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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G36/G34/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 28 de abril de 2005 SIN TIERRAS NUESTRA SEÑORA DE LA ASUNCIÓN, por lo que no resultaría procedente tal rectificación. 5. No obstante lo anterior, debe recordarse que se ha incorporado en el artículo 85º del Reglamento Generalde los Registros Públicos la posibilidad de realizarrectificaciones de asientos cuando la inexactitud no sederiva de la falta de adecuación entre lo que figura en elasiento y sus antecedentes registrales, sino cuando ellase deriva de la falta de concordancia entre lo que apare-ce en el registro y la realidad extrarregistral. 6. En efecto, de conformidad con ese dispositivo regla- mentario cuando la rectificación de refiera a hechos sus-ceptibles de ser probados de un modo absoluto con docu-mentos fehacientes, bastará la petición de la parte interesa-da acompañada de los documentos que aclaren el errorproducido, pudiendo consistir dichos documentos en co-pias legalizadas de documentos de identidad, partidas delRegistro del Estado Civil o cualquier otro que demuestreindubitablemente la inexactitud registral; lo que aplicado alpresente caso, permite colegir que se requerirá documentoaclaratorio expedido por las autoridades competentes. 7. En ese orden de ideas y conforme al principio de tracto sucesivo consagrado en el artículo 2015º del CódigoCivil que establece que "Ninguna inscripción, salvo la prime-ra, se hace sin que esté inscrito o se inscriba el derecho dedonde emane", en tanto la titularidad del predio se encuen-tre a nombre del GRUPO DE AGRICULTORES SINTIERRAS NUESTRA SEÑORA DE LA ASUNCIÓN y nodel causante, quien actualmente figura sólo como miembrodel mismo, no será posible la inscripción de la sucesiónintestada contenida en el título venido en grado. Consecuentemente, debe confirmarse la denegato- ria de inscripción formulada por la Registradora Pública(e) al presente título. Estando a lo acordado por unanimidad; VII. RESOLUCIÓN CONFIRMAR la denegatoria de inscripción formula- da por la Registradora Pública (e) del Registro de Pre-dios de la Zona Registral Nº XIII - Sede Puno al títulovenido en grado, conforme a los fundamentos expresa-dos en la presente Resolución. Regístrese y comuníquese. RAÚL JIMMY DELGADO NIETO Presidente de la Quinta Saladel Tribunal Registral LUIS ALBERTO ALIAGA HUARIPATA Vocal de la Quinta Saladel Tribunal Registral JORGE LUIS TAPIA PALACIOS Vocal de la Quinta Saladel Tribunal Registral 07998 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61 /G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G46/G6F/G72/G6D/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G52/G65/G67/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G36 ORDENANZA REGIONAL Nº 026-2005-GRC/CRC. El Consejo Regional del Gobierno Regional del Cus- co, en Sesión Ordinaria realizada el día veintinueve demarzo del año dos mil cinco, ha tratado, debatido y apro-bado por mayoría la siguiente Ordenanza Regional:CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentrali- zación, en su capítulo IV de Participación Ciudadana,artículo 17º numeral 17.1 establece que los GobiernosRegionales y Locales están obligados a promover laparticipación ciudadana en la formulación, debate y con-certación de los planes de desarrollo y presupuestos; Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Par- ticipativo, y el Decreto Supremo Nº 171-2003-EF , Regla-mento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo, esta-blecen las disposiciones que aseguren la efectiva partici-pación de la Sociedad Civil en el proceso de ProgramaciónParticipativa del Presupuesto, considerando como la pri-mera fase del proceso deliberativo de formulación de losPresupuestos Participativos para el Ejercicio del año 2005,la de Identificación de los Agentes Participantes, y que, portanto se deberá aperturar la inscripción de Agentes Partici-pantes sobre la base de la inscripción ya existente. El Consejo Regional del Cusco aprueba la siguiente Ordenanza Regional: Artículo 1º.- Impleméntese el proceso de identifica- ción y acreditación de los Agentes Participantes en elProceso de Formulación del Presupuesto Participativode la Región Cusco, correspondiente al año fiscal 2006. Artículo 2º.- Aprobar el cronograma general del Pro- ceso de Formulación del Presupuesto Participativo, co-rrespondiente al año fiscal 2006 de la Región Cuscoconforme al detalle contenido en el anexo 01 adjunto. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Terri-torial, la coordinación del proceso que implique la formu-lación del Presupuesto Participativo para el año fiscal2006, con la participación de una Comisión Técnica Re-gional integrada por las siguientes instituciones: 1. Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. 2. Coordinador de la Mesa de Coordinación para la Lucha Contra la Pobreza. 3. 01 representante de la Municipalidad Provincial de Cusco, ante el Consejo de Coordinación Regional. 4. 03 representantes de las demás Municipalidades Provinciales de la Región Cusco. 5. 01 representante de las Municipalidades Distrita- les de la Región Cusco. 6. Representante de la UNSAAC, ante el Consejo de Coordinación Regional. 7. Representantes de los Organismos No Guberna- mentales de Desarrollo de la Región Cusco. 8. Otros representantes que se integren en el proceso. Las Funciones de la Comisión Técnica serán:- Brindar apoyo a la realización de los talleres. - Preparar la información necesaria en el proceso de formulación del presupuesto. - Consolidar los resultados de las actividades realiza- das en cada fase. - Elaborar la distribución temática y territorial de los recursos, para ponerse a consideración en el taller depriorización de acciones. - Brindar soporte técnico para la evaluación de las acciones priorizadas sobre la base de los criterios ypuntajes definidos por los Agentes Participantes. - Análisis técnico y financiero de cada una de las acciones propuestas para poder evaluar su viabilidad. - Presentar a los Agentes Participantes para su apro- bación las propuestas de acciones con costos estima-dos en función a la verificación técnica. - Preparar el documento del presupuesto partici- pativo para el año fiscal 2006, el mismo que debe re-flejar los compromisos y acuerdos establecidos entrelos diferentes Agentes Participantes, para ser pre-sentado al Consejo de Coordinación Regional y Con-sejo Regional. Artículo 4º.- Disponer la implementación del Regis- tro de los Agentes Participantes en el Proceso deFormulación del Presupuesto Participativo, correspon-diente al año fiscal 2006 del Cusco, sobre la base del