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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (30/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 4

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G37/G39/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 30 de abril de 2005 En uso de las facultades conferidas en el literal j) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funcionesdel INRENA. SE RESUELVE:Artículo 1º.- De la aprobación de las tarifas Aprobar los montos correspondientes a las tarifas de ingreso por persona a la Reserva Nacional de Paracas, según el detalle obrante en el siguiente cuadro: Actividades Sectores Duración T arifa (S/.) Adultos Niños Tarifa Promocional Válido por Lagunillas, Yumaque 1 día 2.50 1.00 Uso (Enero a Marzo) Recreativo Tarifa Regular Válido por Lagunillas, Yumaque 1 día 5.00 1.50 (Abril a Diciembre) Circuito La Aguada (Mirador de aves), Válido por Turístico Punta Arquillo, La Mina, La Casita, 1 día 20.00 5.00 Raspón, La Catedral, Supay, Los Frailes (Todo el año) Camping/ Playón, Mendieta, El Chucho, Carhuaz,Válido por Pesca T unga, Ventosa, Barlovento, El Negro, 3 días20.00 5.00 Deportiva Gallinazo Sur (Todo el año) Otros sectores que forman parte de la Válido por Otras Reserva (No incluye zonas de prote- 1 día 5.00 1.50 actividades cción estricta, de recuperación e histórico-cultural (Todo el año) Grupos de estudio Para el circuito turístico Válido por organizados (Todo el año) 1 día 5.00 1.50 Artículo 2º.- Del alcance de las tarifas Las tarifas establecidas en el artículo 1º de la pre- sente resolución están asociadas a las actividades que pueden ser desarrolladas al interior de la Reserva Na-cional de Paracas en los sectores establecidos en el mapa que corre anexo a la presente resolución. Artículo 3º.- Del Boleto de ingreso El personal de la Jefatura de la Reserva Nacional de Paracas extenderá un boleto de ingreso por el abono dela tarifa de ingreso por visitante al área natural protegida, el cual contendrá la descripción de la actividad autoriza- da a desarrollar. El boleto correspondiente al “Circuito Turístico” y las actividades “de Camping / Pesca Deportiva” permitirán al visitante desarrollar adicionalmente las actividades de“Uso Recreativo” consideradas en el artículo 1º de la presente Resolución.Todos los visitantes que cuenten con el boleto de ingreso podrán ingresar al Centro de Información de laReserva Nacional de Paracas. Artículo 4º.- De las tarifas para los Grupos de Estudio Organizados Las tarifas para “Grupos de Estudio Organizados” serán aplicadas a aquellos grupos de estudiantes deCentros de Educación Primaria y Secundaria, Centros Ocupacionales y Centros de Educación Superior siem- pre que se presente una solicitud dirigida a la ReservaNacional de Paracas o a la Intendencia de Áreas Natu- rales Protegidas con una antelación no menor a quince (15) días calendario a la visita. El otorgamiento de estatarifa y la autorización de ingreso a los grupos de estudio organizados estarán condicionados a la capacidad de carga de la Reserva Nacional de Paracas. Artículo 5º.- De la exoneración Exonerar del pago por derecho de ingreso a la Re- serva Nacional de Paracas a los menores de cinco (5) años de edad, jubilados, así como al personal y alumnos de centros de educación para personas mental o física-mente excepcionales, y de albergues y demás institu- ciones orientadas a la atención de personas sin amparo económico o moral. Artículo 6º.- De la condición de niños Para efectos de la presente Resolución, se conside- ra “niños” a aquellas personas con una edad no mayor a doce (12) años. Para su aplicación, el personal del área natural protegida podrá solicitar la acreditación de dichacondición cuando lo considere necesario. Artículo 7º.- De la entrada en vigencia de las tarifas Las tarifas establecidas en el artículo 1º de la presente resolución entrarán en vigencia a los diez (10) días calen- dario siguientes a la publicación de la presente norma, conexcepción de las tarifas para las actividades del Circuito Turístico y de Camping/Pesca Deportiva las cuales se apli- carán a partir del 1 de junio de 2005, manteniéndose hastael 31 de mayo de 2005 las tarifas establecidas por la Reso- lución Jefatural Nº 147-2001-INRENA. La presente resolución modifica sólo las tarifas de ingreso a la Reserva Nacional de Paracas, mantenién- dose vigente la Resolución Jefatural Nº 147-2001- INRENA respecto a las áreas naturales protegidas inte-grantes del SINANPE sobre las cuales no haya una tari- fa específica aprobada. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERIBERTO W. RAMOS GONZÁLES Jefe (e) Instituto Nacional de Recursos Naturales REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especialesrespectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.peDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU