establecen que el Gobierno Nacional, a peticion de las Municipalidades, pueden transferir las tierras eriazas, abandonadas y riberenas que se encuentre en el territorio de su jurisdiccion y que requiera para sus planes de desarrollo, y la peticion de adjudicacion de tierras al Estado se aprueba con el Concejo Municipal para si o para la Municipalidad de Centro Poblado que lo requiera, con el MORDAZA conforme de las dos terceras partes del numero legal de regidores y teniendo a la vista el proyecto completo de uso de los bienes solicitados y las evaluaciones del impacto ambiental que pueda generarse. Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 233 de fecha 19 de febrero del 2002, se otorga al Programa Municipal MORDAZA Ambiental - PROMURBAM la condicion de Proyecto Especial dependiente de la Alcaldia y mediante Decreto de Alcaldia Nº 049 de fecha 22 de MORDAZA del 2002 se aprueba el Reglamento Interno del Comite de Gestion del Programa Municipal MORDAZA Ambiental PROMURBAM. Que, mediante Convenio MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y esta Municipalidad Distrital, de fecha 29 de octubre del 2003, MORDAZA instituciones se encuentran comprometidas a concertar esfuerzos interinstitucionales a traves de actuaciones urbanas integradas orientadas a ejecutar proyectos que faciliten el acceso de la poblacion a una vivienda MORDAZA, encontrandose dentro de las metas priorizadas el "Desarrollo Integral de los Proyectos del Programa Municipal Ambiental - PROMURBAM". Que, mediante Informe Nº 3247-04-GAJ/MDA la Gerencia de Asuntos Juridicos senala que los Decretos de Alcaldia son normas generales que resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario (articulo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades), y que la creacion de un Programa Municipal debe darse mediante una MORDAZA de dichas caracteristicas, por lo que la Gerencia de Asuntos Juridicos opina que es procedente que mediante Decreto de Alcaldia se ratifique la mencionada Resolucion de Alcaldia Nº 178 de fecha 21 de febrero del 2001. Que, el Comite de Gestion del PROMURBAM esta conforme con lo indicado por la Gerencia de Asuntos Juridicos en su Informe Nº 3247-04-GAJ/MDA segun el Acuerdo del Comite de fecha 7-1-05. Que, mediante Informe Nº 297-05-GAJ/MDA la Gerencia de Asuntos Juridicos se ratifica en su opinion del Informe Nº 3247-04-GAJ/MDA que se requiere formalizar la creacion del PROMURBAM, mediante una MORDAZA de caracter general que en el caso de la Alcaldia le corresponde a los Decretos. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Articulo 1º.- RATIFICAR, la Resolucion de Alcaldia Nº 178 de fecha 21 de febrero del 2001, por la que se crea el Programa Municipal MORDAZA Ambiental PROMURBAM. Articulo 2º.- El presente Decreto entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto al Comite de Gestion del Programa Municipal MORDAZA Ambiental - PROMURBAM, con conoci-

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